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El juez Peinado encaja otro revés en una instrucción corregida por todas las instancias superiores

El Supremo lo acusa ahora de “omitir” información “relevante” para intentar encausar al ministro Bolaños

El magistrado Juan Carlos Peinado camina cerca de los juzgados de Plaza de Castilla, en Madrid en junio de 2024.Foto: Andrea Comas | Vídeo: EPV
J. J. Gálvez

Con la negativa de imputar al ministro Félix Bolaños por malversación y falso testimonio, el Tribunal Supremo infligió este martes un nuevo golpe a la instrucción judicial del magistrado Juan Carlos Peinado, que mantiene abierta una causa contra Begoña Gómez desde hace más de un año y que ha tratado de extenderla al Gobierno presidido por su marido, Pedro Sánchez (PSOE). La resolución del alto tribunal ha parado así los pies al magistrado, como ya han hecho en ocasiones anteriores otras instancias superiores, como la Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

“Omite” información “relevante”. El dictamen del Supremo, que descarta la petición de Peinado de imputar a Bolaños, contiene varios duros golpes a la línea argumental del magistrado y respalda algunas denuncias de la Fiscalía y de las defensas (que le han criticado por no fundamentar sus decisiones). La máxima instancia judicial española incide en que el escrito enviado por el instructor para abrir una causa contra el ministro no recoge ni un “mínimo indicio”; e, incluso, “omite” información “relevante” que beneficiaba al miembro del Ejecutivo, que tuvo que ser aportada por el ministerio público.

Meras “conjeturas”. La Audiencia de Madrid mantiene una relación de tira y afloja con Peinado. Aunque ha dado luz verde para indagar sobre la relación de Begoña Gómez con el empresario Juan Carlos Barrabés, el tribunal provincial ha frenado sus ansias expansivas de ampliar la instrucción mucho más allá. El ejemplo más claro se ha producido con sus intentos de investigar el rescate de Air Europa durante la pandemia de covid. La Audiencia le dijo, tres veces, que archivase esa parte de las pesquisas porque se basaba en meras “conjeturas”. Y se lo tuvo que repetir porque Peinado hacía oídos sordos y seguía adelante. De hecho, la última vez la instancia superior le llegó a comunicar que, incluso en el caso de que él apreciase irregularidades sobre este punto, debía enviarlas a reparto entre todos los juzgados de instrucción de Madrid, conforme a lo previsto por la ley.

Obligado a cerrar otra línea de investigación. La Audiencia también ordenó a Peinado que cerrase la línea de investigación centrada en el fichaje de Begoña Gómez por el Instituto de Empresa (IE) para dirigir el Africa Center. “Esta cuestión debe ser excluida del presente procedimiento”, subrayó el tribunal, que recalcó que el instructor había “excedido” el objeto de la causa, centrada en el delito de tráfico de influencias, entre otros.

Imputaciones “carentes de fundamento”. El tribunal provincial ha anulado igualmente la decisión de Peinado de imputar a Joaquín Goyache, rector de la Complutense, y a Juan José Güemes, alto cargo del Instituto de Empresa y consejero autonómico durante los Gobiernos madrileños de Esperanza Aguirre (PP). La Audiencia consideró que ese movimiento del juez “carecía de fundamento”: no existían datos “objetivos incriminatorios” para actuar contra ellos. Aún así, para proceder contra Güemes (al que citó a declarar como testigo antes de imputarlo), el instructor llegó a tergiversar las palabras de otra testigo y acusó al directivo de IE de contradecirla al negar que se hubiese contratado a Begoña Gómez por ser la mujer del presidente. Realmente, como constaba en las actas de ambas comparecencias, no habían dado versiones distintas. Y así lo ratificó la instancia superior.

Registros “injustificados”. Otro varapalo llegó en enero de este año, cuando la Audiencia anuló los registros que Peinado ordenó en la casa y empresas de Juan Carlos Barrabés, al que también le intervino el teléfono y sus dispositivos electrónicos, cuando estaba ingresado en el hospital por una enfermedad grave. El tribunal no solo le reprochó que no existía una “urgencia” para una medida de tal calibre, sino que además la adoptó “sin justificar los motivos”, con referencias “genéricas” e “imprecisas”, y sin aportar dato alguno que respaldara esa injerencia. La instancia incluyó una contundente crítica: “No se puede obtener la verdad real a cualquier precio. No todo es lícito en el descubrimiento de la verdad. Solo aquello que es compatible con la defensa del elemento nuclear de los derechos fundamentales, así la dignidad, la intimidad [...], dentro de los parámetros fijados en la ley”.

Un vídeo difundido de Sánchez, “sin utilidad”. En el tiempo que lleva instruyendo estas pesquisas, Peinado ha visitado dos veces La Moncloa. Ha acudido a interrogar a Félix Bolaños (en abril de 2025) y, antes, al presidente del Gobierno (en julio de 2024). El ministro respondió a sus preguntas. Pero Sánchez se acogió a su derecho a no declarar en una causa abierta contra su esposa, y el juez salió de aquella cita con las manos vacías. Eso sí, se llevó la grabación de la corta e insustancial comparecencia del jefe del Ejecutivo, que después facilitó a las partes y acabó filtrada a la prensa. La Audiencia de Madrid, aunque avaló que intentase interrogar a Sánchez, censuró que pasara a las acusaciones una copia de esa grabación: “Carecía de cualquier utilidad, ya que en dicha diligencia el presidente del Gobierno se acogió a su derecho a no declarar. La entrega y publicación de dicho acto carecía de sentido”. Hubiera valido con facilitar una transcripción del acto.

Multas anuladas a abogados. La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid tuvo que anular una multa de 5.000 euros impuesta por Peinado al abogado de Begoña Gómez, Antonio Camacho; y otras de 500 euros dictadas contra los letrados Marta Castro y Javier María Pérez-Roldán, que representan respectivamente al partido Vox y al grupo ultracatólico Hazte Oír, personados como acusación popular. El magistrado sancionó a los tres por comparecer ante los periodistas después de que la esposa de Pedro Sánchez declarase por primera vez ante el juez el pasado 18 de diciembre (en citaciones anteriores, ella se había acogido a su derecho a no responder a las preguntas). Pero el TSJM dijo que los castigó sin “especificar” cómo sus palabras habían perjudicado la instrucción.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.
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