El Supremo ordena a los gobiernos central y canario un informe quincenal sobre la atención a los menores solicitantes de asilo
La Sala de lo Contencioso-Administrativo reclama información tras el acuerdo para dar de alta en el sistema de acogida a 827 menores


El Gobierno central y el canario tendrán que entregar en el Tribunal Supremo cada 15 días un informe sobre los avances en la asistencia de los menores no acompañados solicitantes de asilo. El Tribunal Supremo ha instado a las dos Administraciones a presentar ese documento después de que ambos gobiernos firmaran la semana pasada un acuerdo para que 827 menores que actualmente son atendidos por la comunidad autónoma sean dados de alta de forma inmediata en el Sistema de Atención Humanitaria y Protección Internacional estatal.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ya ordenó el pasado 5 de junio al Gobierno que adoptara de forma “urgente” medidas para cumplir la orden que le dio en marzo pasado de hacerse cargo de más de un millar de menores no acompañados solicitantes de asilo en Canarias. En el auto en el que explicaron esa decisión, los magistrados instaron al Ejecutivo central a informarle cada 15 días de los avances que hiciera para acatar esa orden y le advirtió de “medidas coercitivas”, como multas e incluso una posible denuncia penal, en caso de que persistiera el incumplimiento.
Como consecuencia de esa orden, el Ejecutivo central y el autonómico firmaron el 26 de junio un acuerdo para dar de alta en el sistema de acogida a internacional a 827 menores y así se lo comunicaron al Supremo, que ahora implica a las dos Administraciones, y no solo a la estatal, en la responsabilidad de reportar quincenalmente “sobre los avances” que se hayan producido para cumplir ese pacto.
El pasado 29 de mayo, en una vista pública presidida por el expresidente del Supremo, Carlos Lesmes, los representantes de la Administración del Estado reconocieron que no solo no habían acogido todavía a ningún menor solicitante de asilo en Canarias —a pesar de que los magistrados le dieran en marzo un plazo de 10 días para hacerlo—, sino que tampoco había evaluado las circunstancias de ninguno de ellos como primer paso para acatar la orden. El Gobierno alegó que estaban a la espera de que el Ejecutivo de Fernando Clavijo aportara documentación, un extremo que el Ejecutivo canario niega. La Abogacía del Estado también aseguró que no hay recursos específicos para acoger a estos menores, y que solo puede disponer de forma inmediata de 45 plazas, aunque se está preparando a marchas forzadas otras 150 para intentar cumplir la orden del Supremo.
Al Supremo no le convencieron ninguna de esas explicaciones y, en un auto dictado el 5 de junio, dio por constatado el “claro incumplimiento” de la orden que dio en marzo y dio 30 días al Ejecutivo central para dotar a las oficinas administrativas encargadas de la tramitación de las solicitudes de protección internacional “de los medios personales y materiales necesarios” para que sean formalizadas, tramitadas y resueltas “en un plazo razonable, sin que pueda transcurrir más de seis días entre la manifestación de la voluntad de solicitar la protección internacional y la formalización de la solicitud”.
El acuerdo entre el Gobierno y Canarias llegó antes de que se cumpliera ese plazo, pero el Supremo deja claro con la providencia dictada este miércoles que pretende seguir de cerca la evolución de los casi mil menores no acompañados afectados por la medida.
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