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Caso Uribe
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

El caso Uribe, el fin de un mito

La trascendencia de la condena judicial se debe a que en Colombia el ejercicio de la Presidencia ha supuesto, de facto, una especie de inmunidad

Álvaro Uribe

La sentencia contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal es la decisión judicial más importante en la historia de Colombia. Marcará un antes y un después, dado que es la primera vez que ocurre algo de esta naturaleza, pues el ejercicio de ese cargo ha supuesto, de facto, una especie de inmunidad que blinda a los expresidentes de comparecer ante la justicia.

Contrario a lo que sucede en otros países —pongamos por caso Argentina (Carlos Menem y Cristina Fernández de Kirchner), Brasil (Fernando Collor de Mello o Lula da Silva) o Perú (Fujimori, Toledo, García, Humala, Kuczynski, Vizcarra y Castillo)—, en donde varios expresidentes han tenido que responder ante la justicia penal por sus actuaciones, en Colombia no existen antecedentes. De allí la trascendencia, casi apocalíptica, que algunas personas quieren dar a este hecho. Lo cual no deja de ser paradójico —y hasta bizarro— si se tiene en cuenta que uno de los mayores reclamos a la justicia es la existencia de una impunidad crónica superior al noventa por ciento, algo absolutamente vergonzoso.

Es pertinente una precisión: Uribe no ha sido juzgado por delitos cometidos durante el ejercicio presidencial. La Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes es su póliza de inmunidad. Los delitos por los cuales acaba de recibir una sentencia de primera instancia corresponden a hechos sucedidos con posterioridad, durante un proceso penal promovido por él mismo contra el senador Iván Cepeda, quien investigaba vínculos del expresidente con grupos paramilitares. Uribe lo denunció ante la Corte Suprema de Justicia por una supuesta manipulación de testigos. Sin embargo, la Corte determinó que no existían pruebas contra Cepeda y, en cambio, encontró indicios de que Uribe, junto con su abogado Diego Cadena y el entonces senador Álvaro Hernán Prada, habría intentado influir en testigos para desacreditar a Cepeda. Ese fue el origen de la investigación. Fue la más alta instancia judicial la que decidió abrir el sumario. Sobre Cadena, el ya famoso “abogánster” aliado de algunas agencias norteamericanas, hay mucha tela que cortar.

El laberinto judicial

También es conveniente recordar que Uribe, entonces senador de la República, renunció a su cargo, lo cual privó a la Corte Suprema de la competencia judicial, que fue remitido a la Fiscalía General de la Nación al quedarse sin fuero. Así, resulta oportuno precisar también que el expresidente ha tenido todas las garantías procesales. Sus abogados han utilizado los recursos disponibles: desde una acción de tutela por una supuesta violación al debido proceso —declarada improcedente por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá—, hasta solicitudes de nulidad, reposiciones, apelaciones, peticiones de preclusión y recusaciones. Si de algo no podrán jamás quejarse es de falta de garantías, pese a que las alegaron desde un principio. Su estrategia judicial pareció más orientada a dilatar y deslegitimar el proceso que a probar la inocencia de su defendido. De allí que siempre haya planeado la sombra de la prescripción en el oscuro laberinto judicial.

Hablar de persecución política solo es posible desde la mala fe, la ignorancia o el fanatismo ciego. Y menos responsabilizar de esto al Gobierno. Tal actitud lesiona las instituciones y mina la credibilidad en el sistema judicial. De allí que resulten inaceptables y ofensivas las declaraciones del secretario de Estado, Marco Rubio. Constituyen, además, una indebida intervención en asuntos internos de otro país. No le corresponden al señor Rubio funciones judiciales para declarar inocencias ni descalificar jueces de una nación soberana. “El único delito del expresidente colombiano Uribe ha sido luchar incansablemente y defender a su patria. La instrumentalización del poder judicial colombiano por parte de jueces radicales ha sentado un precedente preocupante”, declaró tras conocer el veredicto.

Respeto para los jueces

Los jueces de la República de Colombia merecen respeto, y es obligación de todo gobierno extranjero hacerlo. Tratar de manchar este proceso y tildar de “jueces radicales” a quienes han intervenido en él a lo largo de casi una década es, como mínimo eso: ignorancia. Rubio y su coro de adláteres (Díaz-Balart, Salazar y Moreno) deberían leer el artículo 228 de nuestra Constitución, para que sepan que los jueces colombianos gozan de autonomía funcional. Sus declaraciones solo se entienden como una estrategia para legitimar aranceles —como han intentado hacerlo con Brasil, por la investigación contra el expresidente Bolsonaro— o, sencillamente, para mostrar su rostro imperial.

El expresidente tiene derecho a una segunda instancia, y la tendrá, como corresponde. Por supuesto. Aun a riesgo de que opere la prescripción de los delitos. Sin embargo, la sentencia es histórica y será objeto de estudio en las facultades de Derecho. La jueza 44 del Circuito Penal de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, merece total respeto, pues ha llevado sobre sus hombros, durante 475 días, el peso inmenso de conducir el proceso contra uno de los grandes protagonistas políticos de Colombia en lo que va del presente siglo. Y lo ha hecho con serenidad, aplomo e imparcialidad. Como bien lo dijera al inicio de la audiencia: “El derecho no puede temblar frente al ruido y la justicia no se arrodilla frente al poder. La justicia, como Temis, no ve nombres, ni cargos, ni estaturas, porque su mirada está enfocada exclusivamente en la verdad jurídica y en el deber ético de resolver conforme a la ley y la confianza”.

Después de esta decisión, nadie en Colombia podrá afirmar que “la justicia es solo para los de ruana”. Nadie es intocable ni está por encima de la ley. Ese es el mensaje para destacar tras esta trascendental decisión. Pese a que la presunción legal de inocencia se mantiene en pie hasta que no haya sentencia de segunda instancia. De todas formas es el fin de un mito.

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