Prima de junio 2025: cálculo, fechas clave y multas a las empresas que no la paguen a tiempo
La prestación de ley consiste en un pago de 30 días del salario laborado por año, el cual debe depositarse en dos exhibiciones: una a mitad del año, y otra en el mes de diciembre


Las personas trabajadoras en Colombia deberán recibir a más tardar el próximo 30 de junio el pago por la prima semestral de 2025, una prestación obligatoria que se entrega dos veces al año. El pago semestral va dirigido a los trabajadores formales con contrato vigente y se encuentra estipulado en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).
La prima de servicios es un derecho laboral fundamental y permite a los trabajadores enfrentar gastos importantes a lo largo del semestre. Al ser una prestación amparada por las leyes colombianas, su incumplimiento o retraso en el pago genera multas y sanciones a los centros de trabajo.
Montos y fechas clave
La fecha límite para el pago de la prima de mitad de año es el próximo lunes 30 de junio de 2025 y corresponde a 15 días del salario laborado por año. El siguiente pago será a más tardar el día 20 de diciembre, fecha en que se depositarán los 15 días restantes de la prestación.
En 2025, el salario mínimo vigente es de 1.423.500 pesos. Con el subsidio de transporte, el pago mensual queda en 1.623.500 pesos.
¿Quiénes tienen derecho a recibir la prima de junio?
Tienen derecho a recibir esta prestación los trabajadores que cuenten con un contrato laboral a término fijo, indefinido o que estén protegidos por medidas del Gobierno. El pago de la prima es proporcional al tiempo trabajado durante el semestre correspondiente.
Por otro lado, los trabajadores que no tienen derecho a recibirla son: los contratistas por prestación de servicios, los aprendices, los trabajadores independientes y aquellos que reciben su salario integral, pues ya cuentan con la prestación incluida en su pago.
¿Cómo se calcula?
La prima de servicios equivale a 30 días de salario por cada año trabajado, que se distribuye en dos pagos: uno en junio —15 días— y otro en diciembre —los 15 días restantes—. Si la persona no ha laborado todo el semestre, su centro de trabajo deberá otorgarle un pago proporcional.
Por ejemplo, para una persona que trabajó durante seis meses en una empresa recibiendo el pago mínimo, se debe multiplicar el pago total mensual por los 360 días. El resultado se divide entre dos, es decir, los seis meses laborados:
- Prima de servicios = (Salario base mensual + subsidio de transporte) x (Días laborados/360)
- Sustituimos: 1.623.500 pesos x (180/360)
- El resultado es de 811.750 pesos como pago de la prima de servicios
¿Qué hacer si no se recibe?
Si el empleador no lleva a cabo el pago de la prima en el plazo correspondiente, el trabajador puede reclamar sus derechos de acuerdo con los siguientes pasos:
- Solicitar el pago de manera verbal o escrita directamente al empleador
- De no obtener respuesta, puede acudir a un inspector de trabajo o presentar una queja formal
- En caso de no llegar a un acuerdo, el trabajador puede demandar al empleador ante un juez laboral
Los trabajadores pueden solicitar información y asesoría al Ministerio de Trabajo, en el teléfono 01 80 00 51 31 00.
Multas y sanciones a las empresas que no paguen a tiempo
Por último, el incumplimiento del pago de la prima de servicios puede derivar en consecuencias legales para el empleador. De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, las multas en 2025 se han establecido de la siguiente manera:
- Hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV)
- Indemnización de un día de salario por cada día de retraso en el pago
- Cobro de intereses moratorios si han pasado más de 24 meses sin pago
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