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El abogado de Cerdán pide en el Supremo su “inmediata puesta en libertad”: “Estamos ante una causa general”

La defensa acusa al magistrado de “creatividad” judicial al estimar el “botín” obtenido en mordidas en cinco millones de euros

Santos Cerdán, exsecretario de Organización del PSOE, a su llegada al Tribunal Supremo para declarar como investigado, el pasado lunes.

El abogado de Santos Cerdán, Benet Salellas, ha presentado este jueves un escrito ante el Tribunal Supremo para solicitar la “inmediata puesta en libertad” de su cliente. El letrado mueve así ficha para recurrir la resolución del magistrado Leopoldo Puente, que ordenó el pasado lunes el ingreso en prisión provisional del exsecretario de Organización del PSOE por delitos de cohecho, organización criminal y tráfico de influencias. El juez instructor consideró que existen “notabilísimos indicios” de la participación de Cerdán en la supuesta trama corrupta que tuvo su epicentro en el Ministerio de Transportes durante la etapa de José Luis Ábalos, dedicada al presunto amaño de obras públicas a cambio de comisiones. “No hay duda de que estamos ante una causa general contra Santos Cerdán y que el objetivo es investigar ‘para ver si’ finalmente aparece un indicio sólido que lo relacione con alguna actividad delictiva”, afirma Salellas.

El escrito presentado por el abogado de Cerdán, al que ha tenido acceso EL PAÍS, añade: “No queremos finalizar sin destacar el grave agravio comparativo que se produce en este momento cuando Cerdán es la única persona ingresada en prisión provisional y el resto de investigados se encuentran en libertad”. Con estas palabras, el letrado se refiere a los otros tres principales imputados: José Luis Ábalos, exministro de Transportes y predecesor de Cerdán como secretario de Organización socialista; Koldo García, exasesor de Ábalos; y el comisionista Víctor de Aldama. La sala que resolverá el recurso está integrada por los magistrados Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo y Pablo Llarena.

Salellas pone sobre la mesa la posibilidad de que se le haya encarcelado con el objetivo de “obtener una confesión”. “No sería conforme al principio de dignidad ni a un proceso penal democrático”, critica, antes de recordar que Aldama salió de prisión preventiva tras tirar de la manta contra Ábalos y Koldo García. El letrado apunta así contra la Fiscalía Anticorrupción y contra su jefe, Alejandro Luzón: “Esta es una finalidad radicalmente ilegítima per se”. “La adopción de esta medida [...] no puede aspirar a forzarle o compelerle a realizar una concreta declaración o actuación positiva, como instrumento para la obtención de indicios y pruebas”, ahonda el escrito, dirigido a la Sala de Apelación del Supremo.

A lo largo del recurso, la defensa expone que Leopoldo Puente se excedió al decretar la reclusión de Cerdán. Según Salellas, el magistrado ordenó su encarcelamiento sin valorar adecuadamente el carácter “excepcional” que debe tener esta medida. Y, además, sin contar con “indicios suficientes de criminalidad”: “La perspectiva asumida en todo momento por el [magistrado] es netamente inquisitiva, partidaria de una interpretación de los hechos en todo momento contraria a la perspectiva del investigado y construida siempre desde la presunción contra reo. De este modo, todas las explicaciones planteadas por el investigado en su declaración ante el instructor han sido simplemente rechazadas y respondidas en la resolución judicial recurrida desde una mirada que no acepta otra tesis distinta a la de la culpabilidad”.

Durante su comparecencia, Cerdán negó que influyese en la adjudicación de obra pública. También rechazo que cobrase comisiones, o que gestionase mordidas destinadas al PSOE, José Luis Ábalos o Koldo García. Por su parte, el abogado defensor acusa al juez de asumir de “una forma totalmente acrítica” las conclusiones del informe del pasado 5 de junio de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, que señaló por primera vez al exsecretario de Organización.

Salellas también minimiza los indicios recabados sobre la vinculación de Cerdán con la compañía Servinabar, propiedad de Joseba Antxon Alonso y considerada por los investigadores como una de las sociedades clave en los inicios de la trama en Navarra. El instituto armado sospecha que la red corrupta usó esa mercantil para participar en adjudicaciones junto a Acciona; y otorgan al político cierta capacidad de influencia sobre ella. De hecho, los agentes hallaron un documento en casa del empresario que refleja la transferencia en 2016 de un 45% de las participaciones a Cerdán.

Sin embargo, al igual que hizo el exdirigente socialista durante su declaración ante el juez, el abogado califica ese documento de mero “borrador”. La defensa subraya que nunca fue “elevado a público”. El pasado lunes, Cerdán reconoció que lo firmó en un momento en que barajaba dejar la política y trabajar en el sector privado, pero que finalmente no se ejecutó porque decidió seguir en la primera línea pública y le pidió a Antxon Alonso que lo rompiera.

Paralelamente, el recurso cuestiona la “veracidad” de los audios grabados por Koldo García durante cerca de un lustro, incorporados al informe de la UCO y convertidos, hasta ahora, en la principal gran prueba contra Cerdán. Esos archivos fueron encontrados en el registro de la vivienda del asesor del ministro. Pero Salellas pone en “duda” las “garantías de su custodia”, así como “las especiales circunstancias que rodean su obtención y conservación”. Y deja en el aire varias insinuaciones sobre Koldo García: “El supuesto autor de la grabación se graba a sí mismo mientras realiza la proposición delictiva [...] Un señor que es público y notorio que ha sido colaborador habitual de la Guardia Civil, en la lucha antiterrorista, incluso condecorado en 2018, contratado como escolta, indultado… y del que se comprueba que desarrolla un papel claramente misterioso en este expediente”.

“Nos parece que unos audios realizados y preservados de forma fragmentaria durante años por un posible colaborador policial, que acaba como coinvestigado, no son la mejor prueba garantista, objetiva e independiente para utilizar para acordar una prisión provisional en un proceso penal democrático”, prosigue el recurso, que califica la investigación del Supremo como “prospectiva” (es decir, carente de indicios e impulsada con el objetivo de ver si se encuentran esos indicios que la sustenten).

Destrucción de pruebas

Para justificar el ingreso en prisión de Cerdán, el magistrado argumentó que existía un “riesgo cierto” de que, si seguía en libertad, el exdirigente socialista ocultase, destruyese o alterase pruebas relevantes. La defensa desecha esa tesis e insiste en que la resolución del juez no “concretó” que “fuentes de prueba” quiere “proteger”. En este punto, incluso, el abogado atribuye al instructor cierta “creatividad judicial” al haber estimado que los implicados supuestamente obtenían en mordidas un 1% del importe de la obra adjudicada (calculando que se habrían embolsado, al menos, un “botín” de cinco millones de euros): “Nada hay en la causa que permita establecer este porcentaje. De hecho, ni este ni ninguno”, dice Salellas.

“[De todo ello] se desprende un claro voluntarismo en la construcción de una hipótesis acusatoria”, censura el letrado, que fue diputado por la CUP en el Parlamento catalán. El abogado remacha: “Conociendo lo que consta realmente en autos, se desprende la frustración de los investigadores ante el hecho de que el patrimonio de Santos no es compatible con la tesis acusatoria y esta contradicción fáctica, en lugar de resolverse a favor de la presunción de inocencia, se resuelve en el sentido de presumir que debe existir un patrimonio oculto y que esa ocultación pendiente de desvelar es lo que justifica la pretendida medida de prisión. Toda una inversión radical de nuestro sistema de garantía procesal”.

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