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Cómo pagar los nuevos impuestos de la emergencia económica de Petro y la fecha límite para abonarlos

El cumplimiento de las obligaciones fiscales se deberá llevar a cabo conforme a los calendarios oficiales de la DIAN

El Gobierno de Colombia ha anunciado la implementación de las nuevas medidas tributarias para los contribuyentes luego de la declaratoria de emergencia económica y social, anunciada el pasado mes de diciembre, para cubrir el hueco de 16,3 billones de pesos con el que fue aprobado el presupuesto general de la Nación para 2026. Las nuevas disposiciones, que aplican durante el presente año fiscal, han generado dudas con respecto a los mecanismos, disposiciones y plazos de pago.

El cumplimiento de las obligaciones fiscales se deberá llevar a cabo conforme a los calendarios oficiales de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La autoridad fiscal ha establecido que los contribuyentes deberán utilizar, de manera prioritaria, los canales electrónicos para cumplir con el pago de los impuestos.

Así, a través del portal web de la DIAN, será posible diligenciar los formularios correspondientes, reportar información sobre patrimonio y otros datos necesarios para la liquidación de sus impuestos.

Impuesto al patrimonio y fechas clave de pago

Uno de los gravámenes derivados de la declaratoria de emergencia es la ampliación de la base del impuesto al patrimonio. Con esta medida se incorpora a los contribuyentes que anteriormente no estaban sujetos a esta obligación.

De acuerdo con el calendario tributario, los contribuyentes obligados a cumplir con esta obligación deberán presentar su declaración y cancelar, por lo menos, el 50% del valor liquidado entre el 12 y el 26 de mayo de 2026.

La fecha exacta será asignada por la DIAN a través de sus calendarios tributarios y dependerá del último dígito del Número de Identificación Tributaria (Nit).

Asimismo, el saldo restante del impuesto al patrimonio deberá ser pagado antes del 14 de septiembre del presente año. Es fundamental cumplir con este plazo para evitar sanciones por mora, intereses adicionales u otras consecuencias.

Otros impuestos contemplados en la emergencia económica

El decreto de emergencia también establece otras medidas tributarias que impactan tanto a consumidores como a empresas en Colombia. Entre ellas, se encuentran el incremento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la creación de una sobretasa de entidades financieras y la aplicación del IVA a las compras hechas desde el exterior.

Estas disposiciones señalan que, además de las declaraciones ante la DIAN, puedan surgir nuevas obligaciones fiscales ligadas al consumo, a las transacciones comerciales y a las declaraciones de renta, según la situación de cada contribuyente.

Los canales habilitados para realizar el pago de impuestos

En cuanto se lleva a cabo la declaración de impuestos, el sistema de la DIAN genera en automático un formulario y un recibo oficial de pago. El pago puede ser cancelado mediante una transferencia bancaria directamente en la plataforma de la entidad, así como en los bancos autorizados, o a través de servicios financieros virtuales que permiten pagos electrónicos para reducir la necesidad de trámites presenciales.

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Sobre la firma

Elisa Villa Román
Es editora SEO de EL PAÍS América. Es egresada de la licenciatura en Economía por el Instituto Politécnico Nacional (IPN). Antes trabajó en El Universal y Milenio. Es originaria de Cuautla, Morelos.
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