El jefe de disciplina urbanística de Almeida, inhabilitado por el derribo de una vivienda en La Cañada
La sentencia de la Audiencia Provincial, que es recurrible, ve un delito de prevaricación administrativa y absuelve al excomisionado regional para la vía pecuaria


La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al jefe de disciplina urbanística del Ayuntamiento de Madrid, Julio César Santos, a nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público relacionado con el urbanismo al considerar que cometió un delito de prevaricación administrativa al ordenar en 2022 la demolición de una infravivienda de ladrillo en la parcela 203 de La Cañada Real.
El alto cargo del consistorio tendrá también que indemnizar al afectado, según documentación a la que ha accedido EL PAÍS, en la que se hace responsable civil subsidiario al Ayuntamiento. No obstante, la sentencia, que absuelve a Mikel Gorbea, excomisionado regional para La Cañada, no es firme, ya que cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Este diario ha solicitado la opinión del Ayuntamiento sobre la sentencia, sin haber obtenido respuesta en el momento de publicación de este artículo.
“El acusado”, sostiene la sentencia; “actuó a sabiendas de la injusticia que se cometía máxime teniendo en cuenta que de la demolición impedía de facto la posibilidad de recurrir con éxito en vía contenciosa haciéndola ilusoria”. Y añade: “La Sala entiende que se trató por el citado acusado de una actividad administrativa injusta y obviando cualquier garantía para el administrado”.
El derribo impugnado, explican en el Centro de Asesoría y Estudios Sociales (CAES), que ha representado al afectado, se ejecutó pese a no existir una orden judicial firme y cuando el vecino había recurrido el procedimiento administrativo de cese de uso abierto unos meses antes.
El vecino, con permiso de residencia y trabajo en vigor, llevaba residiendo en la vivienda de forma ininterrumpida desde el año 2006, año que adquirió la finca en la que se ubicaba la vivienda, una construcción de algo más de 80 metros cuadrados construida en ladrillo, con diversas estancias, pozo de agua y suministros.
Al encontrarse en la conocida como zona sin asfaltar de la Cañada Real, junto al barrio de Perales del Río en Getafe, el Servicio de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento inició a finales de 2021 el expediente para demolición de obras no legalizables, otorgándole plazo al vecino para oponerse, y siguiendo el procedimiento habitual al que han sufrido otros vecinos de la zona.
Pese a que este presentó alegaciones a dicho expediente hasta en dos ocasiones, y aunque se estaban siguiendo los trámites legales para la posible previa declaración de la vivienda como obra ilegal, el entonces Comisionado para la Cañada Real de la Comunidad de Madrid emitió un informe indicando que la residencia estaba completamente abandonada, sin aportar prueba alguna de esta afirmación, y solicitó su derribo.
En apenas 24 horas desde la comunicación del supuesto abandono y sin llevar a cabo ni la más mínima comprobación sobre el estado de la vivienda y de su procedimiento administrativo, el jefe de Disciplina Urbanística (que conocía perfectamente la existencia de un expediente recién iniciado y recurrido, pues él mismo era el instructor de dicho procedimiento) autorizó el derribo, que se ejecutó automáticamente el 19 de julio, apenas cinco días desde la declaración de supuesto abandono.
El motivo de esa rápida actuación, explicó en el juicio una arquitecta que había trabajado para el comisionado regional para La Cañada, era evitar la reocupación del lugar. Pero la vivienda no estaba vacía. En ese momento, el vecino se encontraba de vacaciones fuera de su residencia desde hacía apenas una semana y había presentado alegaciones en el procedimiento administrativo justificando y probando que la vivienda era su domicilio apenas un mes antes. Uno de sus vecinos testificó que se había ido a Marruecos a cuidar de su madre.
“Se debería haber acudido a la ejecución forzosa de la orden de cese y desalojo, rechazando la demolición que finalmente se produjo sin conocimiento ni audiencia del interesado”, afea la sentencia. “La Sala concluye que resulta acreditada la concurrencia de esa arbitrariedad manifiesta de perseguir un resultado injusto y de imponer la propia voluntad por parte del acusado que tenía el pleno dominio del hecho”, sigue. Y concluye: “Se trató por el citado acusado de unz actividad administrativa injusta y obviando cualquier garantía para el administrado”.
La Cañada Real es el mayor asentamiento irregular de Europa. Sus 16 kilómetros de largo se encuentran divididos en seis sectores con distintas características en cuanto a infraestructuras, poder adquisitivo de sus habitantes y legalización de los asentamientos. Esta sentencia pone ahora en jaque la actuación de la administración en la demolición de viviendas ilegales.
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