El fiscal pide 4 años de prisión para el exalcalde de Badalona Rubén Guijarro por un delito urbanístico
El edil, que era regidor de Territorio, defiende en el juicio que no intervenía “en conceptos jurídicos, técnicos o administrativos”


Rubén Guijarro, alcalde de Badalona entre 2021 y 2023 por el PSC, ha afrontado este miércoles un juicio por un presunto delito contra la ordenación del territorio, por el que la Fiscalía de Medio Ambiente solicita una pena de cuatro años de prisión para él y para otros dos altos cargos del mismo Ayuntamiento. Los hechos se remontan a 2018, cuando el político era regidor de Territorio. En aquel momento técnicos forestales abrieron diversos expedientes al observar que algunas personas habían ocupado algunas parcelas del espacio natural protegido de La Conreria-Sant Mateu-Céllecs y habían levantado barracas y roturado el suelo, en contra del ordenamiento vigente. La acusación del ministerio fiscal considera que el expediente municipal se centraba en los propietarios de las parcelas y no así sobre las personas que ocuparon los espacios, pese a que fue a ellos a quienes los agentes rurales levantaron los expedientes (por efectuar “construcciones, alteraciones en el terreno y usos con un carácter recreativo”), además de cuestionar que no se levantara expediente sancionador.
En el juicio, Guijarro ha defendido que su cargo era político y que su responsabilidad se ceñía a firmar el expediente una vez comprobado que este ya había sido suscrito por los servicios jurídicos y técnicos del Consistorio. En la vista celebrada en la Audiencia de Barcelona, el entonces regidor ha asegurado que no era de su competencia “marcar o intervenir” en “conceptos jurídicos, técnicos o administrativos”.
Los otros dos acusados han defendido la actuación municipal. Ramón Díaz-Cano, quien entonces era jefe del Servicio de Disciplina Urbanística y Sanciones del Área de Urbanismo, ha señalado que lo habitual en los procedimientos del Ayuntamiento era actuar contra propietarios, al ser estos quienes tienen responsabilidad del cuidado de las fincas y tras defender que ninguno de ellos recurrió el expediente municipal. Por su parte, el jefe de la Unidad Jurídica del departamento de Sanciones, Ricard Ruiz Portel, ha señalado que fue él quien tomó la decisión de expedientar solo a los propietarios, si bien técnicos municipales que han ejercido de testigos han defendido que era el criterio empleado habitualmente. Ruiz Portel ha reconocido que, desde la instrucción de la causa, ha pensado que posiblemente se habría podido abrir un expediente por usos, en el que sí habría cabido la posibilidad de denunciar a quienes ocuparon los terrenos.
La Fiscalía sostiene en su acusación que los tres acusados iniciaron el expediente de responsabilidad urbanística, pero en cambio frenaron el sancionador. La defensa esgrime que esos últimos expedientes pueden ser abiertos con posterioridad y que su definición puede depender de los trabajos restaurativos realizados en los espacios. La pena solicitada para los tres acusados es de 4 años de prisión, 16 de inhabilitación y una multa de 7.800 euros.
La abogada defensora ha cargado duramente contra el uso de la vía penal para los tres acusados, al señalar que ninguno de ellos conocía a los afectados y que en un delito de prevaricación debe existir el propósito de “beneficiar o perjudicar a alguien”. “¿Qué interés hay aquí si no ha habido ningún contacto con los propietarios o los ocupantes?“, ha señalado.
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