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Koldo García acude al Constitucional en un último intento para evitar el juicio por las mascarillas en el Supremo

Pide amparo después de que el alto tribunal rechazara anular la causa

El exasesor del exministro Jose Luis Ábalos, Koldo García, durante la audiencia preliminar en el Tribunal Supremo.JJ Guillén (EFE)

Koldo García, el que fuera el hombre de confianza de José Luis Ábalos en el Ministerio de Transportes, ha movido ficha en un último intento por evitar el juicio previsto para el próximo 7 de abril en el Tribunal Supremo por la presunta trama de cobro de sobornos a cambio de contratos públicos para comprar mascarillas en plena pandemia, que les sentará a él, al exministro y al presunto conseguidor, Víctor de Aldama, en el banquillo. El exasesor ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional alegando las mismas cuestiones de nulidad que ya esgrimió ante el Supremo y que fueron rechazadas.

El escrito de la defensa de García, ejercida por Leticia de la Hoz, se dirige precisamente contra esa última resolución, un auto del pasado 3 de marzo con el que el Supremo acordó avanzar a juicio. La abogada pide suspender la aplicación de dicha decisión judicial, lo que de facto implicaría suspender también la vista oral, a la espera de lo que acuerde definitivamente el Constitucional.

El recurso de amparo, al que ha tenido acceso EL PAÍS, insiste en las diez cuestiones de nulidad planteadas por García en su escrito de defensa y en la audiencia preliminar que tuvo lugar el pasado 12 de febrero en el Supremo, precisamente, para estudiarlas a fondo. La más urgente es la que sostiene que el juicio debería celebrarse en la Audiencia Nacional ―donde comenzaron las pesquisas y aún continúan― porque el Supremo perdió su competencia cuando Ábalos, el único aforado ante el alto tribunal por ser miembro del Congreso de los Diputados, perdió este privilegio al renunciar al escaño.

El exasesor ministerial llegó a reclamar a los siete magistrados que le juzgarán que consultaran al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que fijara la competencia, algo que también habría supuesto paralizar sine die el caso hasta que la corte comunitaria se pronunciara. Pero el Supremo lo descartó reivindicando un acuerdo alcanzado en 2014 por su Sala de lo Penal donde estableció que la competencia queda anclada en el tribunal que la tuviera al dictarse el auto de apertura de juicio oral. En este caso, Ábalos dejó el acta de diputado el 28 de enero y el instructor, el magistrado del Supremo Leopoldo Puente, abrió juicio el 11 de diciembre, por lo que el alto tribunal no tiene duda de que debe ser él quien juzgue el caso. La defensa critica que “el Supremo ha priorizado el rigorismo de los plazos y la comodidad judicial sobre derechos fundamentales como el juez ordinario predeterminado por la ley y la doble instancia”. Un “acuerdo interno”, advierte, “no puede primar sobre la salvaguarda de los derechos humanos internacionales”.

García achaca igualmente a ese “formalismo extremo” la negativa del Supremo a apartar a los cuatro magistrados que en noviembre de 2024 acordaron que el tribunal debía investigar estas presuntas corruptelas en lo tocante a Ábalos y a quienes estuvieran estrechamente vinculados al aforado, esto es, García y Aldama, y que ahora les juzgarán ―Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, Andrés Palomo y Eduardo de Porres―, más Julián Sánchez Melgar, por haber sido fiscal general del Estado nombrado por el PP, que lidera la acusación popular. El Supremo rechazó esta ristra de recusaciones por extemporánea, si bien la defensa recalca que el derecho a un juez imparcial debe estar por encima de lo que considera una mera formalidad.

Denuncia “una defensa a ciegas”

También vuelve a poner sobre la mesa el argumento de que se han visto obligados a ejercer “una defensa a ciegas” porque no han tenido acceso al contenido original o al menos a una copia íntegra de todo el material incautado en los registros con los que estalló el caso Koldo en febrero de 2024. El objeto de deseo son las grabaciones y conversaciones de WhatsApp que albergan los dispositivos electrónicos. En lo tocante a los del exasesor, su defensa asegura que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil “ha realizado una interpretación sesgada y descontextualizada”. “La falta de acceso a la fuente original impide a los peritos de la defensa construir una línea temporal verificable, analizar los metadatos y revisar la coherencia cronológica de las comunicaciones para desmontar las hipótesis policiales”, explica. A eso añade que esta línea temporal permitiría demostrar, por un lado, su teoría de que hubo una “investigación clandestina” a Ábalos y su entorno, porque comenzó antes de que el Congreso de los Diputados lo autorizara; y, por otro, que las conversaciones y los mensajes han sido manipulados.

La defensa de García también reitera que la inmunidad parlamentaria se ha visto vulnerada porque el Supremo desbordó el permiso que le dio el Parlamento para investigar. De acuerdo con su interpretación, lo fue solo para las supuestas irregularidades en los contratos para la compra de material sanitario pero “el tribunal ha ampliado ilícitamente la causa hacia hechos absolutamente nuevos y desconectados como el rescate de Air Europa, la licencia de operador de hidrocarburos para Villafuel, los aplazamientos tributarios de Hacienda a Aldama y la contratación en empresas públicas de Jésica Rodríguez [expareja de Ábalos] y Claudia Montes”, otra mujer vinculada al exministro.

De la misma forma, insiste en que el Supremo juzgará ahora unos hechos que también se investigan en la Audiencia Nacional, rompiendo con ello el principio de non bis in idem. La consecuencia, subraya, es que el alto tribunal “fijará una verdad judicial sobre un material al que la defensa no ha podido acceder en su integridad por estar materialmente secuestrado en otra sede judicial”.

Asimismo, recalca que Aldama se beneficia de un “pacto opaco” con la Fiscalía Anticorrupción que, de partida, le ha permitido enfrentarse a una petición de penas mucho menor que Ábalos y García, que podrían ser condenados a hasta 30 años de cárcel, mientras que el empresario solo podría llegar hasta los 7 años. El jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, aseveró en la audiencia preliminar que no había acuerdo alguno, sino solo una valoración inicial de la confesión del presunto conseguidor que, entre otras cosas, permitió destapar la presunta trama de cobro de comisiones a cambio de obra pública donde el exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán consta como principal imputado.

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