El TJUE anula la decisión del Parlamento Europeo que levantó la inmunidad de Puigdemont
Los jueces creen que la Eurocámara no mantuvo “la exigencia de imparcialidad” debida al encargar el asunto a un eurodiputado del mismo grupo político que VOX


El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha dado la razón al expresidente catalán y líder de Junts, Carles Puigdemont, y a los exconsellers Clara Ponsatí y Antoni Comín: el Parlamento Europeo les levantó la inmunidad en 2021 sin mantener “la exigencia de imparcialidad”. Los jueces explican que como el ponente encargado de instruir la petición de suplicatorio del Tribunal Supremo era del mismo grupo político que Vox, partido que promovió el caso judicial contra los políticos independentistas por el referéndum del 1-O, hay “dudas legítimas”. El fallo echa abajo la decisión del Tribunal General de la UE (TGUE), que dio un varapalo en julio de 2023 a los entonces todavía eurodiputados al darle la razón al Parlamento Europeo.
“En aras de la coherencia, el Parlamento debe excluir a un ponente que sea miembro del grupo político al que pertenecen diversos diputados del partido político que ha promovido el proceso penal contra el diputado cuya inmunidad se examina”, razonan los magistrados del TJUE. “Ese ponente podría percibirse como no imparcial y su designación sería contraria al derecho a una buena administración”, abundan, en referencia a Angel Dzhambazki, eurodiputado búlgaro la pasada legislatura y miembro del grupo Conservadores y Reformistas Europeos, en el que se insertaba Vox entre 2019 y 2024.
Para Puigdemont y Ponsatí, la sentencia es algo simbólico. Ninguno de los dos resultó elegido en las elecciones de junio de 2024. Por tanto, ya no son eurodiputados y no están amparados por inmunidad alguna. Es diferente la situación de Comín, quien sí fue elegido en las elecciones celebradas hace año y medio pero todavía no ha tomado posesión del cargo por no cumplir con las exigencias de la Junta Electoral Central española: básicamente no se ha ido a España para recoger la credencial. Comín sigue huido y viviendo en Bélgica.
El caso sobre el que ha fallado el TJUE este jueves se inicia en enero de 2020, cuando el Supremo español remitió al Parlamento una petición de suplicatorio para que levantara la inmunidad de los tres independentistas, huidos de la justicia. La instrucción del caso del Procés había terminando y los acusados habían sido procesados para ir a juicio. La comisión de Asuntos Jurídicos, presidida por el eurodiputado español Adrián Vazquez (entonces miembro de Ciudadanos y ahora del PP), designó como ponente del expediente a un eurodiputado búlgaro que formaba parte del mismo grupo político que Vox. Y ha sido este paso el que ha contaminado el proceso.
Los magistrados del TJUE afean al Tribunal General, el órgano de primera instancia judicial que desestimó el recurso de los tres exparlamentarios en 2023, que no hayan tenido en cuenta episodios como que “el 6 de marzo de 2019, la persona que sería posteriormente designada ponente organizó un evento consistente en la intervención del secretario general del partido político Vox sobre el tema Cataluña es España". “En aquel momento, el partido Vox ya había entablado el proceso penal de que se trata. Por tanto, la organización de ese evento era indicativa no solo de un apoyo a las ideas políticas de dicho partido”, abunda los jueces de Luxemburgo.
Este razonamiento les lleva a anular la sentencia del Tribunal General de la UE y las decisiones del Parlamento al considerar “que se adoptaron sobre la base de sendos informes que deberían haberse considerado nulos, puesto que la designación del ponente era contraria a la exigencia de imparcialidad”.
Además de rechazar el primer fallo, el TJUE también ignora la opinión del abogado general del Tribunal. Este órgano había aconsejado en septiembre pasado que había que sobreseer las peticiones de Puigdemont y Ponsatí porque ya no son europeizados. Sí que planteó entrar en el fondo de la cuestión con Comín, pero en sentido contrario a la sentencia final: Maciej Szpunar, el abogado general, se inclinaba por desestimar el recurso.
Con este fallo, no acaban todos los casos que hay abiertos en los tribunales europeos a cuenta del procés independentista ni la huida de varios de España de varios de sus líderes. Comín, por ejemplo, tiene pendiente la resolución de un recurso de casación. Y, sobre todo, queda por conocerse la sentencia sobre la ley de Amnistía. La vista se celebró en julio del año pasado y en noviembre el abogado general le dio un espaldarazo considerable a la norma al rechazar los argumentos contra ella. No obstante, como demuestra este último fallo, que la opinión del abogado general suela adelantar el sentido de la sentencia no garantiza que esto vaya a suceder al final.
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