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Así quedan las pensiones mínimas, máximas y no contributivas en 2026, según el nuevo decreto publicado en el BOE

Las cuantías son las mismas que en el aprobado en diciembre y que rechazó la mayoría del Congreso en enero por ir mezcladas con otras medidas

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles recoge dos decretos aprobados en el Consejo de Ministros de ayer relacionados con la protección social. Las medidas contenidas en los mismos iban juntas en uno solo en el BOE del 24 de diciembre, pero el rechazo del Congreso a la convalidación de esa iniciativa el 27 de enero ha rectificado la acción del Gobierno. Esta vez, el Ejecutivo plantea las medidas por separado para, al menos, salvar las relacionadas con la Seguridad Social, especialmente el incremento de las pensiones.

En esa materia, el decreto es un calco del anterior. Estas son las principales medidas que contiene y las cuantías de las pensiones mínimas, máximas y no contributivas en 2026, coincidentes con las que ya recogía el anterior decreto.

Pensiones mínimas contributivas

El tope de ingresos para la aplicación de cuantías mínimas de pensión es de 9.442 euros al año sin cónyuge a cargo y de 11.013 con cónyuge a cargo.

La pensiones mínimas son las cuantías más bajas mensuales de las prestaciones contributivas, las que se generan por la aportación en cotizaciones a lo largo de la vida laboral. Cuando un pensionista no llega a ese mínimo, una vez calculada qué prestación le correspondería, se activan los conocidos como complementos a mínimos, también determinados por las circunstancias del beneficiario. Según los últimos datos de la Seguridad Social hay 2,11 millones de pensiones complementadas a mínimos en España.

Pensión no contributiva

Esta prestación está pensada para los mayores que no han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social a lo largo de su vida y que carecen de recursos suficientes. Se elevan un 11,4% respecto a 2025. La Seguridad Social abona 471.000 prestaciones de carácter no contributivo, seis de cada diez a mujeres.

Según establece el Gobierno, las pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social de incapacidad y jubilación tendrán un importe anual de 8.803,2 euros en 2026 (629 euros al mes en 14 pagas, 64 euros más al mes que en 2025).

Esta cuantía se ve complementado por distintas circunstancias familiares, detalladas en el BOE. Por ejemplo, en el supuesto de hijo menor de dieciocho años y de menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, será en cómputo anual de 1.000 euros.

Pensión máxima

El BOE establece que, “hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2026″, el límite máximo de las pensiones públicas será de 3.359,6 euros mensuales o 47.034,4 euros anuales. Es un incremento del 2,815%, algo superior al 2,7% que aplica por norma general al sistema por la evolución de los precios en los últimos 12 meses.

El incremento, que solo aplica a los nuevos pensionistas, es superior por el recargo en las cotizaciones de los salarios más altos, cuyo principal objetivo es el refuerzo de los ingresos del sistema ante la presión creciente del envejecimiento poblacional.

El resto de pensiones

Por norma general, las pensiones crecen un 2,7%, en línea con la evolución de los precios en el último año para no perder poder adquisitivo. La pensión media actual se sitúa en 1.363 al mes, un 4,5% más que el año anterior.

Estas cantidades ya se abonaron en enero y volverán a darse en febrero, a la espera de una nueva convalidación que previsiblemente apoyará la mayoría del Congreso.

Sube la base máxima y el MEI

El decreto ley establece la base máxima de cotización de 2026 en 5.101,2 euros mensuales, un 3,9% más que en 2025 (4.909,5). También se eleva la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que da un paso más en la senda pactada por Gobierno y sindicatos y llega a los 0,9 puntos porcentuales (dos décimas más que en 2025). Este es uno de los recargos en las cotizaciones ideado para reforzar los ingresos del sistema de pensiones. De esos 0,9 puntos, 0,75 quedan a cargo de la empresa y 0,15 del empleado.

En la misma línea, sube la cuota de solidaridad que aplica a los salarios más altos. El Gobierno establece que en 2026 llegue al 1,15% en la parte de la retribución comprendida entre 5.101 euros y 5.611 (0,96% a cargo de la empresa y el 0,19% a cargo del empleado); el 1,25% a la parte comprendida entre 5.611 euros y 7.652 euros (1,04% a cargo de la empresa y el 0,21% del trabajador); y el 1,46% a la parte de la nómina que supere los 7.651,80 euros (1,22% a cargo de la empresa y 0,24% a cargo del empleado).

Cuotas de autónomos

El decreto ley prorroga las cuotas de los autónomos a la Seguridad Social. Ante la falta de acuerdo con los agentes sociales y mucho menos con los grupos parlamentarios, el ministerio de Elma Saiz mantiene las tarifas de 2025 en 2026.

Sin declaración de la renta para parados

Las personas en paro que perciben prestaciones no tendrán que presentar la declaración de la renta el año que viene. Esta obligación se aprobó en 2024 y se había retrasado hasta 2026, pero quedó descartada en el decreto del 24 de diciembre. Su falta de convalidación puso en duda este precepto, que vuele ahora al BOE.

Según explica el Gobierno en el texto, la intención de la norma era dotarse de “una fuente adicional de información”, pero considera necesaria la supresión por la carga administrativa extra que supone para los parados, entre otros motivos. “No resulta adecuada”, indica el Ejecutivo.

Sin prórroga del SMI

El Ministerio de Trabajo ha decidido no incorporar la prórroga del salario mínimo interprofesional de 2025, medida que sí incluía el anterior decreto, porque considera que la nueva cuantía está a la vuelta de la esquina, ya acordada con los sindicatos en 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas. Según los planes de Trabajo, se aprobará en dos semanas y se aplicará en las empresas de forma retroactiva desde el 1 de enero.

Así lo explicó este martes el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, quien también precisó de que, mientras llega la aprobación definitiva del SMI, “la Dirección General de Trabajo ha emitido ha emitido una circular interpretativa para dar tranquilidad, recordando (a las empresas) que la función de suelo salarial del salario mínimo no puede desaparecer en ningún caso como consecuencia de la no convalidación del real decreto ley”.

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