El Consejo de Estado suspende el decreto con el que Petro convoca a la consulta popular
La decisión, preliminar y no de fondo, congela cualquier convocatoria a las urnas. El presidente dice el futuro de su decreto depende más de la conciliación en el legislativo a su reforma laboral


La Sección Quinta del Consejo de Estado ha suspendido este miércoles el debatido decreto con el que el Gobierno de Gustavo Petro ha convocado a una consulta popular para el próximo 7 de agosto. Al admitir una de decenas de demandas contra la norma, ha encontrado que el decreto “fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República, en los términos previstos en el artículo 104 de la Constitución“, que exige ese aval como requisito para llamar a los ciudadanos a las urnas. Con ello, los cuatro magistrados que conforman la Sección Quinta le dan la razón a los críticos del Ejecutivo, quienes han argumentado que el presidente se extralimitó en sus funciones al producir el decreto después de que el Senado votó negativamente la iniciativa de Petro para una consulta popular.
El Consejo de Estado ha anunciado la decisión en un corto comunicado. Si bien había un debate sobre si este tribunal o la Corte Constitucional son los competentes para decidir el futuro del decreto, el auto con el que la Sección toma la decisión aclara que “corresponde al Consejo de Estado definir la legalidad o constitucionalidad de la decisión del Senado de la República”. Con ello se adelanta a cualquier pronunciamiento de la Corte Constitucional, que también ha recibido varias demandas contra el mismo decreto y a donde lo envió el Gobierno, pero cuyos tiempos suelen ser más lentos.
La decisión corresponde a una demanda interpuesta por una docena de senadores opositores (de los partidos Conservador, Colombia Justa Libres y Cambio Radical). Entre ellos está el presidente del Senado, el conservador Efraín Cepeda, a quien Petro ha acusado de cometer fraude y viciar la votación el pasado mes de mayo, en el legislativo, para convocar la consulta popular. Por esas irregularidades, argumenta el presidente, tiene derecho a sacar el decreto. El Consejo de Estado, el tribunal más alto del país en asuntos administrativos, no concuerda con el jefe de Estado.
📜@consejodeestado suspende Decreto 0639 de 2025 «Por el cual se convoca a una consulta popular nacional y se dictan otras disposiciones»
— Consejo de Estado (@consejodeestado) June 18, 2025
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El presidente, por su lado, no considera que la discusión jurídica tenga el foco en el lugar indicado. “Ni el Consejo de Estado puede determinar inconstitucionalidad, ni necesito cambiar asesores, porque tampoco ha dicho ilegalidad, solo una sala ha suspendido transitoriamente mi decreto que entregué fue a la Corte Constitucional”, ha escrito en X al conocer la noticia, en respuesta a las declaraciones de uno de los demandantes, el senador Carlos Fernando Motoa. “Pero ya la discusión no es jurídica. El Congreso tiene su última palabra”, ha dicho en referencia al fondo de la consulta popular.
La idea del decreto, para ir a las urnas y responder una docena de preguntas en temas laborales, surgió en el Ejecutivo en mayo, en reacción al hundimiento en el Senado de una reforma laboral en marzo. Pero el legislativo revivió esa reforma laboral el mes pasado, y este martes pasó su último debate. Le queda tan solo pendiente la conciliación, es decir, la unificación de los textos aprobados por el Senado y la Cámara de Representantes. Eso debe ocurrir a más tardar este viernes, so pena de que naufrague la reforma. Por eso Petro dice que, el futuro de su decreto, más que de una decisión jurídica, depende de dicha conciliación.
“Pasó lo obvio en un estado social de derecho: suspendido el decretazo”, reaccionó en redes sociales la senadora Angélica Lozano, del partido Alianza Verde, y quien lideró la resurrección de la reforma en el Senado. “El presidente le hizo caso a Montealegre [Eduardo, su nuevo ministro de Justicia] y usurparon funciones exclusivas de la justicia“, ha añadido la congresista independiente. Y es que la decisión judicial es una derrota del exfiscal Montealegre, quien llegó al Ejecutivo con la bandera de defender el decreto ante los múltiples juristas que lo señalaban de anticonstitucional.
La oposición política celebró inmediatamente la decisión. “Confirma que nuestras instituciones no están al servicio de intereses gobiernistas, sino del respeto al orden constitucional”, ha dicho el senador conservador Mauricio Giraldo, otro de los demandantes. La senadora y precandidata presidencial María Fernanda Cabal, del partido de derechas Centro Democrático, también ha recordado que ella interpuso otra acción de nulidad. “Extraordinaria noticia. Es deber de las altas Cortes, Consejo de Estado y Corte Constitucional, defender el Estado de derecho frente a la amenaza golpista de Gustavo Petro”, ha dicho en redes.
Un día antes de la decisión, el registrador nacional, Hernán Penagos, argumentaba precisamente que se debía esperar a un pronunciamiento de los tribunales antes de llamar a las elecciones para la consulta, que el presidente desea que ocurra el simbólico 7 de agosto, día de la independencia de Colombia. Penagos recordó entonces que solo el Consejo de Estado había recibido 10 acciones de nulidad simple contra el decreto, 34 de nulidad por inconstitucionalidad y 97 acciones de tutela. La Corte Constitucional, por su parte, sumaba 11 demandas de inconstitucionalidad.
El presidente Petro inmediatamente acusó al registrador de “sedición” y de hacer un “golpe institucional”. Mientras el legislativo no concilie los dos textos, dice Petro, el decreto sigue en marcha, amenazando con demandas al registrador.
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