Qué es la prima extralegal y quiénes la reciben
Esta prestación no tiene carácter obligatorio y suele pagarse en dos entregas a lo largo del año


A diferencia de las cesantías, la cotización a la seguridad social y el resto de obligaciones que adquieren los empleadores al iniciar una relación contractual de trabajo, la prima extralegal, una retribución económica variable para trabajadores con un contrato fijo, es un incentivo no regulado por el Código Sustantivo del Trabajo. Se trata de un beneficio opcional sin fechas ni montos establecidos, cuyos términos pueden ser negociados entre ambas partes.
El cálculo de la prima extralegal es variable y puede depender de distintos factores como las habilidades, el rendimiento o la consecución de objetivos fijados con anterioridad por el empleado, además de las políticas de la empresa. De ahí que el monto y las fechas de pago varíen en cada caso, aunque los términos pactados en la relación laboral deberán aparecer detallados en todo contrato. La mayoría de empresas que ofrecen primas extralegales, sin embargo, suelen entregar esta prestación semestralmente, en junio y diciembre, tal y como sucede con la prima de servicios.
Diferencia entre prima extralegal, prima de servicios y prima de navidad
A diferencia de la prima extralegal, la prima de servicios es una prestación social contemplada en la ley que corresponde a 30 días de salario por año y se entrega de forma obligatoria a los trabajadores en dos pagos semestrales: la primera mitad debe entregarse a más tardar el 30 de junio, mientras la fecha límite para recibir la segunda mitad es el 20 de diciembre.
La prima de navidad, en cambio, es un beneficio que se entrega de forma obligatoria en el sector público y corresponde a un mes de salario, que se debe pagar durante la primera quincena de diciembre. Tanto la prima de servicios como la prima de navidad para servidores públicos equivalen a un mes de salario; sin embargo, se entregan proporcionalmente si el trabajador aún no ha laborado un año entero.
En sentido estricto, cuando la prima de navidad es ofrecida por una empresa privada, se trata de un tipo de prima extralegal, con detalles pactados previamente entre empleador y trabajadores. Como cualquier prima adicional a las establecidas en la Ley, el beneficio puede finalizar en cualquier momento a discreción del empleador, siempre y cuando su fin no viole los términos del contrato laboral.
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