Cuando España reparó a los vencidos en la Guerra Civil
Desde la Transición se han hecho muchos avances como indemnizaciones y pensiones, pero la asignatura pendiente es la recuperación de los restos de los asesinados

Es frecuente oír que los derrotados en la Guerra Civil fueron víctimas del olvido en la Transición, y que no recibieron el reconocimiento que merecían por los daños sufridos en defensa de la República. Aun siendo en parte cierto, también lo es que desde 1976 se dictaron las primeras normas de reparación. La amnistía de 1977 facilitó el trabajo de los parlamentarios para consensuar una relevante legislación que resarció a muchos de los vencidos de los graves perjuicios causados, y que se aplicó prácticamente en su totalidad desde entonces hasta 1990. Se restituyeron los derechos del personal civil y militar al servicio de la Administración, se indemnizó a los que padecieron prisión, se reconocieron pensiones a los mutilados y a los familiares de quienes desaparecieron, fueron ejecutados o perdieron la vida por bombardeos sobre la población civil o como combatientes. Esa labor fue una de las mejores muestras del empeño que los españoles pusimos por conseguir la conciliación entre vencedores y vencidos.
Se desplegó un abanico de derechos sanitarios, de reconocimiento y representación en actos públicos e institucionales, así como de prestaciones económicas a través de diversos proyectos legislativos.
Los funcionarios civiles expulsados de los puestos que desempeñaban durante la Guerra accedieron al reingreso o a la jubilación con el Decreto 3357/1975, asunto al que se dio el impulso definitivo con la ley de amnistía. El mayor colectivo fue el de los maestros que incluyó a los denominados “cursillistas del 36″.
Los mutilados obtuvieron su primer reconocimiento al amparo del Real Decreto 670/1976, de pensiones para los españoles que habían sufrido mutilación a causa de la pasada contienda y que no pudieron integrarse en el Cuerpo de Caballeros Mutilados de Guerra por la Patria. Ese título era un eufemismo para decir que habían luchado en defensa de la República. El franquismo estaba aún presente en la sociedad y en las Fuerzas Armadas y estas normas se enunciaban con cautela para no provocar la ira de quienes protagonizaron el intento de golpe de Estado del 23-F de 1981. Estos derechos mejoraron con la ley 35/1980, dirigida a que los combatientes obtuvieran pensiones semejantes a las que percibían los mutilados del ejército vencedor. Y con la ley 6/1982, se mejoraron las cuantías para los civiles lesionados en bombardeos o por explosivos abandonados después de la guerra.
Las primeras pensiones a familiares de fallecidos en la guerra se reconocieron mediante el decreto 35/1978, cuya cobertura se amplió con la ley 5/1979, que incluía a los ejecutados, los asesinados y los fallecidos o desaparecidos, así como a las víctimas de la Revolución de Asturias de 1934.
Para quienes formaron parte de las fuerzas e institutos armados de la República se estableció el derecho a una pensión mediante el Real Decreto 6/1978, que regulaba la situación de los militares que tomaron parte en la Guerra Civil. Prudentemente, tampoco se mencionó que era para los miembros de las escalas profesionales que fueron fieles al Gobierno legítimo. Las graduaciones que se reconocían eran las obtenidas hasta el 18 de julio de 1936 y la competencia era del Ministerio de Defensa, lo que ralentizaba su cumplimiento. El Gobierno de Felipe González dio un giro de timón con la ley 37/1984, conocida como ley de los Militares de la República, poniendo su aplicación en manos del Ministerio de Hacienda y dando cobertura a quienes se incorporaron provisionalmente a las Fuerzas Armadas, al Cuerpo de Carabineros y a las Enfermeras del ejército.
La sentencia 116/1987 del Tribunal Constitucional, y las posteriores dictadas por el Tribunal Supremo para su aplicación, hicieron más justas las reparaciones para los combatientes del ejército republicano. Primero, aumentaron sus beneficiarios, porque la línea divisoria para establecer la condición de profesionales, hasta entonces, era que la hubieran obtenido antes de la sublevación franquista, pero dichas sentencias ampliaron el reconocimiento a quienes alcanzaron esa condición antes del 1 de abril de 1939. Y ello, por entender que los nombramientos de la República había que tomarlos en consideración. No podía ignorarse que los militares logran sus más importantes ascensos en las guerras, como había sucedido en las filas nacionales. Y segundo, mejoraron la cuantía de sus pensiones, porque obligó a proyectar la hipotética carrera militar que previsiblemente hubieran podido realizar hasta cumplir la edad del retiro.
Se establecieron también indemnizaciones (ley 4/1990) para quienes, por alguna causa de las contempladas en la Ley de Amnistía, padecieron prisión al menos durante tres años. Su ámbito era estatal, pero casi todas las comunidades autónomas aprobaron pronto su propia normativa.
A finales de los noventa, estas prestaciones estaban abonándose a la mayoría de los afectados. De 1976 a 2006, el número de perceptores ascendió a 573.500, de los cuales 49.000 eran funcionarios civiles, 200.000 militares (60.000 profesionales y 140.000 provisionales), 110.000 familiares de fallecidos, 154.000 mutilados y 60.500 habían sufrido cautiverio.
Actualmente, siguen reconociéndose transmisiones de pensión a los familiares supervivientes, y durante 2008 y 2009 se produjo un repunte de las indemnizaciones, porque la Ley de Memoria Histórica de 2007 amplió los derechos, al equiparar los periodos en batallones disciplinarios de soldados trabajadores a los tiempos de prisión. La legislación especial de guerra en este medio centenar de años se ha aplicado a más de 600.000 personas.
Hoy la asignatura pendiente es la recuperación de los restos de la totalidad de los asesinados cuyos cuerpos quedaron abandonados en el campo, en las afueras de los cementerios, en las cunetas de los caminos o en el Valle de Cuelgamuros. Es una tarea urgente para hacer justicia a las víctimas, sus familiares se sienten olvidados por las instituciones y continúa el agravio para buena parte de ellos. Otros que tampoco obtuvieron resarcimiento han sido los familiares de los españoles muertos en los campos de concentración nazis o combatiendo en la Resistencia contra la Francia ocupada, ni tampoco los familiares de quienes no se exiliaron, pero se echaron al monte tratando de salvar sus vidas al término de la guerra y que en su mayoría no sobrevivieron.
A pesar de estas carencias, hay que divulgar la relevante tarea que, desde los inicios de la democracia, llevaron a cabo los partidos políticos para consensuar las diversas formas de reparación y el interés que los sucesivos gobiernos democráticos y los parlamentarios prestaron al resarcimiento de los damnificados. Fue posible también gracias al esfuerzo de muchas personas que colaboraron desde sus puestos en los archivos y bibliotecas, en los consulados, en los tribunales o como funcionarios de Clases Pasivas. No debe olvidarse a los representantes de las asociaciones de los mutilados, de los carabineros, del Cuerpo de Asalto, de los militares de la República (especial mención merece la asociación de aviadores, por el recurso que ganó ante el Tribunal Constitucional), y tantos otros que desde el anonimato pusieron todo su entusiasmo para lograr que la restitución llegara al mayor número de personas y con el más completo reconocimiento de sus derechos.
Aquel proceso político logró que la justicia restaurativa alcanzara a muchos de los que defendieron la República y que padecieron el exilio o la cárcel, perdieron sus empleos, sufrieron lesiones o la pérdida de sus familiares en terribles circunstancias. Con todo el valor que para ellos tuvieron los documentos administrativos que les hacían acreedores de sus nuevos derechos, la importancia que alcanzaron fue bastante más lejos, porque les devolvía la dignidad y el orgullo de ser quienes eran. Sin duda, se aliviaron penurias económicas, pero para la mayoría no fue menos importante la emoción de celebrar el fin del manto de silencio que cubrió su pasado y, desde luego, la de sentir el reconocimiento público del valor de sus actos y mostrar la dignidad de sus vidas.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.