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Cataluña
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Acuerdo y política

La financiación singular, un intento de avanzar conjuntamente en un debate que enfrenta posiciones contrapuestas

Reunión de la Comisión Bilateral entre el Ejecutivo central y el Govern para abordar la financiación singular de Cataluña.

Recientemente la Comisión Bilateral Estado-Generalitat aprobaba un acuerdo sobre la financiación singular de la Generalitat. Es la concreción de uno de los compromisos del pacto entre ERC y PSC para la investidura del Presidente Illa. Así, el Estado acepta el marco político del debate de la financiación singular y traslada el pacto entre fuerzas políticas catalanas al acuerdo institucional entre gobiernos, dando inicio al proceso de negociación correspondiente. Este acuerdo, de manera muy gradual, avanza en la concreción de la asunción por la Generalitat de la gestión y recaudación de los impuestos en Cataluña y, especialmente, del IRPF. Lo hace condicionado a la adopción y desarrollo de reformas legales, siempre en estrecha coordinación con el Estado, de modo que puedan satisfacerse las exigencias de información y de aplicación homogénea de las normas tributarias.

No pretendo valorar el contenido del acuerdo. Otros, más expertos que yo, lo harán, considerando sin duda las dificultades y los límites constitucionales y políticos que lo enmarcan. Dos recientes artículos de Tomás de la Quadra-Salcedo en este periódico explicaban esos límites, con sus habituales claridad, rigor y prudencia. Pero sí quiero poner de manifiesto algunas consideraciones.

En primer lugar, estamos ante un acuerdo. Uno de los elementos prepolíticos a los que todos los partidos deberían sentirse compelidos.

En segundo lugar, es un acuerdo político. No parte de un derecho inequívoco que deba respetarse, ni siquiera de un diagnóstico indiscutible o plenamente compartido. Es un intento de avanzar conjuntamente en un debate que enfrenta posiciones contrapuestas.

En tercer lugar, es un acuerdo posible. Por una parte, porque el acuerdo asume y respeta el marco jurídico vigente, o al menos así lo pretende; y por lo tanto se plantea la necesidad de modificar leyes y de alcanzar las mayorías democráticas para ello, sin atajos ni escenarios que desconozcan esas exigencias democráticas. Por otra parte, porque alcanzar el acuerdo es lo que posibilita sus resultados. Sin acuerdo, las posiciones de cada uno pueden ser tan intensas y tan puras como se quiera, porque quedan en el mundo irreal de los proyectos. Y, finalmente, porque el acuerdo abre la puerta a su aplicación y, en consecuencia, debe asumir los condicionantes de la realidad en la que va a aplicarse. Que en este caso no son poco relevantes: una administración tributaria de la Generalitat sin las capacidades suficientes para gestionar hoy los impuestos en Cataluña; una administración tributaria estatal que ha alcanzado un nivel de servicio al que no estamos dispuestos a renunciar; y una realidad tributaria profundamente integrada con el resto de España y con Europa.

Y, en cuarto lugar, es un acuerdo abierto y parcial. Porque sólo trata de un aspecto del modelo de financiación que además requiere plasmación legislativa.

Ignorar estos aspectos, desde cualquiera de las partes, es ignorar la función de la política. Es volver a tiempos muy recientes en los que la voluntad unilateral y el proyecto propio, y por tanto no compartido, se convierte en lo único relevante; en un espejismo que permite ignorar la realidad y, sobre todo, ignorar al otro. Es difícil soportar el cinismo de que lo hagan quienes gobernaron y no consiguieron ningún acuerdo ni ningún resultado. Sabemos, y no solo por nuestra experiencia reciente, que ese modo de actuar no conduce más que a la frustración, al enfrentamiento y al fracaso.

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