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Cataluña abre la convocatoria para el Bono Alquiler Joven: 250 euros al mes durante dos años

La ayuda, con fondos estatales y destinada a personas de menos de 35 años con ingresos inferiores a 25.200 euros anuales, se puede pedir desde este lunes

Bloques de vivienda en Barcelona.
El País

La Generalitat de Cataluña ha abierto la convocatoria para solicitar el Bono Alquiler Joven, una ayuda financiada con fondos estatales para apoyar el pago de las rentas entre los jóvenes. Esta prestación se podrá pedir a partir de este lunes y las solicitudes se resolverán por orden de entrada hasta agotar la dotación presupuestaria, que en total asciende a 37.783 euros, según ha informado la Generalitat en un comunicado. Estas son las claves sobre el funcionamiento y cómo pedir el Bono Alquiler Joven:

La cuantía

El Bono Alquiler Joven establece una subvención mensual de 250 euros por un período de dos años. Esta cuantía sirve para apoyar el pago de la renta de las viviendas de alquiler, que en Cataluña, según los datos de los contratos depositados en el Incasòl, tienen un precio medio de 878 euros. En Barcelona el alquiler medio es de 1.117 euros, según los mismos datos de los contratos. La capital catalana es uno de los 140 municipios considerados como un mercado del alquiler tenso y en los que, por lo tanto, se aplica el tope de precios impuesto por la Ley de Vivienda.

¿Cuándo se puede solicitar?

Tras la publicación de la resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC), las solicitudes, gestionadas por la Agencia de la Vivienda de Cataluña, se podrán presentar desde mañana y hasta el 23 de mayo. Las solicitudes se resolverán por orden de entrada en el registro hasta agotar la dotación presupuestaria inicial, que es de un total de 37.783.500 euros, ha informado la Generalitat en un comunicado.

¿Quién tiene derecho a la ayuda?

Para tener derecho a la subvención, los ingresos de la unidad de convivencia deben ser iguales o inferiores a 25.200 euros anuales (ya sean de 2023, 2024 o 2025). Además, los aspirantes deben ser personas de máximo 35 años de edad en el momento de presentar la solicitud y tener residencia legal en Cataluña. La vivienda o habitación alquilada o cedida debe ser la residencia habitual y permanente durante todo el período por el que se conceda la ayuda.

Además, el solicitante debe disponer de una fuente regular de ingresos y ser titular del contrato de arrendamiento o estar en condiciones de suscribirlo en un plazo máximo de dos meses desde la notificación de la resolución de concesión de la subvención. Quien pide la ayuda no puede pagar un alquiler o precio de cesión mensual por la vivienda o habitación superior a los importes establecidos en la resolución de la convocatoria. Hay que revisar la documentación publicada al DOGC: Resolución TER/1729/2025, de 12 de mayo, por la cual se abre la convocatoria para la concesión de las subvenciones del Bono Alquiler Joven.

Además, ninguna de las personas que forman parte de la unidad de convivencia puede ser titular ni usufructuaria de una vivienda, ni socia o partícipe, ni tener relación de matrimonio ni de parentesco con los arrendadores del piso.

¿Dónde se puede solicitar?

Las solicitudes se pueden presentar electrónicamente a través de la web de Vivienda de la Generalitat (https://habitatge.gencat.cat/BoJove), en las bolsas que forman parte de la Red de Mediación para el Alquiler Social, en las oficinas locales de vivienda que colaboran mediante un convenio con la Agencia de la Vivienda de Catalunya, así como en la misma Agencia y en las dependencias de sus servicios en el territorio.

Además, próximamente se abrirá la convocatoria de ayudas para el alquiler para jóvenes, con fondos propios de la Generalitat, de que complementará la del Bono Alquiler Joven estatal. A esta otra convocatoria, se podrán presentar todos los jóvenes que no lo hayan pedido o se les haya denegado el Bono Alquiler Joven. El importe final de la ayuda no es lineal sino que puede ser de un mínimo de 20 euros y un máximo de 250 euros mensuales, en función de los ingresos de los perceptores y del precio del alquiler que tengan que pagar.

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