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La justicia avala que la explotación de la mina de Aznalcóllar siga en manos de la empresa que la gestiona

El TSJA desestima el recurso presentado por la compañía que no resultó adjudicataria de la concesión, cuyo proceso se está juzgando actualmente por la vía penal

Primera sesión del juicio por el concurso de la mina de Aznalcóllar en la Audiencia de Sevilla.
Eva Saiz

Todavía no se ha resuelto de manera definitiva la autorización definitiva para la explotación de la mina de Aznalcóllar y todo lo que rodea a la titularidad del yacimiento y a los derechos para el uso de sus recursos está enmarañado en procedimientos judiciales, una década después de su concesión. El pasado 10 de abril, sin embargo, se destrabó uno de ellos, el de la capacidad para realizar los trabajos preparatorios para comenzar la actividad y la gestión de esos recursos. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha fallado a favor de la actual empresa adjudicataria del complejo, Minera Los Frailes —la sociedad instrumental de Minorbis-Grupo México—, en contra del recurso presentado por Emérita Resources, la compañía que también ha recurrido por la vía penal el concurso de adjudicación de la mina en 2015 y, que, precisamente, se está desarrollando de forma paralela en la Audiencia de Sevilla.

Emerita había planteado al alto tribunal andaluz que ordenara el cese de cualquier actividad que estuviera realizando en el yacimiento minera Los Frailes y que declarara contraria a derecho la aceptación de esa explotación por parte de esa entidad, al entender que se había apropiado de esos recursos “por la vía de hecho”, porque la empresa que había resultado concesionaria no era en puridad esa entidad, sino Minorbis-Grupo México y no contaba con “la preceptiva autorización previa a entidades extranjeras” ni con los permisos de “exploración, investigación ni explotación”.

Sin embargo, el TSJA considera que “no existe elemento subjetivo” para considerar que la apropiación se había realizado por la vía de hecho puesto que no es una actuación de la Administración a la que se atribuye tal carácter, ni tal actuación, realizada por la demandada, Minera Los Frailes, adjudicataria de la concesión, puede considerarse que prescinda absolutamente del procedimiento legalmente establecido para realizarla, o que carezca manifiestamente de ningún posible fundamento legal’, puesto que resultó ganadora del concurso para la adjudicación de los derechos de explotación de la mina". En su fallo, los magistrados también se apoyan en las alegaciones de la Junta de Andalucía que también negaba “categóricamente” que se incurriese en vía de hecho y defendía que los derechos fueron adjudicados “ a Minorbis-Grupo México, aceptando ala concesión Minera Los Frailes, formada por Minorbisl y Grupo México”, una fórmula que avaló la Administración andaluza.

Este fallo del TSJA, que condena a Emerita en costas por 1.500 euros, deja sin objeto, de acuerdo con fuentes cercanas a Minera Los Frailes el juicio que se está desarrollando en la Audiencia de Sevilla y que enjuicia las presuntas irregularidades en la concesión de la explotación en 2015. En el procedimiento están acusadas 16 personas, entre ellas el ex altos cargos de la Junta, todos los funcionarios y técnicos que intervinieron en la mesa de contratación y los responsables de la empresa andaluza Magtel, que tenía participaciones en el conglomerado adjudicatario, a quienes se les imputan presuntos delitos de tráfico de influencias, prevaricación, malversación y fraude.

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Sobre la firma

Eva Saiz
Redactora jefa en Andalucía. Ha desarrollado su carrera profesional en el diario como responsable de la edición impresa y de contenidos y producción digital. Formó parte de la corresponsalía en Washington y ha estado en las secciones de España y Deportes. Licenciada en Derecho por Universidad Pontificia Comillas ICAI- ICADE y Máster de EL PAÍS.
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