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Begoña Gómez, sobre el juez Peinado: “Pretende llegar a un objetivo, a costa de masacrar la verdad”

La esposa del presidente del Gobierno y la asesora de La Moncloa recurren el fin de la investigación a la Audiencia Provincial

Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su comparecencia en una comisión en la Asamblea de Madrid, en 2024Jaime Villanueva

Begoña Gómez ha presentado un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid en el que acusa al juez Juan Carlos Peinado de saltarse la ley del jurado para terminar la investigación sin dar posibilidad a que las partes pudieran hacer nuevas peticiones. “Da la sensación de que se pretende llegar a un objetivo, aunque sea a costa de masacrar la verdad”, relata en su recurso de queja. También la asesora de la esposa del presidente del Gobierno, Cristina Álvarez, ha impugnado la decisión ante la instancia superior, negando cualquier irregularidad en su actividad: “¿Comete malversación el cocinero que prepara una comida privada para la familia del presidente?“, dice.

Gómez defiende que su actuación fue totalmente regular y niega todo tipo de irregularidad en la creación de la cátedra extraordinaria que para Peinado supone la base del delito de tráfico de influencias. “Eso refleja o una falacia consciente o el máximo desinterés por lo que han relatado todos y cada uno de los funcionarios” de la Universidad, apunta el letrado Antonio Camacho, recordando una vez más que la cátedra era gratuita. La defensa cuestiona, además, la “rapídez inusitada” con la que el juez ha dado carpetazo a la investigación y que lo haga después de acordar la práctica de diligencias pero sin dar tiempo a que estas se practiquen.

“Esto no constituye una infracción menor, puesto que está privando a todas las partes del derecho que les concede la Ley de pedir diligencias adicionales una vez practicadas las previstas”, subraya el abogado, que considera que esta forma de actuar del magistrado supone una vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva sin indefensión, reconocido en el artículo 24 de la Constitución. Este precepto también se ve vulnerado, según la defensa de Gómez, por la decisión de Peinado de dejar a la esposa del presidente del Gobierno al borde del banquillo antes de que se hayan resuelto varios recursos presentados por las defensas.

En el escrito presentado este lunes, el abogado intenta rebatir los argumentos del juez para juzgar a Gómez por tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida. Camacho considera “absolutamente inaceptable” la comparación entre Pedro Sánchez y Fernando VII que hizo el juez en su último auto. Para el abogado, esa afirmación es “más propia de la época histórica que la citada frase recrea” y respeta “muy poco la imagen de imparcialidad que un magistrado debe transmitir”.

Sobre el delito de tráfico de influencias, la tesis del juez es que como Gómez está casada con el presidente del Gobierno, habría influido en el rector de la Universidad Complutense a efectos de que se le permitiera dirigir la cátedra de Transformación Social Competitiva. “Pero el auto no aporta un solo indicio de que esto realmente se haya producido, ni un solo indicio”, recalca Camacho, que reprocha al instructor que no haya tenido en cuenta los testimonios del rector y los vicerrectores que han declarado como testigos y que descartaron cualquier irregularidad y aseguraron que consideraron a Gómez idónea para la cátedra.

La defensa cuestiona también que el juez muestre “extrañeza” por que la esposa del presidente mantenga reuniones de trabajo en La Moncloa. “La utilización de la residencia como lugar eventual de encuentro no obedecía a propósito alguno de singularización, jerarquización o presión sobre los asistentes, sino a razones objetivas de seguridad y discreción institucional”, defiende el abogado, quien también descarta indicios sobre el delito de corrupción en los negocios y de apropiación indebida. De este último, supuestamente basado en que Gómez puso a su nombre un software creado para la cátedra, la defensa recuerda que una investigación de la Complutense descartó la inscripción del programa en el registro de la propiedad.

“Lo acreditado es que el programa se desarrolló, no llegó a finalizarse y siempre se pretendió que fuera gratuito y así lo han manifestado numerosos testigos. Llama la atención que el Magistrado sostenga que la web estuvo plenamente operativa porque todos los técnicos han manifestado lo contrario y lo que nos han relatado es que se hicieron pruebas pero que el programa no funcionaba”, apunta el abogado. Este hecho, advierte Camacho, impide también que se dé el primero de los argumentos en los que el juez apoya la existencia del delito de malversación. El segundo, las supuestas labores que hizo la asistenta de Gómez para los negocios privados de la mujer del presidente, tampoco se sostiene, según la defensa.

Camacho recuerda que los cónyuges de los presidentes del Gobierno tienen una función institucional (no retribuida) tanto interna como internacional, lo que puede perjudicar sus labores profesionales. “Aunque reiteremos, no sea el caso, no entendemos un sinsentido ni contrario al ordenamiento jurídico que esa figura del asistente pudiera ayudar a una persona que está sujeta a toda una serie de actividades institucionales sin recibir ninguna retribución, actividades que lógicamente afectan a su actividad profesional. Como así ha ocurrido desde le advenimiento de la Democracia con relación a todos los cónyuges”, advierte el letrado.

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