Ir al contenido
_
_
_
_

Un máster, una asesora y dos cartas: diseccionando el ‘caso Begoña’

Los abogados que acusan a la mujer del presidente de tejer una red de influencias para su actividad privada discrepan en qué delitos y qué personas deben ir a juicio

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, acompañado de su mujer, Begoña Gómez, en Pekín esta semanaBorja Puig de la Bellacasa (Moncloa)

Esta es la historia de un máster, una asesora y dos cartas. La historia de la Universidad Complutense, La Moncloa y algunas empresas del Ibex-35. De un juez polémico y de dos años de imputación de la esposa del presidente del Gobierno. Si con esta historia hoy hubiera que escribir un relato de hechos probados para una condena o una absolución —atendiendo a los más de 5.000 folios (28 tomos de información) que componen el sumario— sería una tarea ardua. La versión y la visión del juez instructor Juan Carlos Peinado y de Begoña Gómez sobre la conducta de esta última son diametralmente opuestas. Algo que puede ser común en muchas causas. Y algo que no lo es tanto: los tres abogados de las defensas acusan abiertamente al magistrado de mentir y retorcer los hechos para que encajen en el Código Penal. Además, los letrados que ejercen la acusación (la Fiscalía pide el archivo) ni siquiera están de acuerdo en qué delitos deben ir a juicio y quiénes deben sentarse en el banquillo.

Peinado ha decidido dar por finalizada la investigación abierta en abril de 2024 contra Gómez, y procesarla junto a otras dos personas —su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés— por cuatro delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación. En las actuaciones hay nudos técnicos complejos sobre dónde se ubica la frontera entre ejercer influencias indebidas y, simplemente, vestir el traje de esposa del líder de un país. O si uno se puede apropiar ilegalmente de una marca. Y si a esto se añade que la intención es que el enredo jurídico lo resuelvan nueve ciudadanos de a pie, legos en derecho, el hipotético primer juicio contra la mujer de Pedro Sánchez puede ser un galimatías difícil de comparar.

De fondo, por primera vez, trasluce un debate interesante, o interesado, sobre qué papel debe cumplir el cónyuge de un presidente del Gobierno y cuánto y de qué manera puede desplegar su actividad privada mientras su marido se sienta en La Moncloa. Más allá de la cuestionada forma en la que el juez Peinado ha dirigido esta instrucción, estos son los elementos que podrían ir a juicio:

Tráfico de influencias

Delito que comete quien, prevaliéndose de su posición, induce a una autoridad o a un funcionario a adoptar una resolución en beneficio propio o de un tercero.

Peinado sostiene que la condición de “esposa de” de Gómez con respecto al presidente del Gobierno le abrió unas puertas que de otra manera no se hubieran abierto nunca. Por ejemplo, con la creación el 30 de octubre de 2020 de una cátedra extraordinaria en la Universidad Complutense de la que pendía un máster con el mismo nombre: Transformación Social Competitiva. El juez atribuye esa supuesta influencia a la mera posición de ser mujer de Sánchez. No existen mensajes o testigos que hablen de presiones concretas. Peinado se apoya en que citaron al rector de la universidad, Joaquín Goyache, en La Moncloa en julio de 2020 y que tres meses después se creó esta cátedra que Gómez se puso a co-dirigir (no podía ser directora única porque tenía que haber alguien de la universidad, así que el otro co-director era José Manuel Ruano de la Fuente). Respalda su tesis en la declaración del entonces vicerrector de la misma universidad Juan Carlos Doadrio, quien indicó que la creación no era irregular, pero que nunca había visto la existencia de una cátedra dirigida por una persona sin título superior, como Gómez. Algunas acusaciones populares añaden en privado que no entienden por qué Doadrio no está investigado también si él fue quien facilitó la creación de dicha cátedra.

Lo cierto es que Begoña Gómez llevaba trabajando con la Complutense desde el año 2014, codirigiendo un máster en Fundraising Público y Privado, cuando Sánchez no era presidente del Gobierno. Ella declaró que si la reunión se celebró en La Moncloa fue porque las instalaciones de la universidad estaban cerradas por la pandemia y lo “natural” era que fuera en su domicilio. En una cafetería no hubiera sido fácil para alguien que va “con un aparato de seguridad importante”, ha argumentado su defensa.

En el germen de la cátedra Peinado también implica al empresario y consultor Juan Carlos Barrabés. Ambos se conocieron en junio de 2019 en un evento sobre sostenibilidad, y en la causa consta un correo de unos meses después (el 12 de diciembre de 2019) en el que Gómez le dice: “Estimado Carlos: por favor rellena hoy esta hoja que me solicitan en la universidad para presentar el máster. Un abrazo”. Para el magistrado, esto convierte a Barrabés en pieza clave de “la creación, financiación, desarrollo y consolidación de dicha cátedra”. No fueron “contactos puntuales”, sino que, defiende, le “proyectó el diseño académico” y el programa formativo.

Y aquí entran las cartas. En ese periodo, en julio de 2020, una empresa de Barrabés (Innova Next) concurrió con otra a un concurso público de una entidad adscrita al Ministerio de Transformación Digital. Durante la tramitación del procedimiento, Begoña Gómez, como codirectora de la cátedra, envió dos cartas de apoyo al proyecto. La empresa de Barrabés logró más tarde la adjudicación de ambos expedientes (uno el 20 de julio de 2021 por un valor de 7,7 millones de euros y otro el 2 de agosto del mismo año por 4,4 millones). La realidad es que además de Gómez hubo otra treintena de misivas de grandes tecnológicas como IBM o Microsoft, y también del Ayuntamiento de Madrid, administración gobernada por el PP y que había otorgado contratos públicos a la empresa de Barrabés en 2017. Este asunto se está analizando también en la Fiscalía Europea, por lo que Barrabés sostiene que no se le puede investigar en un sitio y en el otro por los mismos hechos. En esta institución que depende de Luxemburgo, la Agencia Tributaria ha presentado un informe que detecta elementos “adulterados” en la parte técnica de la oferta.

Barrabés niega que las cartas ayudaran a la adjudicación y que él se involucrara en el nacimiento de la cátedra. Dice que su trayectoria en procesos de innovación y digitalización avala que Gómez le pidiera que impartiera dos clases (una en cada curso durante dos años), por las que cobró 150 euros. “Esto mismo hicieron otros más de 20 profesores”, defiende. Y recuerda que sus empresas no pusieron ni un euro para montar la cátedra, como sí hicieron otras. Estas cátedras extraordinarias, por definición, son financiadas con dinero de empresas que colaboran. Por ejemplo, para la creación de másteres privados y estudios relacionados con el turismo se puede crear una financiada por empresarios hoteleros. La de Gómez recibió capital de Reale Seguros (con 60.000 euros de una vez) y de Fundación La Caixa (que se comprometió a dar 15.000 euros anuales). Pero ese dinero va a parar al patrimonio de la Universidad.

Para Luis Pardo, el letrado del partido político Iustitia Europa personado en el procedimiento, este delito es el más grave de la causa. “Sé que es complicado de ver, pero nadie hubiera obtenido esa cátedra sin ser la mujer del presidente. Políticamente es reprochable y penalmente existen indicios de tráfico de influencias”, defiende. El abogado Javier Melero, bregado en juicios de corrupción, considera, en cambio, que Begoña Gómez no está en posición jurídica de presionar a nadie en la Administración. “No está en situación de influir sobre ningún funcionario y menos de esa categoría [rector]. Otra cosa es que los funcionarios sean unos pelotas y quieran complacer a la mujer del presidente. De todas formas, la presión moral está muy fea, pero no es un delito”.

El tráfico de influencias debe implicar, además, un beneficio, y el abogado de Begoña Gómez se ha cansado de repetir en sus escritos que la cátedra no era remunerada y que ella sólo cobró unos 15.000 euros anuales por su trabajo en el máster. Peinado lo resuelve asegurando que la cátedra “sirvió como medio de desarrollo profesional” y que, además, “el beneficio puede ser indirecto y a favor de un tercero”, aunque no detalla de qué manera.

Corrupción en los negocios

Se trata de corrupción entre particulares que castiga a los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una empresa que busquen obtener ventajas competitivas desleales.

Peinado desbroza en este tipo delictivo un listado de reuniones que la esposa del presidente tuvo a lo largo de los años para, principalmente, desarrollar un software con el que quería que las pequeñas y medianas empresas pudieran comprobar si cumplían los objetivos sostenibles. “Ha quedado demostrado”, dice, “que mantuvo diferentes reuniones con altos cargos de grandes empresas para conseguir acuerdos a la hora de llevar a cabo la financiación”. Por el juzgado han pasado representantes de Indra, Telefónica o Google con cuyos dirigentes entonces (Marc Murtra, José María Álvarez-Pallete y Miguel Escassi) se reunió Gómez para implementar su plataforma.

Para el juez es determinante que nadie de la Complutense estuviera en estas citas y apuntala su relato con la declaración como testigo de Manuel Ausaverri, un directivo de Indra, que dijo que “no era habitual” que hubiera colaboraciones “de esa naturaleza”. El abogado de Begoña Gómez es muy claro en este punto: cómo es posible que exista corrupción si el dinero se destinaba a la Complutense y cómo puede encajar en corrupción entre particulares si la universidad es un ente público.

Lo curioso es que aquí está de acuerdo, incluso, el abogado del pseudosindicato Manos Limpias que puso la denuncia inicial contra la mujer de Sánchez. “A mi cliente le preocupa el buen seguir del procedimiento. Quiere que esto se haga lo mejor posible para que cuando lleguemos al final del procedimiento tengamos una sentencia condenatoria, pero en términos de justicia y que sea legalmente posible”, indica el letrado Víctor Soriano en conversación telefónica. “Estas personas han cometido una serie de delitos, pero no el Código Penal entero. No tendría sentido acusar de unos delitos que creemos que no son”, continúa. Ellos no ven corrupción en los negocios, ni apropiación indebida, ni creen que la asesora deba sentarse en el banquillo. Sostienen que hay indicios delictivos contra la esposa de Sánchez, para quien acaban de pedir más de diez años de prisión, pero creen que la investigación debe continuar para aclarar, por ejemplo, sobre quién ejerció supuestamente su influencia.

Apropiación indebida

Cuando una persona recibe dinero, efectos o bienes muebles ajenos con la obligación de devolverlos, pero los incorpora a su propio patrimonio con ánimo de lucro.

Este elemento ha sido uno de los más confusos durante las diligencias. Se trata de cómo se inscribió la marca “Transformación Social y Competitiva” (denominación de la cátedra y el máster), el dominio de la web con el mismo nombre (transformatsc.org) y el citado software que iba a terminar alojado en ese dominio. Peinado sostiene que Gómez “actuó de facto como gestora principal del proyecto” y lo registró a su nombre “desviando el activo hacia sus intereses propios en perjuicio” de la Universidad. La defensa de Gómez detalla que ella registró solo el logo de la marca en marzo de 2020 y se hizo cargo del dominio (registrándolo por 25 euros anuales) porque en la universidad le dijeron que allí no registraban esos elementos. “Un término que ella inventó, que antes no existía” y que registró “para evitar que fuera incorrectamente utilizado”, ha esgrimido. De hecho, compareció la directora de otra cátedra que así lo corroboró.

El software sí que podía inscribirse en una oficina de la Complutense donde se transfiere el conocimiento para que pueda llegar a las empresas, y hay correos en los que los encargados le explican cómo hacerlo. Pero Gómez nunca llegó a registrarlo porque “según la normativa [...] solo podía registrarse cuando el proyecto estuviera finalizado (con códigos fuentes y requisitos cumplidos) estadio al que no se llegó por la eliminación de la cátedra”. La universidad, que rescindió la cátedra de Gómez en septiembre de 2024 tras el inicio del procedimiento, se ha personado como acusación particular porque, asegura, que se enteró de todo el asunto del software por la prensa.

En cualquier caso, la discusión jurídica en este delito es más amplia, puesto que las defensas sostienen que la apropiación indebida solo puede afectar a dinero, efectos con valor o bienes muebles y no a una marca. “La marca no es susceptible de apropiación”, dice. El letrado de la asociación ultracatólica Hazte Oír,que lidera la acusación particular no lo ve así: “El software es un activo patrimonial susceptible de explotación económica y la marca y el dominio forman parte de ‘un entramado de registros’ para asegurar el control de ese activo", apunta Javier María Pérez-Roldán.

Malversación

Cuando una autoridad o funcionario público, actuando con ánimo de lucro, se apropia o usa de manera indebida dinero público que le han sido confiado debido a su cargo.

Por último, la asesora. “Los indicios sí permiten sostener provisionalmente que la investigada Begoña Gómez solicitó, aceptó y aprovechó de forma estable la dedicación de una empleada retribuida por Presidencia a tareas ajenas al cometido institucional del puesto”, reza el último escrito del juez. La cuestión es si Cristina Álvarez, asistente de Gómez desde 2018 se dedicó a ayudar a la esposa del presidente en sus quehaceres privados de la cátedra y el software y, por tanto, se desvió el dinero de su empleo. El magistrado sostiene que sí y, por eso, ha llamado a declarar a personal de la universidad que trató con la asesora y ha pedido correos y comunicaciones que se supone que la incardinan a la sombra de la estructura de la cátedra. El abogado de Álvarez concreta las cifras en sus recursos: “Solo es capaz de identificar (en ocho años transcurridos desde que mi patrocinada es asistente de de doña Begoña) diez actos en los que hubiera acudido [Álvarez]. Diez actos en ocho años suponen una media de 1,25 actos al año. ¡Menudo escándalo!”. Y añade que algunos fueron en fin de semana, como una entrega de premios. “¿Es malversar acudir un domingo a un acto en el que van a premiar a una amiga?“, se pregunta.

El magistrado se apoya también en 121 correos que aportó el vicerrector Doadrio sobre la cátedra, de los que Álvarez aparece en 21. El letrado de la asesora insiste en que se trató de una “labor puntual” de su clienta que, en ningún caso, afectó a la tarea para la que fue contratada y añade, además, que en el supuesto de que la malversación existiera, ella, en todo caso, no pudo ser partícipe de ese delito. A modo de ejemplo: en 1994 el Supremo condenó a un alcalde, a un teniente de alcalde y a un concejal por la ilícita utilización de un alguacil para fines privados. El alguacil ni siquiera estuvo investigado; en 2014 el alto tribunal sentenció a la alcaldesa de Paiporta por utilizar diversos funcionarios del Ayuntamiento para labores de limpieza y obras en su chalé particular. Los funcionarios no llegaron a estar investigados; y en 2018 la misma sala condenó al director de un consorcio público por utilizar a un empleado de confianza como su chófer y asistente para actividades privadas. Éste último tampoco fue investigado. “Mi patrocinada podría ser objeto del delito (incluso víctima), pero nunca autora”, refiere el letrado.

Sin entrar en el fondo de la cuestión, el letrado Jaime Campaner, un penalista asiduo también en asuntos de corrupción, apunta que se debe acreditar que los servicios se han prestado en horario laboral, dejando de prestar servicios en la administración pública por ese motivo. “No hay que caer en la tentación de confundir potenciales incompatibilidades o el eventual decoro de una determinada conducta con su carácter delictivo”, incide. Melero añade que sería necesario establecer una “línea comparativa con otras mujeres de otros presidentes del Gobierno” para saber si se trata de “una desviación grosera o algo menor que compromete un plano moral”.

La próxima semana acusaciones y defensas deben presentar conclusiones y recursos a este último paso del juez. La Audiencia Provincial ha ido avalando el núcleo de la investigación (se negó a archivar la causa al inicio y aceptó que se añadiera el delito de malversación) por lo que sus decisiones en los próximos meses serán determinantes para saber si Begoña Gómez irá o no a juicio. Su abogado, Antonio Camacho, deja una reflexión en sus escritos cada vez que puede: “Si investigamos por malversación a todos los funcionarios que dediquen más de medio minuto al día de su horario laboral en tareas privadas, incluso de sus superiores, habría que instruir la macrocausa más voluminosa de nuestra historia”, ha escrito. “Si a esto sumamos la ausencia de regulación y claridad en los límites de la asistencia a la esposa del presidente del Gobierno, donde la frontera entre lo público y lo privado se diluye porque es esposa 24 horas, es fácil de comprender lo desproporcionado de la investigación”.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos

Archivado En

_
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_