La agente que denunció al antiguo DAO vuelve a pedir al juez que le prohíba comunicarse con ella
La inspectora recurre la negativa del instructor: “Es lo único que no puede proteger la escolta policial”


La inspectora que se ha querellado por violación contra José Ángel González, director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional hasta su dimisión el 17 de febrero, ha vuelto a pedir al magistrado David Maman Benchimol que prohíba al imputado comunicarse con ella. El abogado de la denunciante, Jorge Piedrafita, ha presentado un recurso contra la negativa del juez a conceder esta medida. “La motivación ofrecida no justifica adecuadamente la desestimación de una medida que es objetivamente idónea y poco invasiva para el acusado, ya que si el investigado no tiene ningún interés en comunicar por ningún medio con la víctima, ningún problema debe tener en la adopción de una medida tan sumamente liviana”, apunta el escrito.
A lo largo del documento de 11 páginas, fechado este lunes y al que ha tenido acceso EL PAÍS, el abogado de la agente insiste en que se ha cometido un “error” al valorar las “circunstancias”. Según Piedrafita, se niega “la existencia de riesgo sobre la base de una apreciación fragmentaria e insuficiente”. La pasada semana, tras la declaración del antiguo DAO y de la denunciante, el juez no aceptó la reclamación de dictar una prohibición expresa a José Ángel González de que se comunique con la policía. El magistrado no apreció un “riesgo”: “El investigado ni se ha acercado a ella, ni se ha comunicado con la misma desde el mes de julio”, argumentó.
El abogado de la inspectora ve innecesario actualmente que se dicte una orden de alejamiento, pero sí considera adecuado que se impida al exmando de la Policía comunicarse con la agente. “Desde la perspectiva de proporcionalidad, era particularmente idónea y limitada. No se pedía prisión ni una restricción amplia de movimientos, sino solo la prohibición de comunicación, que es lo único que no puede proteger la escolta policial”, ahonda el recurso enviado al juez.
Sin embargo, el magistrado rechazó esa pretensión. En opinión de Piedrafita, al justificar su negativa, el juez hizo una “interpretación indebidamente restrictiva” de la “noción de riesgo”. “Precisamente, porque la medida interesada era solo la de prohibición de comunicación, el juicio de proporcionalidad exigía razonar por qué una restricción tan acotada no era necesaria para preservar la seguridad y tranquilidad de la víctima durante la instrucción”. “Se convierte la falta de contacto reciente en argumento excluyente del riesgo, cuando precisamente la medida interesada tiene una función preventiva: evitar contactos futuros, perturbaciones, intimidaciones indirectas o situaciones de revictimización”, apostilla el escrito del abogado de la denunciante.
El recurso recuerda que la inspectora se encuentra de baja psicológica y tuvo que declarar ante el juez “con la asistencia de la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima”. “Lo que configura la existencia, como mínimo, de un daño psicológico presente que debe ser protegido a futuro”, ahonda el abogado, que pide al juez que rectifique y prohíba a González que se comunique con la denunciante. “O de forma alternativa se acuerde la realización de una valoración policial de riesgo actualizada y se reanalice la adopción de la medida”, incide.
Durante su declaración ante el magistrado, la agente ratificó que el DAO la violó el 23 de abril de 2025 tras presionarla para mantener relaciones sexuales, pese a sus negativas expresas. González negó la acusación y la atacó por tenderle una “trampa”. La defensa también la ha acusado de actuar movida por el dinero.
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