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Un tribunal suspende el cese del jefe de la Policía en Lleida por una antigua condena de acoso sexual

Los magistrados acuerdan que el alto mando vuelva al puesto mientras se resuelve su recurso y apuntan a que la orden de Interior para destituirle presenta “múltiples vicios” formales

Nuevo varapalo judicial al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha acordado suspender la decisión que tomó el pasado 16 de diciembre de cesar como jefe de la Policía Nacional en Lleida al comisario Antonio José Royo Subías tras trascender que 22 años antes había sido condenado por acosar a una subordinada para que mantuviera relaciones sexuales con él. En un auto, adelantado por Abc y al que ha tenido acceso EL PAÍS, los tres magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Sección Cuarta del TSJ de Cataluña concluyen que en la orden de cese “podrían concurrir múltiples vicios de pleno derecho y de anulabilidad”, entre ellos que se adoptase sin escuchar al alto mando y con el único argumento de que mantenerle en el puesto podía provocar “un grave deterioro de la imagen de la Policía Nacional”.

Por todo, los magistrados acuerdan que, mientras se resuelve el recurso presentado por el comisario, este vuelva a ocupar provisionalmente el puesto de jefe de la Comisaría Provincial de Lleida. No obstante, también advierte que esta medida “no supone perpetuar” al mismo en el puesto y deja abierta la puerta a que Interior lo releve por otro comisario ya que Royo fue designado para el cargo de manera provisional. No es la primera vez que la justicia corrige a Grande-Marlaska por el cese de un mando policial. En 2023, el Tribunal Supremo consideró ilegal la destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos como máximo responsable de la Guardia Civil en Madrid.

El comisario Royo fue cesado de su puesto cuando llevaba solo una semana tras publicarse en distintos medios de comunicación, entre ellos EL PAÍS, que había sido condenado en junio de 2003 por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa por acosar sexualmente en 1999 a una agente a sus órdenes y por propinarle “un manotazo en el glúteo”. Por aquellos hechos, el alto mando fue considerado autor de un delito de acoso sexual con el agravante de superioridad, por lo que fue condenado a una multa de 1.080 euros y a indemnizar a la víctima con 3.000 euros. La sentencia no incluyó ninguna pena accesoria de inhabilitación (este castigo no se incorporó a este delito hasta la reforma del Código Penal de 2022), por lo que el agente, que entonces era inspector jefe de la Unidad de Intervención Policial (UIP, los coloquialmente conocidos como antidisturbios), continuó en la Policía Nacional y ascendió a comisario en 2017.

La polémica generada ―que incluso llegó al Congreso y al Senado como preguntas por escrito y en pleno a Grande-Maslaska― provocó que al día siguiente de trascender aquella condena el director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía, el comisario José Ángel González, dictara una resolución por el que cesaba a Royo y lo destinaba a la Jefatura Superior de Madrid como jefe de un grupo de Seguridad Ciudadana. Según detalla el auto del TSJ de Cataluña, el número dos de la Policía justificaba su decisión por “el malestar que se ha producido en diferentes ámbitos institucionales y de la sociedad civil tras su nombramiento como responsable policial en la provincia, y razona que esta situación repercute en el interés del servicio, pudiendo desembocar en un desapego institucional y social que podría traer consigo un grave deterioro de la imagen de la Policía Nacional y una afectación al desempeño diario de la actividad”.

La decisión fue contestada por el comisario que pidió que, mientras se resolvía el recurso que presentó, se suspendiera cautelarmente la medida ―debía incorporarse a su nuevo puesto en Madrid este viernes― al considerar que, estando muy cerca de la jubilación, la ejecución inmediata del cese le podía causar “perjuicios graves y de muy difícil reparación” ya que cuando se conociera la sentencia podría estar ya retirado. Además, consideraba que su destitución también le provocaba un “daño reputacional” que considera “esencialmente irreversible”, así como una pérdida económica significativa ya que el puesto de jefe de la Policía Nacional en Lleida tiene asignado un complemento de 14.500 euros anuales. Interior, a través de la Abogacía del Estado, negaba esos daños “irreversibles” e insistía en que suspender el cese vulneraba la “potestad” de la Dirección General de la Policía para “autoorganizarse”.

Los tres magistrados han dado ahora la razón al comisario Royo al considerar que su cese no se había producido “en el marco de un procedimiento de carácter disciplinario/sancionador, ni tampoco por ningún hecho actual y presente que ponga de relieve un riesgo en el desempeño de sus funciones”. También inciden en que una decisión de este tipo “exige ciertas cautelas y garantías”, que no se habían materializado, entre ellas la de escuchar en audiencia al afectado. La resolución judicial también critica que la decisión de Interior se sustente “en formulación genéricas” sobre la afectación al prestigio de la Policía, pero no concreta “qué hechos operativos, incidencias del servicio o razones funcionales concretas hacen imprescindible” el cese. De hecho, añade que esta falta de motivación “es un vicio que podría dar lugar a la anulabilidad de la resolución administrativa”.

El auto también critica que la resolución del ministerio no haya incorporado la sentencia de 2003 que condenó al comisario Royo por acoso sexual y que recoja únicamente las recientes informaciones periodísticas que hablan de ella y que desembocaron en su cese. En este sentido, recuerda que “la posible cancelación y consiguiente olvido de los antecedentes penales es un derecho que el Código Penal concede a todos los penados y que se encuentra íntimamente ligado con la orientación constitucional de nuestro sistema penológico hacia la reinserción social”. También subraya que el hecho de que Interior no hubiera tenido en cuenta esa antigua sentencia cuando acordó el nombramiento, revela que el cese fue, en realidad, “una reacción coyuntural” al revuelo mediático que provocó.

La resolución judicial destaca, además, que Royo tiene “un extenso expediente profesional de 41 años de servicio, con numerosas felicitaciones públicas (más de 80), condecoraciones y destinos de alta responsabilidad internacional como Consejero de Interior en la embajada de España en Argel, sin ninguna incidencia, disciplinaria o no” por lo que los magistrados no aprecian ningún riesgo en que desempeñe las funciones de jefe provincial de la Policía Nacional en Lleida. De hecho, recalca que “la propia resolución de cese no identifica problemas de seguridad ciudadana, fallos operativos, pérdida de coordinación o conflictos internos concretos, sino solo una afectación de imagen”.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.
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