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Bolaños alega que “la seguridad nacional no es una broma” y justifica multas de hasta 2,5 millones por publicar secretos

El ministro de Justicia anticipa que los informes reservados del golpe de Estado del 23-F se harán públicos a finales del 2026

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, la ministra de Educación, Pilar Alegría, y la ministra de Igualdad, Ana Redondo, durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros de este martes.Foto: Jesús Hellín (Europa Press) | Vídeo: EPV
Miguel González

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha alegado que la seguridad y defensa nacional “no son una broma” para justificar la imposición de multas de hasta 2,5 millones de euros prevista en el anteproyecto de Ley de Información Clasificada remitido por el Consejo de Ministros al Congreso. Ha alegado que, por gravosas que sean las sanciones económicas, siempre serán mejores que la situación actual, en la que el único castigo previsto para la revelación de secretos es una pena de hasta cuatro años de prisión.

Bolaños también ha defendido que se pueda impedir, con carácter preventivo, la publicación de documentación secreta, a pesar de que la Constitución prohíbe la censura previa, alegando que se trata de evitar hechos “flagrantes” y de “extraordinaria gravedad”, por lo que la adopción de medidas de este tipo “está más que justificada y es más que proporcionada”.

El titular de Presidencia ha subrayado que con este proyecto España aprueba una asignatura pendiente y supera “una rémora”, ya que la vigente ley de Secretos Oficiales se aprobó en plena dictadura (1968) y se retocó antes de aprobarse la Constitución (1978). Con el texto al que el Gobierno ha dado luz verde este martes, “nos ponemos en estándares europeos, avanzamos como una democracia madura que somos para que los ciudadanos tengan derecho a saber, para que las administraciones tengan la obligación de aportar documentación que es importante para la historia y, por supuesto, se defiende la seguridad y la defensa de nuestro país”, ha añadido.

Por primera vez, ha explicado, “habrá plazos para desclasificar automáticamente” documentos que han sido declarados secretos. Esos plazos, que están en línea con los de los países europeos y aliados, según el ministro, son de 45 años prorrogables hasta 60 para los altos secretos; 35 prorrogables a 45 para los secretos; entre siete y nueve años para la información confidencial; y entre cuatro y cinco para la información restringida. La información será revisada periódicamente al margen de estos plazos, de oficio o a petición de parte, para comprobar si se mantienen los motivos que provocaron su clasificación.

Como novedad, el proyecto de ley incluye una disposición transitoria en virtud de la cual se desclasificarán automáticamente todos los secretos que tengan 45 años de antigüedad o más. Bolaños ha pronosticado que esta medida afectará a los documentos secretos sobre el golpe de Estado del 23-F, ya que la propia ley prevé una vacatio legis de un año: es decir, que solo entrará en vigor un año después de su publicación en el BOE. “Si la tramitación parlamentaria fuera rápida, la nueva ley de información clasificada podría estar en el BOE en el último trimestre de este año. Si fuera así, entraría en vigor en el último trimestre de 2026. Es ahí donde habría que hacer la cuenta de los 45 años: incluiría el año 1981 y anteriores. Entraría el año del 23-F, que se desclasificaría automáticamente salvo que algo afectara a la defensa o seguridad nacional“, ha indicado.

El titular de Presidencia también ha destacado que “en ningún caso se podrá clasificar documentación o información que afecte a graves violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad”. Y ha asegurado que la nueva ley desarrolla procedimientos garantistas para clasificar y desclasificar o reclasificar cualquier documento. “La clasificación será algo excepcional que debe hacerse de manera motivada y atendiendo a criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto”, ha añadido.

La ley define la información clasificada como aquella cuya revelación no autorizada pudiera ocasionar una amenaza o prejuicio para la seguridad o defensa del Estado, y establece cuatro categorías distintas (alto secreto, secreto, información confidencial e información restringida), homólogas a las que utilizan las OTAN y la UE, en función del grado de afectación de los bienes protegidos.

También este mates el Consejo de Ministros ha dado luz verde a la ley orgánica reguladora del derecho al secreto de los profesionales de la información y de los prestadores de servicios de medios de comunicación. La iniciativa forma parte del Plan de Acción por la Democracia impulsado por el Gobierno y, según Bolaños, se alinea con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y con el reglamento europeo sobre libertad de los medios de comunicación.

El anteproyecto regula de forma detallada el derecho de los profesionales de la información a “no revelar la identidad de sus fuentes ni cualquier otro dato que pueda conducir a su identificación”, al tiempo que prohíbe la instalación de programas informáticos de vigilancia intrusiva sobre los titulares de este derecho, salvo en supuestos excepcionales ordenados por los juzgados y tribunales. Reconoce este derecho tanto a periodistas y medios de comunicación como a personas de su entorno profesional o personal que puedan conocer la identidad de las fuentes.

Según la explicación del Gobierno, los límites al ejercicio del derecho son “excepcionales”, cuando sean “el único medio para evitar daño grave e inminente para la vida, integridad física o seguridad o riesgos para la seguridad nacional o el sistema constitucional”.

 

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.
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