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El PSOE reforma el proceso para convertir en fijos a jueces sustitutos para acallar las críticas de las asociaciones que convocan la huelga

Una enmienda de los socialistas restringe la convocatoria a quienes acrediten cinco años en tareas jurisdiccionales

Imagen de archivo.

El PSOE ha presentado en el Congreso una enmienda que concreta detalles del proceso para convertir en fijos a un millar de jueces y fiscales que ejercen desde hace años como sustitutos y que ha puesto en pie de guerra a un sector de ambas carreras, encabezado por cinco asociaciones profesionales (todas menos las dos progresistas). Los cambios propuestos por el Grupo Socialista aclaran algunos aspectos que el proyecto de ley no precisaba, con el objetivo de acallar las críticas más feroces de las asociaciones, que sostienen que el Gobierno pretende con este proceso incorporar a jueces y fiscales afines. El PP, por su parte, ha presentado otra enmienda en la que propone que los jueces sustitutos cobren el salario que corresponda a su categoría durante los periodos en los que no son llamados para ejercer esa función.

De todas las medidas incluidas por el Gobierno en el proyecto de ley orgánica para la ampliación y mejora de las carreras judicial y fiscal, el concurso-oposición para convertir en fijos a juristas que encadenan contratos temporales como jueces y fiscales sustitutos es el que más ha soliviantado a las asociaciones que han convocado la huelga. Sus portavoces aseguran que ese proceso “contraviene los principios de mérito, capacidad e igualdad” y va a manchar de “arbitrariedad” el acceso a estas dos carreras, unas críticas que lleva semanas combatiendo el ministro de Justicia, Félix Bolaños, quien asegura que no obedecen a la literalidad del proyecto de ley y ofrecen una versión tergiversada de la norma.

Desde que en enero se aprobó el proyecto de ley que incorporaba el proceso extraordinario para jueces y fiscales sustitutos, Justicia se ha reunido en a menos dos ocasiones con las asociaciones para explicarles que esa medida es una exigencia de la Comisión Europea, que ha requerido a España para que acabe con la interinidad de una bolsa compuesta ahora por 913 personas —más del 70% mujeres—, y que no va a ir en detrimento de los opositores del turno libre. Estas explicaciones no han acallado los reproches y las asociaciones exigen la retirada de la ley como única vía para desistir de sus protestas, una posibilidad que el Gobierno no se plantea.

Justicia ha ido anunciando en las últimas semanas algunos detalles del proceso que la norma no concretaba, como el número total de plazas que se ofertarán en ese concurso oposición (673 para la carrera judicial y 331 para la fiscal). Estos y otros puntos que no estaban precisados en el texto y alimentaban las críticas se incorporan en la enmienda que el PSOE registró el 20 de junio en el Congreso.

Uno de los aspectos que corrige el texto se centra en quiénes pueden presentarse a ese proceso extraordinario para entrar en la carrera judicial o fiscal sin pasar la oposición libre habitual. El proyecto de ley establecía que podría participar cualquier licenciado en Derecho con cinco años “de ejercicio profesional”. La enmienda lo restringe a quienes acrediten tener al menos cinco años “de ejercicio en profesiones jurídicas que exijan para su desempeño estar en disposición” de la licenciatura o el grado en derecho, “y que tengan encomendadas funciones jurisdiccionales o de actuación ante juzgados o tribunales”, como jueces y fiscales sustitutos, abogados y procuradores.

La enmienda propone también que la Comisión de Selección, que es la que organiza las oposiciones libres de jueces y fiscales, sea la responsable de aprobar las bases del proceso extraordinario de estabilización. Además, el PSOE propone que haya un tribunal diferente para cada orden jurisdiccional civil, penal, contencioso-administrativo, social civil y jurisdicción compartida (civil y penal).

El proyecto de ley establece que la presidencia del tribunal evaluador recaerá en un magistrado del Supremo o de un Tribunal Superior de Justicia o un fiscal del Supremo o de una Fiscalía de TSJ. Si la enmienda socialista sale adelante, cada tribunal estará presidido por el presidente de Sala del Tribunal Supremo correspondiente a cada orden jurisdiccional o, si este renuncia, por el magistrado del alto tribual que designe su presidenta. En el caso de los fiscales, esta labor recaerá en el teniente fiscal de Supremo o el fiscal de sala que este designe.

Una vez concluido el proceso, la Comisión de Selección determinará cuántas de las 673 plazas ofertadas para jueces sustitutos se destinarán a cada una de las especializaciones “en atención a las necesidades y el desempeño efectivo de personas sustitutas y suplentes en los últimos tres años en la planta judicial”. En el caso de los fiscales, el documento aclara que no funcionará por especializaciones, sino que tendrá carácter generalista.

Uno de los reproches más extendidos contra el proceso anunciado por el Gobierno entre los jueces y fiscales, sobre todo los más jóvenes, es que esta convocatoria extraordinaria iba a perjudicar a loas nuevas promociones de ambas carreras que accedan por la vía habitual, porque podían tener por delante en el escalafón (por el que se rigen los ascensos y cambios de destino) a quienes aprueben el concurso-oposición extraordinario. Para rebatir esta interpretación, el PSOE propone incluir en la ley que los que superen la fase práctica de formación y selección serán nombrados jueces o fiscales por el orden de la propuesta hecha por la Escuela Judicial o el Centro de Estudios Jurídicos, respectivamente, y accederán a los escalafones “de las carreras judicial y fiscal inmediatamente después del último juez o jueza o abogado o abogada fiscal que haya accedido”.

La estabilización consistirá en una prueba tipo concurso-oposición, en el que cada una de estas partes valdrá el 50% del total. Es en el apartado del concurso en el que el PSOE ha introducido cambios significativos. El proyecto daba a los jueces y fiscales sustitutos 0,20 puntos por cada año de nombramiento (cada año judicial que eran elegidos para ejercer la sustitución) y 0,80 puntos por cada año de trabajo efectivo. Al ir concatenando contratos temporales, no siempre conseguían ejercer durante el año completo, por lo que para alcanzar ese 0,80 necesitaban más de un año. Con esta modificación, el año completo se reduce a 0,50 puntos, pero el año de nombramiento asciende a 0,50, más del doble, hasta un máximo de 25 puntos. Para el resto de profesionales del derecho, la baremación se mantiene en 0,25 puntos por cada año de ejercicio.

La enmienda también incluye la posibilidad de obtener puntos por otras cuestiones. Han querido premiar los títulos de doctorado en Derecho y los años de experiencia en la academia. Este punto afecta especialmente a jueces y fiscales sustitutos, pues debido al régimen de incompatibilidades que existe para ellos y al que el Ministerio de Justicia quiere poner punto y final, uno de los pocos trabajos con los que pueden compaginar la judicatura es, precisamente, profesor en la universidad.

Con respecto a la calificación de su doctorado, los puntos disponibles serán: “Notable o sobresaliente: 3 puntos. Sobresaliente o apto cum laude: 4 puntos. Premio extraordinario de doctorado: 6 puntos”. Además, recompensarán con 0,25 puntos, hasta un máximo de 3, cada año de docencia universitaria. También otorgarán puntos si el aspirante ha aprobado alguna de las fases de la oposición a la judicatura o fiscalía por turno libre, hasta un máximo de 6.

El documento incluye detalles sobre la parte de la oposición: “en el proceso de acceso a la carrera judicial el dictamen consistirá en la elaboración de una sentencia y en el proceso de acceso a la carrera fiscal consistirá en la elaboración de un escrito de calificación o un recurso”. Como la oposición para jueces estará dividida por especializaciones, cada una de ellas tendrá dictámenes diferenciados, mientras que para el acceso a la carrera fiscal, la prueba consistirá en un escrito de materia penal, exclusivamente. La duración del examen será de cinco horas, como máximo, y se realizará de manera anónima. Además, la enmienda aclara que se reservan el 5% de las plazas para las personas con más de un 33% de discapacidad.

Por otra parte, el PP, que se opone al proceso extraordinario para convertir en fijos a los jueces sustitutos, ha registrado otra enmienda en la que propone que estos profesionales cobren el sueldo correspondiente a su categoría durante el periodo en el que no son llamados para ejercer esa función. Para ello, reclaman que el Gobierno modifique, en los seis meses siguientes a la aprobación de la ley, en el plazo de seis meses a partir de la aprobación de esta Ley, el régimen retributivo y de Seguridad Social de los jueces y fiscales sustitutos para que se establezca que este colectivo percibirá “las mismas retribuciones básicas y complementarias correspondientes a la categoría profesional en virtud de la cual han sido nombrados, durante los períodos de sus respectivos nombramientos en que no sean llamados para ejercer funciones jurisdiccionales, con inclusión en el régimen de Seguridad Social durante el referido periodo”.

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