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El Poder Judicial acuerda por unanimidad que la huelga de jueces no tiene sustento legal y no reconoce la convocatoria

Los vocales conservadores se adhieren a un texto de la presidenta para solidarizarse con la carrera

Pleno del Consejo General del Poder Judicial en una imagen de archivo.
Reyes Rincón

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves de forma unánime que la huelga de jueces convocada por cinco asociaciones de jueces y fiscales (todas menos la progresista) no es legal. Fuentes del órgano de gobierno de los jueces señalan que tanto el bloque conservador como el progresista han coincidido en que la convocatoria “carece, en el momento actual, de soporte normativo” por lo que entienden como “no anunciada” la protesta de los días 1, 2 y 3 de julio y se declaran no competente para fijar servicios mínimos. Los vocales propuestos por el PP se han adherido también a un escrito presentado por la presidenta, Isabel Perelló, en el que se solidarizan con el esfuerzo invertido por los jueces que han aprobado la oposición.

El pronunciamiento del CGPJ se ha producido después de que el Ministerio de Justicia le preguntara por escrito si mantiene la postura que fijó el Consejo en 2009, cuando el pleno, presidido entonces por Carlos Dívar, acordó que la ley no prevé el derecho de huelga de los jueces y magistrados y tuvo por no convocada la huelga que habían impulsado varias asociaciones y asambleas territoriales. La carta remitida por Justicia insta además al órgano de gobierno de los jueces a tomar medidas para garantizar que se descuenta la parte proporcional del sueldo a los jueces que secunden el paro.

La convocatoria de huelga ha partido de cinco asociaciones en protesta por las dos reformas vinculadas a la justicia anunciadas por el Gobierno: la que prevé cambios en la forma de acceso a ambas carreras y la que modifica el estatuto que regula a la Fiscalía para adaptarlo a la ley que dejará en manos de los fiscales la instrucción de las causas penales. Los bloques progresista y conservador han llegado al pleno con posturas discrepantes: la mayoría del grupo progresista considera que los miembros de la carrera judicial, como integrantes de uno de los poderes del Estado, no tienen derecho a la huelga; mientras que los conservadores advierten de que este es un derecho constitucional que solo puede limitarse por ley, algo que no ha ocurrido en este caso.

No obstante, la pregunta formulada por el ministerio (si se mantiene el criterio fijado en 2009 y que ha repetido el Consejo en convocatorias posteriores) ha facilitado el acuerdo porque el texto que se aprobó entonces se limitó a recoger un aspecto en el que todos están de acuerdo: “El ejercicio del derecho de huelga de jueces y magistrados carece, en el momento actual, de soporte normativo por lo que no procede tener por anunciada la convocatoria de huelga ni, al carecer el Consejo General del Poder Judicial de competencia para ello, fijar servicios mínimos”.

La duda ahora es si puede haber consecuencias económicas e incluso disciplinarias para los jueces que secunden la huelga una vez que el CGPJ la tiene por no convocada. Justicia tiene claro que debería haberlas y así lo advirtió en el escrito que ha enviado al Consejo. En caso de que, como ha ocurrido, el CGPJ diera por no convocada la huelga por considerar que no tiene sustento legal, el Ministerio le avisó de que “deberá adoptar las medidas que correspondan con el fin de detraer igualmente los haberes correspondientes a esas personas, ante la eventual responsabilidad en que podría incurrir el CGPJ o este Centro Directivo por el pago del salario con dinero público a quien cese la prestación del servicio voluntariamente y sin una causa justificada”.

Fuentes consultadas admiten que no existe un método de control claro para saber quién sigue la huelga, más allá de juicios que tengan que suspenderse porque no acuda el juez o incidencias graves que evidencien la ausencia injustificada. No obstante, el CGPJ es el competente para conceder los permisos por ausencia de los jueces, desde las excedencias a la autorización para ausentarse del juzgado un día para ir a un curso, por lo que algunas fuentes del órgano consideran que debería ser viable controlar quién hace huelga. Un portavoz del CGPJ, preguntado por posibles sanciones, se limita a las convocatorias anteriores : “El acuerdo adoptado hoy por el Pleno va en el mismo sentido que todos los aprobados en relación con las convocatorias habidas desde 2009 y nunca ha habido sanciones”, afirma.

Otras fuentes del órgano consideran que sí que habría que sancionar a los huelguistas. Y esto también se desliza en un texto aprobado este jueves por los vocales progresistas y sobre el que han votado en contra los diez conservadores: “El Consejo General del Poder Judicial no solo debería abstenerse de reconocer derecho o fijar servicios esenciales, sino que debería reservarse las actuaciones correspondientes por la convocatoria de una movilización claramente ilegal”, afirma le texto, suscrito por nueve vocales de este grupo, todos excepto Carlos Hugo Preciado.

Ese texto es muy duro con la huelga convocada por tres asociaciones de jueces (Asociación Profesional de la Magistratura, Asociación Judicial Francisco de Vitoria y Asociación Profesional Independiente de Fiscales). “Cuando el legislador acomete la reforma de normas que inciden en el estatuto de jueces, juezas, magistrados o magistradas, se esté o no de acuerdo con su reforma, debe respetarse el proceso legislativo, sin que sea factible que sus destinatarios y destinatarias, cuya fuente de legitimación constitucional es la sumisión a la ley (artículo 117.1 CE), promuevan un movimiento de protesta que ha desbordado ampliamente los límites establecidos en su estatuto”, recalcan estos vocales.

La mayoría del bloque progresista advierte de que la Constitución española “no reconoce el derecho a la huelga de los integrantes de los poderes del Estado”. La Constitución, señalan estos vocales, solo reconoce el derecho a huelga de los trabajadores por cuenta ajena (según estableció el Constitucional en una sentencia de 1981), mientras que el derecho de huelga de los funcionarios se ha regulado por ley (en la Ley de Reforma para la Función Pública de 1984 y Estatuto Básico del Empleado Público), pero este no es aplicable a jueces, magistrados y fiscales (así lo recoge su artículo 4.c).

“Con ello, el pleno del Consejo General del Poder Judicial ni puede mostrar su respeto por la movilización convocada, ni mucho menos su solidaridad o simpatía por esa llamada al enfrentamiento, muy al contrario, el Consejo debe reservarse la facultad de tomar las medidas oportunas frente a quienes, invocando su condición de integrantes de la carrera judicial impulsan estos llamamientos”, afirman estos consejeros.

Los vocales conservadores, por su parte, han votado a favor de un texto que ha llevado al pleno la presidenta y que se incorporado como parte del acuerdo global del pleno, de forma que el primer punto de ese acuerdo (el que considera que la huelga no tiene sustento legal) ha sido aprobado por los 20 vocales, y el resto, solo por los conservadores y Perelló. Los progresistas han votado en contra, excepto Preciado, que lo ha hecho en blanco.

En esos puntos, el Consejo recuerda los reparos que el órgano puso al proceso de estabilización para jueces sustitutos que el Gobierno ha introducido en la reforma legal de acceso a la justicia, por considerar que menoscaba “el derecho fundamental a la igualdad en el acceso a las funciones públicas garantizado en el art. 23.2 de la Constitución”. La presidenta y los vocales conservadores apoyan así uno de los puntos en los que se centra la convocatoria de huelga: “Reconocer a los integrantes del Poder Judicial los años de dedicación y esfuerzo invertidos en la superación de las pruebas de acceso a la carrera judicial, así como su profesionalidad en el ejercicio de la función jurisdiccional en situaciones no siempre favorables”.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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