Inés Soria, magistrada: “El Gobierno vasco garantiza que Txeroki y Anboto reconocen el daño causado”
La asesora del Departamento autonómico de Justicia recuerda que el objetivo de la ley penitenciaria es la reinserción


Inés Soria (Zaragoza, 51 años), magistrada y asesora del Departamento de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno vasco y exmiembro de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, garantiza que los presos etarras acogidos al tratamiento penitenciario en las cárceles vascas e inmersos en el proceso de reinserción reconocen el daño causado a las víctimas y salen de modo distinto al que entraron. Es el caso de Garikoitz Aspiazu, “Txeroki”, y Soledad Iparraguirre “Anboto”, exjefes de ETA, cuya salida durante la semana, con pernocta en la cárcel, para actividades laborales, ha levantado un escándalo social y político.
La decisión la ha adoptado el Departamento de Justicia del Gobierno vasco, gestionado por el PSE, a propuesta de la Junta de Tratamiento de la prisión de Martutene (Gipuzkoa). Actualmente hay 118 presos etarras en las cárceles vascas, muy lejos de los 800 que había al finalizar el terrorismo en 2011. De los 118, 49 están en segundo grado; 48 en tercero y 18, regidos por el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, aplicado a Aspiazu y a Iparraguirre. Desde la disolución de ETA en 2018, los etarras cumplen condena en cárceles vascas; una mayoría asume la legalidad penitenciaria y se acoge a un tratamiento individualizado, lo que facilita su salida condicionada de la cárcel. Solo hay una decena de disidentes.
Pregunta. El permiso de salida parcial para actividades laborales a Garikoitz Aspiazu, “Txeroki” y Soledad Iparraguirre “Anboto”, tras 18 años de prisión y 22 respectivamente con sentencias condenatorias muy superiores, ha levantado un escándalo social y político. Reprochan al Gobierno vasco permitir su salida con pocos años de cumplimiento de condena respecto a otros etarras, de menor responsabilidad, que llegaron a la treintena. ¿Cómo lo explica?
Respuesta. Ambos han cumplido más de la mitad de la condena, requisito mínimo que contempla la ley para poder salir. Pero salen porque lo aconseja su plan individualizado de reinserción, pues su cumplimiento requiere de actividad exterior. Cabe recordar que el objetivo de la ley penitenciaria es la reinserción, incluidos los presos de ETA a quienes se les exigen mayores requisitos. Ambos los están cumpliendo. Hay presos que no salieron hasta cumplir íntegra su condena, incluso hasta la treintena, porque no asumieron la legalidad penitenciaria. Esta situación cambió con la disolución de ETA en que una mayoría de sus presos se acogieron a medidas de reinserción. Es el caso de Iparraguirre y Aspiazu. Pero insisto en que cumplirán la condena. Nuestro punto de partida es la sentencia y nuestro punto de llegada la reinserción.
P. A Txeroki y Anboto se les ha aplicado el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Es para presos en segundo grado, que no salen de prisión. Algunos lo interpretan como un privilegio. ¿Qué tiene que decir?
R. No es un privilegio. Se aplica a 18 presos de ETA por recomendación del equipo técnico, formado por funcionarios de prisiones, que supervisan sus planes de reinserción y lo consideran adecuado para que vayan adaptándose a la sociedad a través de la actividad laboral. Aspiazu, por ejemplo, termina de cumplir su condena en un año y tres meses.
P. Usted decía que a los presos de ETA se les exigen mayores requisitos. ¿Quién decide? ¿Cuál es el papel del Departamento de Justicia del Gobierno vasco?
R. Hay una cadena en la toma de decisión. Primero, el equipo técnico, que está en contacto con los presos, e informa de su evolución a la Junta de Tratamiento de la prisión. Esta se reúne cada seis meses y eleva un informe al Departamento de Justicia del Gobierno vasco, que decide sobre los cambios de grado o la aplicación del 100.2. Nuestro papel es decisivo, pero sometido a control judicial. El fiscal puede recurrir nuestra resolución, que suspende su ejecución: en tal caso decide el juez de vigilancia penitenciaria. En la aplicación del 100.2 solo requiere la aceptación del juez. Han sido recurridos siete expedientes y hay cuatro pendientes.
P. ¿Ha habido algún pronunciamiento del juez o del fiscal con Aspiazu e Iparraguirre?
R. Con Iparraguirre, no. Con Aspiazu, el fiscal se ha pronunciado favorablemente.
P. ¿Cuáles son los requisitos para que los presos etarras accedan al tercer grado o al 100.2, que les permite empezar a salir?
R. El requisito fundamental es que muestren signos inequívocos de abandono del terrorismo en los medios y en los fines. No solo que se comprometan a no reincidir. Tienen, también, que abandonar cualquier justificación de su actividad pasada terrorista. Esta evolución la acredita el equipo técnico que supervisa el tratamiento individualizado del preso. Junto a ello tiene que asumir la responsabilidad civil, comprometerse a abonar parte de su sueldo cuando ejerza su actividad laboral y reconocer el daño causado.
P. ¿Cómo se manifiesta el reconocimiento del daño causado?
R. Se va percibiendo en su lenguaje y en cómo abordan su pasado. Sus víctimas antes eran objetivos y tras el tratamiento se convierten en personas. Los presos acogidos a la reinserción hablan de otra manera. Pasan por momentos especiales, por ejemplo, cuando tienen hijos. Recuerdan que aquel a quien mataron también los tenía y les ayuda a reconocer el daño causado y que no tenían que haber practicado la violencia.
P. Hay asociaciones de víctimas que no creen en la sinceridad de su arrepentimiento y que les emplazan a que lo hagan públicamente.
R. Les entiendo. Son muy libres de creérselo o no. Pero la ley no exige que el reconocimiento del daño causado se haga público. No podemos exigirlo. Todo lo que hagan en esa dirección es bueno porque ayuda a las víctimas y contribuye a hacer pedagogía. Pero lo que nosotros valoramos es la trayectoria de los presos y podemos asegurar que a quienes se ha cambiado de grado es porque han experimentado una evolución. Garantizamos que no van a reincidir cuando salen y que salen de modo distinto a como entraron.
P. Algunas asociaciones reclaman a los presos de ETA que contribuyan a esclarecer los casos pendientes.
R. Es una posibilidad de colaboración de la justicia que ofrece la ley. Pero no es obligatoria.
P. Sigue habiendo encuentros restaurativos entre presos en proceso de reinserción y víctimas. ¿Siguen siendo útiles?
R. Están amparados legalmente y son un derecho de las víctimas. Nosotros se los ofrecemos con un tratamiento confidencial, imparcial y neutral. La utilidad la tienen que evaluar ellas.
P. PP y Vox han criticado con dureza los permisos a Iparraguirre y Aspiazu.
R. Tanto en este como en otros casos es una decisión profesional, amparada en la ley, en la que participan funcionarios de prisiones, la Junta de Tratamiento de la cárcel, el fiscal y el juez de vigilancia penitenciaria. No hay en esta última etapa más progresiones de grado que en las anteriores. Llevamos cinco este año. Lo que más lamentamos es que se utilice a las víctimas. Todos tenemos que responsabilizarnos.
P. ¿Qué diría a las víctimas?
R. El derecho penal casa mal con el derecho de las víctimas. El dolor de las víctimas no prescribe. Debemos articular espacios de reconocimiento a las víctimas y validar lo que sienten. No podemos pretender que estén de acuerdo. No podemos evitar lo ocurrido. Nuestro trabajo es que los presos de ETA que salgan de la cárcel no sean los mismos que los que entraron, que su discurso del pasado no se sostenga, que interioricen el daño que han causado, que digan que no tenían que haberlo hecho.
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