La Audiencia Nacional revisa el caso de un policía marroquí al que Interior deniega el asilo
La decisión permitirá que el agente siga en territorio español hasta que resuelva la justicia


La Audiencia Nacional revisará el caso de un policía marroquí que solicitó asilo en la frontera de Ceuta la noche del pasado lunes y al que el Ministerio del Interior se lo ha denegado. La abogada del agente ha presentado un recurso contra la negativa a aceptar su solicitud por parte de la Administración española y la sala de la sección 5 de lo Contencioso-Administrativo ha paralizado el procedimiento de petición de asilo para escuchar la versión de la Administración antes de tomar una decisión, según fuentes judiciales.
El juzgado de lo contencioso ha admitido este viernes una “medida cautelarísima” que frenará la devolución del agente marroquí a su país hasta que se resuelva el recurso. La resolución ha dado tres días de plazo al Ministerio del Interior para aportar su informe, añaden las mismas fuentes. Gracias a la admisión a trámite del recurso, el solicitante está autorizado a “permanecer en territorio español”, según el auto dictado este viernes, al que ha tenido acceso EL PAÍS. Los magistrados han dispuesto que, “mientras se resuelva”, el agente marroquí “permanecerá en las dependencias habilitadas a tal efecto en el puesto fronterizo”.
El policía, destinado en Tánger, se presentó en la frontera de Ceuta la noche del pasado lunes y solicitó asilo. Se encontraba trabajando, se quitó el arma y el equipo de transmisión y marchó para la frontera española, señalan fuentes policiales. “El solicitante es de nacionalidad marroquí, nacido en el Rif y policía nacional de profesión, con lo que se dan en él todas las circunstancias para que de regresar a su país se tomen graves represalias contra él, como ser perseguido y torturado”, ha alegado su abogada en la resolución. En su petición, añade que “la repercusión mediática que ha tenido el caso (...) acrecienta el riesgo al que podría verse expuesto con su retorno” y que cuenta con dos informes del Alto Comisionado para los refugiados que recomiendan un estudio en profundidad de su solicitud “en el marco del procedimiento ordinario”.
El auto recoge el contenido de la resolución del Director General de Protección Internacional, que actúa en nombre del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska que denegó el asilo al agente marroquí y que considera que las alegaciones que presentó son “incoherentes, contradictorias, inverosímiles, insuficientes o que contradicen información suficientemente contrastada sobre su país de origen”. Por todo ello, ve “infundada” su solicitud por el hecho de “albergar un fundado temor a ser perseguido o a sufrir un daño grave”.
Tras una primera petición de asilo en la frontera, la reclamación del policía marroquí fue denegada. Después reclamó que se revisara su caso y obtuvo una nueva negativa, coinciden fuentes conocedoras de su situación. Entonces su representante legal recurrió la decisión ante la Audiencia Nacional. Este viernes el agente ha permanecido en el puesto fronterizo de Ceuta.
Para tomar la decisión ha tenido en cuenta la documentación sobre la condición de policía nacional, las observaciones del entrevistador durante la entrevista en la que pidió asilo, y los informes favorables de ACNUR para que se admita a trámite su solicitud para profundizar en su estudio y análisis.
El caso ha llamado la atención porque no es algo habitual en la ciudad autónoma, según coinciden varias fuentes. Se recuerdan peticiones de asilo de militares, o de agentes de las fuerzas auxiliares, un cuerpo paramilitar que depende del ministerio del Interior marroquí y que se despliega para el mantenimiento del orden en un sentido amplio, como concentraciones o manifestaciones, pero no de policías.
Los plazos de solicitud de asilo en frontera son más cortos. El Ministerio del Interior dispone de cuatro días desde que se presenta para pronunciarse y se puede ampliar hasta un máximo de 10 días, en el caso de que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) lo solicite. Contra la inadmisión o la denegación se puede interponer una petición de reexamen, como hizo el agente marroquí, en el plazo de dos días, y que Interior también tiene un plazo de dos días para responder.
El Ministerio del Interior no facilita información sobre solicitudes de protección internacional, al tratarse de casos que requieren especial confidencialidad, han explicado fuentes de este departamento este viernes.
Según la ley 12/2009, que regula derecho de asilo, Interior puede denegar la solicitud de asilo con una resolución motivada en los casos en los que haya falta de competencia o falta de requisitos, o por otra serie de motivos, como que se planteen cuestiones que no guardan relación con la condición de refugiado, o que la persona que lo solicita proceda de un país considerado seguro. También cuando el solicitante se considere un peligro o haya cometido un delito, entre otros factores, como que plantee alegaciones incoherentes, contradictorias, inverosímiles, insuficientes, o que contradigan información contrastada sobre su país de origen, o de residencia habitual.
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