Bolaños afirma que la reforma que desvincula al fiscal general del Gobierno entrará en vigor en 2028
“Es una reforma a largo plazo. No tiene nada que ver con ninguna cuestión de actualidad”, señala el ministro de Justicia

La reforma legal que desvincula el mandato del fiscal general del Estado de la duración de la legislatura entrará en vigor el 1 de enero de 2028. Así lo ha asegurado este martes el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que ha querido así responder a algunas informaciones que relacionaban esta reforma con el actual jefe del ministerio público, Álvaro García Ortiz, investigado por un delito de revelación de secretos relacionado con la pareja de Isabel Díaz Ayuso. “Esta reforma afectará al fiscal general que salga de las urnas en 2027 [cuando se celebrarían las siguientes elecciones generales, si no hay adelanto electoral]. Es una reforma a largo plazo (...). No tiene nada que ver con ninguna cuestión de actualidad”, ha aseverado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Según ha explicado Bolaños, la reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que recoge ese cambio en la duración del mandato se tramitará como una disposición adicional de la futura Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal, que deja en manos de los fiscales la instrucción de las causas penales. Y en ese texto, ha señalado el ministro, se precisará que la entrada en vigor del nuevo estatuto fiscal será el 1 de enero de 2028. “Si en 2027 los ciudadanos deciden que sigamos gobernando, nombraremos a un fiscal general del Estado, que será al que se le aplique la reforma. Pero en ningún caso podrá ser el actual fiscal general porque ya ha cumplido dos mandatos”, ha advertido Bolaños, quien ha insistido que la aprobada este martes es “una reforma a largo plazo”. “Estamos hablando de que se acerque los mejores estándares europeos. Nadie está pensando en temas menores. Esto es para 30, 40 o 50 años”, ha asegurado.
El cambio en la duración del mandato del fiscal general, que pasará a ser de cinco años y ya no cesará cuando lo haga el Gobierno que lo nombró, es una de las principales novedades del anteproyecto que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros, al que ha tenido acceso EL PAÍS. El texto recoge también que el Ejecutivo no podrá dar instrucciones al fiscal general sobre ningún asunto y las comunicaciones entre este y el Gobierno serán públicas y deberán realizarse por escrito.
Bolaños ha recalcado que esta reforma cumple con las demandas que ha venido haciendo desde 2013 el Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco), un órgano dependiente del Consejo de Europa que ha pedido a España de forma reiterada cambios en el Estatuto del Ministerio Fiscal, sobre todo, respecto a la coincidencia en el mandato del fiscal general y el del Gobierno, al entender que la regulación actual puede afectar la percepción de independencia.
Bolaños se ha felicitado por el gran cambio que traerá la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, con el que España dejará de ser el único país de nuestro entorno en el que la instrucción de las causas penales las lleve un juez de instrucción en vez de un fiscal. Esta reforma se hará en paralelo a la del estatuto fiscal, que “refuerza y profundiza en la autonomía” del ministerio público, ha recalado el ministro.
Reacción de las asociaciones
El anuncio del Gobierno ha tenido una acogida desigual por parte de las asociaciones judiciales y fiscales. La Asociación de Fiscales (AF), la mayoritaria en esta carrera, considera que la reforma es “una operación más de maquillaje de cara al exterior” que no busca reforzar la institución, sino la figura del jefe del ministerio público, a quien, asegura, se le otorga más poder sin los suficientes contrapesos. Así se ha pronunciado su presidenta, Cristina Dexeus, en declaraciones a Europa Press. “Tiene muy pocas aspiraciones, es muy poco ambiciosa, muy decepcionante”, sostiene Dexeus, al tiempo que reconoce que “en algunos aspectos” la reforma “se aproxima a los estándares que vienen reclamando desde el Greco y desde la Comisión Europea”, tanto en relación al mandato del fiscal general y como respecto a sus comunicaciones con el Gobierno.
Por su parte, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) lamenta que el Gobierno no aprovechara para “iniciar los trámites para remover [cesar] al fiscal general por incumplimiento grave de sus funciones”, en referencia a la causa abierta en el Supremo contra García Ortiz, en la que esta asociación ejerce como acusación popular. Su portavoz, Miguel Pallarés, sostiene en declaraciones a Europa Press que la reforma “blinda” al fiscal general en su cargo al no modificarse el estatuto para incluir como causa de cese “inmediato” que sea investigado por el Supremo.
“El Gobierno pretende, con la reforma, dejar en su cargo a su actual fiscal general, para el caso de que pierda unas posibles elecciones generales”, asegura. Esta interpretación de Pallarés choca, sin embargo, con el hecho de que la reforma legal, según ha indicado el ministro Bolaños, no va a entrar en vigor hasta enero de 2028, después, por tanto, del plazo máximo para el fin de la legislatura (julio de 2027), por lo que el cambio en la duración del mandato no afectará a García Ortiz.
Sergio Oliva, portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), la segunda más representativa de la carrera, ha aplaudido que se la reforma atienda recomendaciones europeas, aunque se considera “paradójico” que se atienda a unas sugerencias y no a otras, como la elección por parte de los jueces de los vocales del Consejo general del Poder Judicial. Desde Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), sde la asociación de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), su portavoz Edmundo Rodríguez, considera acertada la reforma que desvincula el mandato del fiscal general de la legislatura, así como el hecho de que las comunicaciones entre el fiscal general y el Ejecutivo vayan a ser públicas y se registrarán por escrito, “contribuyendo a su transparencia”. Según Rodríguez, estos cambios tienden a otorgarle una mayor autonomía al ministerio público, “lo que resulta imprescindible para poder afrontar el cambio a un proceso penal basado en el principio acusatorio, que reserve la instrucción al fiscal y velar por las garantías procesales y constitucionales al Poder Judicial”.
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