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Jornada de hasta 13 horas por 700 euros: un tribunal condena a dos hosteleros de Castellón por explotación laboral

La sentencia señala que los empresarios se aprovecharon de la “necesidad” de una pareja de inmigrantes con la promesa de regularizar su situación

La Audiencia Provincial de Castellón, en una imagen de archivo.

Jornada de trabajo de 8 horas de lunes a domingo —que llegaban a ser de hasta 13 horas en fin de semana o días puntuales— sin derecho a libranzas ni vacaciones, por 700 euros al mes. Son las condiciones en las que, durante casi dos años y sin contrato laboral, trabajaron una pareja de inmigrantes que carecían de permiso de residencia en España. Sus empleadores, dos hosteleros de Benicarló (Castellón), acaban de ser condenados por explotación laboral. Se aprovecharon, indica la Audiencia Provincial en una sentencia conocida este jueves, de la “necesidad” de las víctimas, una mujer y su pareja sentimental, al no haber podido regularizar su situación legal.

El tribunal impuesto a los dos empresarios, dueños de un restaurante y un salón de té en Benicarló, donde fueron empleadas las víctimas, sendas penas de seis meses de cárcel y multas de 1.080 euros por un delito contra los derechos de los trabajadores. Además, la sentencia obliga a los dos condenados a indemnizar conjunta y solidariamente a las víctimas con un total de 3.300 euros.

Según el fallo, la mujer víctima de explotación laboral trabajaba como camarera en el restaurante que regentaba uno de los hosteleros durante ocho horas. Pero estas “ascendían a 13 [horas] los viernes, sábados y domingos, y algunos días entre semana cuando se retransmitía fútbol por televisión”. Todo ello, señala la sentencia, sin descanso ni vacaciones a cambio de un salario de 700 euros. Una nómina que la mujer recibía sin ningún tipo de justificante, mientras el empresario del local, según se recoge como hecho probado, le manifestaba que tenía que esperar hasta tres años para que le formalizase un contrato.

Pero eso nunca sucedió. Al estallar la pandemia del covid, el 12 de marzo de 2020, el dueño del local dejó de contar con la empleada. Y también tras la reapertura del negocio, “careciendo la perjudicada de los derechos derivados de un sistema legal de contratación”, según señala la sentencia.

El hombre trabajó en condiciones similares a las de su compañera sentimental en el salón de té de otro de los empresarios. Ejerció como camarero, cocinero y limpiador. Esta situación se prolongó desde 2018 a 2020, sin que durante este tiempo las víctimas tuvieran contrato o fueran dadas de alta en la seguridad social.

La sentencia, que es firme, deriva de un acuerdo de conformidad suscrito por las partes el día del juicio, celebrado el 12 de mayo. Los dos acusados admitieron la comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y aceptaron las condenas solicitadas por la fiscalía y la acusación particular.

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