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Así es la ley de consumo sostenible: veto a los anuncios de gasolina, cerco al ecopostureo y fin de la publicidad del miedo

El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de una norma que también intenta dar garantías para la reparación de los electrodomésticos

Ley de consumo sostenible

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de la ley de consumo sostenible. Esta norma, que ahora tendrá que pasar el trámite parlamentario en esta cada vez más incierta legislatura, tiene un claro componente medioambiental e incluye varios apartados que afectan a la publicidad de determinados productos perjudiciales para el medio ambiente, como algunos combustibles fósiles, además de intentar cercar al ecopostureo.

La ley depende del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. Su titular, Pablo Bustinduy, ha recalcado este martes que el objetivo es “incentivar a la industria para acelerar la transición productiva hacia modelos más accesibles y sostenibles”, lo que traerá beneficios para los consumidores, además de proteger el medio ambiente. “Los efectos del cambio climático (olas de calor, sequías, danas) son asimétricos, se ceban con las personas más vulnerables [...] En España el 1% de la población contamina más que 12 millones de personas. El negacionismo es una cuestión de clase social. La filosofía que inspira esta ley es que la transición ecológica no puede recaer en los consumidores individuales. Hay que responsabilizar al sistema económico en su conjunto”, ha añadido.

Tras las negociaciones entre los dos socios de gobierno (PSOE y Sumar), estas son las claves del anteproyecto de ley aprobado este martes:

Veto a la publicidad de la gasolina

La norma pretende equiparar la gasolina y el tabaco a efectos de su publicidad. Por esos se considera ilícita “la publicidad de combustibles fósiles, entendiéndose por tal toda comunicación comercial destinada a promover la contratación o adquisición de productos energéticos compuestos exclusivamente por derivados de origen fósil, sin participación de componentes renovables, cuando sea emitida por empresas del sector del carbón o del petróleo”. Es decir, se deja fuera al gas natural —un combustible menos emisor que el petróleo y el carbón, pero que no deja de ser de origen fósil y de alimentar el calentamiento—, y se abre la puerta a que sí se permitan anuncios de los llamados combustibles renovables, elaborados en parte con vegetales, como la soja o el aceite de palma.

La ley también abre la puerta a las restricciones a los anuncios de los vuelos cortos cuando exista una alternativa más limpia y que no suponga un aumento de más de dos horas y media del trayecto. De nuevo, se incluyen excepciones, por ejemplo: ese veto se aplicará únicamente cuando el trayecto tenga origen y destino dentro de la Península. También se pone coto a la publicidad de los vehículos que sean impulsados exclusivamente por combustibles fósiles y, por tanto, sean más contaminantes.

Ecopostureo

El anteproyecto también pone en el foco el ecopostureo —greenwashing, en inglés—. Se refiere al empleo de alegaciones medioambientales falsas para vender determinados productos. La ley pretende prohibir que las empresas realicen afirmaciones genéricas y que no se puedan comprobar sobre la sostenibilidad de sus productos o en su etiquetado. Se trata de expresiones como “respetuoso con el medio ambiente”, “amigo del medio ambiente”, “verde”, “ecológico”, “respetuoso con el clima” o “biodegradable”. Además, también se pone coto a las afirmaciones medioambientales basadas en la compensación de emisiones de gases de efecto invernadero. Y se veta el registro de denominaciones de sociedades que induzcan a error sobre su desempeño medioambiental. Y se abre la posibilidad a que se pueda anular una marca ya inscrita cuando su tipografía pueda llevar a engaño a los consumidores sobre sus cualidades medioambientales.

Publicidad del miedo

Los anuncios de muchas empresas de seguridad o alarmas muestran un panorama apocalíptico, en el que hay robos a todas horas y las viviendas son continuamente okupadas, pese a que la realidad no es así. Es lo que se denomina como “publicidad del miedo”, que suele presentar escenarios extremos para generar aprovecharse del temor, la desgracia, el sufrimiento o las supersticiones. La norma prohibirá afirmaciones inexactas o falsas que generen pánico y exigirá que los anuncios que alerten de riesgos incluyan estadísticas reales en un lugar visible de la publicidad.

Reparación de los electrodomésticos

El anteproyecto señala que las empresas no podrán negarse a reparar un producto porque haya sido arreglado con anterioridad por un reparador no oficial o utilizando piezas no oficiales o creadas por herramientas 3D (muchos fabricantes alegan ese motivo en la actualidad). Y exigirá que los servicios técnicos y los repuestos se mantengan durante 10 años después de la última fecha de fabricación. Además, se creará una plataforma online gratuita sobre reparaciones, donde los consumidores podrán encontrar reparadores solventes, vendedores de bienes reacondicionados, compradores de bienes defectuosos para su reacondicionamiento o iniciativas de reparación participativas. Las piezas de recambio “se deberán ofrecer a un precio razonable”, y las webs de los fabricantes deberán incluir información de precios indicativos sobre las reparaciones.

En la actualidad ya se obliga a reparar aquellos productos en garantía, o cambiarlos por uno nuevo. Con la nueva legislación, si el consumidor opta por reparar un producto que todavía está en garantía (dura tres años) en lugar de sustituirlo por uno nuevo, la garantía se extenderá 12 meses, alcanzando los cuatro años en total. Una vez transcurrido ese periodo (de tres o cuatro años), el fabricante deberá ayudar a pagar la reparación en un 20% del coste el primer año, un 10% el segundo y un 5% el tercero. Quedará prohibido presentar un bien como apto para la reparación cuando no lo sea.

Reventa de entradas

Hay empresas que aprovechan bots informáticos para hacerse con entradas para conciertos o espectáculos (una práctica ya prohibida pero que se sigue haciendo) y luego esas mismas entradas aparecen en otras webs a precios que duplican y hasta quintuplican el original. Para frenar este abuso, la ley prohibirá la reventa que incremente el precio de las entradas más allá del IPC.

Reduflación

La reduflación consiste en reducir la cantidad de producto manteniendo el mismo precio. Por ejemplo, una bolsa de patatas fritas de 200 gramos pasa a tener 180 gramos pero mantiene el mismo precio, lo que supone una subida encubierta. Consumo considera que esto puede inducir a error a las personas consumidoras, por lo que se le pone. Así, cuando se ponga a la venta un producto de consumo preenvasado con una cantidad nominal constante, deberá informarse de forma clara y comprensible a los consumidores cuando se reduzca dicha cantidad y esta reducción se traduzca en un aumento del precio por unidad de medida.

Actualizaciones de ‘software’

La nueva ley mejora la información sobre el periodo mínimo durante el que se proporcionarán actualizaciones de software y prohibirá ocultar información sobre actualizaciones de software que afecten negativamente al funcionamiento de bienes con elementos digitales.

Obsolescencia programada

La legislación prohibirá cualquier comunicación comercial en relación con un bien que contenga una característica introducida para limitar su durabilidad, lo que se conoce como obsolescencia programada. También se prohibirá ocultar información sobre el deterioro de la funcionalidad de un bien cuando se utilicen elementos fungibles, piezas de recambio o accesorios no originales, o afirmar falsamente que se producirá dicho deterioro (como ocurre con los cartuchos de impresora de marca blanca). Y no se podrá afirmar que un bien tiene una durabilidad determinada en términos de tiempo o intensidad de uso.

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