Los beneficios tributarios del decreto de emergencia económica en 2026
Las personas naturales o jurídicas tienen hasta el 31 de marzo para solicitar la reducción de sanciones e intereses moratorios por deudas tributarias, aduaneras o cambiarias


En diciembre de 2025, el Gobierno de Gustavo Petro decretó estado de emergencia económica en Colombia, que le permite al Gobierno proferir por decreto asuntos que están reservados a una ley, como las que prevén los impuestos. Recientemente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha dado a conocer los beneficios tributarios que trae ese decreto, aplicables a personas naturales o jurídicas que tienen cuentas pendientes con la autoridad fiscal.
El recaudo por beneficios tributarios supera los 237.000 millones
Entre el 1 y el 16 de enero de 2026, la DIAN ha recaudado 237.242 millones provenientes de personas naturales, personas jurídicas y grandes contribuyentes que se han acogido a los beneficios establecidos en el Decreto 1474, emitido el 29 de diciembre de 2025 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
El decreto ha sido expedido en el marco de la declaratoria de emergencia económica y social, con el objetivo de facilitar la normalización de las obligaciones fiscales vencidas. Los pagos corresponden a deudas en mora al cierre de 2025, relacionadas con impuestos como la renta, el impuesto al consumo, el impuesto saludable a los alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas, los gravámenes sobre plásticos de un solo uso y el impuesto a los movimientos financieros, entre otros.
✅Si usted es persona natural o jurídica y tiene cuentas pendientes con la DIAN, aproveche los beneficios tributarios que trae el Decreto de Emergencia Económica.
— DIANColombia (@DIANColombia) January 19, 2026
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La estrategia de persuasión a los contribuyentes en mora
La DIAN ha emitido un comunicado en el que explica que, en buena medida, el resultado obtenido se explica por una estrategia de contacto directo con los contribuyentes en mora. De acuerdo con lo informado por la entidad, durante este periodo se ha establecido comunicación con cerca de 459.000 contribuyentes mediante correo electrónico, mensaje de texto y llamadas telefónicas por inteligencia artificial.
Estas acciones de persuasión continuarán desarrollándose a lo largo de los próximos meses, según ha informado la DIAN, con el objetivo de incentivar a más contribuyentes y empresas a aprovechar la reducción de sanciones e intereses, y a ponerse al día con sus obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.
Los principales beneficios del Decreto 1474
Este decreto establece beneficios transitorios para los contribuyentes con obligaciones en mora al 31 de diciembre de 2025. Entre las medidas más relevantes se encuentra la reducción de la tasa de interés moratorio al 4,5% efectivo anual, frente al 22,36% que se aplicaba anteriormente.
Asimismo, se ha fijado una disminución de sanciones y de la actualización de sanciones al 15%, siempre que el valor no sea inferior a la sanción mínima vigente en el año en que se liquidó la obligación, equivalente a 10 Unidades de Valor Tributario (UVT), que en 2026 equivale a 52.374 por unidad. Esta medida representa un ahorro del 85% para los contribuyentes que se acojan al beneficio.
Plazos y condiciones para acceder a las facilidades
Para acceder a estas facilidades, los contribuyentes deben cancelar el 100% de su obligación tributaria, aduanera o cambiaria a más tardar el próximo 31 de marzo de 2026. Quienes ya cuenten con acuerdos o facilidades de pago podrán acogerse al beneficio para saldar los valores pendientes, teniendo en cuenta que no se aceptan como medios de pago los depósitos judiciales, compensaciones ni cruces de cuentas.
Además, existe un plazo que vence el 30 de abril para reducir sanciones e intereses por omisión o corrección de declaraciones, solicitar conciliaciones judiciales o normalizar la situación fiscal mediante el Impuesto de Normalización Tributaria, en casos de activos omitidos o pasivos inexistentes.
Las nuevas medidas tributarias incluidas en el decreto
El Decreto 1474 también introduce cambios estructurales en otros tributos. Entre ellos, la aplicación de un impuesto del 19% a los juegos de suerte y azar operados por Internet, que antes estaban excluidos de IVA. Ese mismo porcentaje se aplicará a bebidas alcohólicas, como aguardiente, ron, vinos, sidras y destilados que anteriormente estaban gravados con una tarifa del 5%. Los recursos recaudados se destinarán a financiar la salud pública.
Finalmente, se ha establecido que el impuesto al patrimonio para contribuyentes con un patrimonio superior a 40.000 UVT, equivalentes a 2.094 millones de pesos. Esta medida impactará a cerca de 105.000 personas, lo que representa el 1,7% de los declarantes del impuesto sobre la renta.
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