Marta Riesco gana una demanda por intromisión de su intimidad contra Anabel Pantoja, Mediaset y la productora de ‘Sálvame’
Telecinco está obligada a reproducir la sentencia así como a borrar el vídeo en el que contaban que habían visto a la periodista de ‘La familia de la tele’ en una relación lésbica. La colaboradora debe ser indemnizada con 150.000 euros


Marta Riesco es la reportera estrella de La familia de la tele, en RTVE. Pero antes de incorporarse al antiguo equipo de Sálvame en Ni que fuéramos Shhh, la periodista tenía una relación antagónica con el programa de sus actuales jefes. Así lo demuestra la sentencia que acaba de ganar la expareja de Antonio David Flores y que condena a la colaboradora Anabel Pantoja (sobrina de la tonadillera), a Mediaset y a productora extinta La familia de la tele (que fue adquirida en su totalidad por Mediaset en 2024) a pagar 150.000 euros a Riesco por intromisión ilegítima en su derecho al honor y la intimidad.
Tanto la productora como Telecinco están obligadas, además, a publicar en su web en los próximos tres meses el contenido de la sentencia. Mediaset también tendrá que borrar del servicio de streaming Mitele (a punto de cerrar) el contenido sobre Riesco emitido en Sálvame Naranja del 17 y 25 de enero de 2022 y al que hace referencia la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 91 de Madrid, datada a 23 de mayo y a la que ha tenido acceso EL PAÍS.
En los minutos del programa a los que se refiera la denuncia, explica la sentencia, Anabel Pantoja explicó que había presenciado escenas sexuales lésbicas entre dos mujeres en la finca de Isabel Pantoja, Cantora. La sentencia alega que lo hizo “sin ningún tipo de vinculación con noticia que fuera de alcance o interés público, con la única intención de obtener la demandada un incremento de su notoriedad o resonancia pública“, y acusa a la demandada de recrear con gestos junto al presentador Jorge Javier Vázquez la recreación la escena. La productora, por su parte, introdujo faldones anunciando el contenido. Pantoja alegaba en el juicio que nunca mencionó a Riesco directamente, y que fue el presentador quien puso su nombre sobre la mesa, así como que era una historia que ya había contado Kiko Rivera en Supervivientes y que la denunciante es”un personaje público", misma defensa que esgrimieron las empresas.
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— MartaRS (@MartaRiesco) May 29, 2025
El segundo vídeo en el que se alegaba mala práxis televisiva mostraba cómo Riesco era abordada caminando por Vitoria por un reportero de Sálvame cuando Anabel Pantoja comenzó a llamarle “mamarracha” y “mosquita muerta” y le acusó de tener “mucha mala baba”. “En ese momento la imagen del programa se dividió en cuatro pantallas, y en una de ellas se reprodujo otra vez la recreación de la escena realizada” días antes. La información se reprodujo en varios medios de comunicación, lo que llevó a Riesco a explicar que le provocó un ataque de ansiedad que empujó a tener que pedir la baja laboral de la productora de El programa de Ana Rosa y Telecinco, donde trabajaba como redactora.
El tribunal no aceptó los argumentos de defensa, y ha dado la razón a Riesco, que, paradójicamente en los años posteriores, hizo las paces con el equipo de Sálvame tras romper su relación con el exmarido de Rocío Carrasco. Ahora, la periodista es una de las reporteras del programa heredero en las tardes de RTVE, incluso viajando a El Vaticano para cubrir la muerte del Papa, algo que fue duramente criticado por el Consejo de Informativos de la corporación pública. Desde La Osa Producciones explican que ellos ya no tienen responsabilidad en este caso, dado que La fábrica de la tele fue adquirida por Mediaset para convertirla en Radical Change Content.
Nuestros influencers opinan de lo que ha pasado con Melody en los últimos días. 🙊
— La Familia de la Tele (@familiadelatele) May 28, 2025
✍️ Un reportaje de @MartaRiesco #LaFamilia28M ⭕️ https://t.co/pjVv9FIurr pic.twitter.com/yF55QGa8Dx
La sentencia es clara sobre sus conclusiones y considera vulnerado el derecho al honor, “pues se atribuyó [a Riesco] públicamente haber participado en un encuentro sexual de carácter lésbico, con la única intención de provocarle un descrédito o menoscabo en su consideración pública. Es evidente que en la sociedad actual tener un encuentro de carácter homosexual o lésbico no puede provocar un desmerecimiento en la consideración ajena, pero sí que puede resultar atentatorio al derecho al honor atribuir a alguien esa circunstancia cuando en ningún momento anterior ha reconocido de forma pública una orientación sexual homosexual”, recuerda, y desvincula su relación personal de carácter público con su trabajo como periodista.
La sentencia expone que a veces existe un choque entre el derecho de información y el de honor, pero que se desdibuja cuando lo expresado son valoraciones: “En los casos donde predomina el derecho a la información los hechos o datos han de ser forzosamente veraces, correspondiendo la prueba de tal veracidad al que ejercita tal derecho, mientras que los pensamientos, ideas, opiniones o juicios de valor no se prestan, por su naturaleza abstracta, a una demostración de su exactitud”, explica. Y sigue: “El Tribunal Constitucional ha declarado que la libertad de información está constitucionalmente amparada siempre que se refiera a hechos con relevancia pública”, algo que no ven en este caso: “El encuentro sexual de carácter lésbico, de haber sucedido, no constituiría en absoluto, un hecho relevante que fuera necesario conocer por un público bien informado. No se trata de un hecho con relevancia pública, susceptible de afectar al conjunto de los ciudadanos, sino de un hecho orientado a satisfacer el simple morbo o curiosidad humana”.
Esta nueva condena supone la tercera sentencia condenatoria para Mediaset y La fábrica de la tele, casi dos años después de dar carpetazo a Sálvame. La primera, de 200.000 euros, la ganó María del Monte por unas imágenes con cámara oculta a Kiko Rivera. La segunda supone un dispendio de 150.000 por una demanda de Alfonso Merlos también por intromisión ilegítima de su intimidad. También sigue abierta la causa denominada como Operación Deluxe, por revelación de secretos de los famosos. Los acusados, en todo caso, podrán recurrir esta sentencia. Mediaset, a preguntas de este periódico, no ha querido comentar el caso.
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