Condena a Salut por no controlar a un expaciente de cáncer que murió tras una metástasis
La Generalitat deberá pagar 74.000 euros a la familia de un hombre de 87 años que llevaba cinco años sin pruebas diagnósticas pese a su historial


Un juzgado de Barcelona ha condenado al Institut Català de la Salut (ICS) a indemnizar con 74.718 euros a la familia de un hombre de 87 años que falleció en octubre de 2022 a causa de la metástasis provocada por un cáncer de próstata detectado inicialmente en 2003. El motivo del fallo es que la sanidad pública dejó de practicar las pruebas de control cinco años después de que el tumor reapareciera en 2013 y tampoco se le hicieron pruebas cuando en junio y julio de 2022 acudió cada semana a urgencias para tratarse de los dolores que le acuciaban. “De haberse actuado conforme a los estándares clínicos exigibles”, expone la sentencia, “podría haberse detectado con antelación la progresión de la enfermedad y, en consecuencia, iniciar antes una intervención terapéutica o paliativa, que al menos permitiera reducir el deterioro funcional y el sufrimiento físico del paciente en sus últimas semanas de vida”.
La demanda se interpuso contra Relyens, la aseguradora de la Generalitat, al considerar que se había producido una mala praxis médica, al haber dado el Hospital Germans Trias i Pujol de Badalona el alta oncológica y haber dejado de efectuar los controles del antígeno prostático específico (PSA) en 2019. La mutua alegaba que no era exigible continuar esos análisis en pacientes con bajo riesgo oncológico y edad avanzada, más si cabe dada la estabilidad analítica y la ausencia de sintomatología relacionada con el tumor de próstata. Incluso señalaba que, de haberse detectado antes de la recaída, apenas se podría haber cursado un tratamiento hormonal paliativo.
Pero el magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 54 de Barcelona no ha comprado esa versión y recuerda que entre 2019 y 2022 el paciente había sido atendido en diferentes ocasiones en hospitales y ambulatorios por diferentes enfermedades. En ese último año, entre los meses de junio y julio, acudió en cinco ocasiones a urgencias a causa de un dolor dorsal que no solo no remitía, sino que propagaba su afectación. “Esta secuencia de episodios no motivó, en ninguna de las asistencias, la solicitud de pruebas complementarias dirigidas al despistaje oncológico”, reza el texto, que remarca que solo el 22 de septiembre se ordenó un estudio neurológico urgente y una resonancia de columna dorsal. La prueba reveló una lesión ósea compatible con una metástasis y un PSA de 268 ng/ml, nada que ver con el de 0,06 ng/ml del último control de 2016. El cáncer de próstata se había extendido de nuevo.
En las conclusiones del juez se señala que no existe justificación en ninguna guía médica para cesar los controles en una persona con antecedentes de cáncer y que, dada la vida normal que llevaba a cabo el paciente pese a su edad, no se debían suspender los controles. La guía de la Asociación Europea de Urología, señala, “establece que el PSA debe continuar midiéndose tras los tratamientos radicales” y que, si bien se puede espaciar, no puede desaparecer “por completo”, asumiendo las pruebas periciales aportadas por la letrada de la familia de la víctima, Alba Sánchez, del despacho Toro Abogados. “Lo relevante no es la edad en sí misma”, señala el juez, antes de emitir una dura conclusión: “Existía una obligación clínica conforme a la lex artis de continuar con controles de PSA más allá de 2019, y que su omisión supuso una infracción del deber de vigilancia médica exigible”.
La sentencia considera que la falta de diagnóstico supuso una pérdida de oportunidad que tuvo impacto en la evolución de la enfermedad, por lo que es un caso indemnizable. La familia reclamaba al ICS el pago de 149.437 euros, que el juez reduce al 50% al considerar que esa oportunidad se redujo a la mitad a causa de la falta de control.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Sobre la firma
