La Audiencia de Barcelona impone 33 años de prisión a la aspirante a ‘mossa’ por matar a su pareja en Ripollet
La sentencia fija una indemnización cercana a los 450.000 euros para la familia, de los que 300.000 irán al hijo del fallecido por los daños morales causados

La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado este viernes a 33 años y medio de cárcel a la mujer que se hizo pasar por opositora a los Mossos d’Esquadra y que en abril de 2023 mató a su pareja en Ripollet (Barcelona), Álex A. La sentencia, tras un jurado popular unánime, también la obliga a indemnizar con casi 450.000 euros a la familia de la víctima, en especial a su hijo. La mujer compartió piso durante tres meses con la víctima, en una relación sentimental breve, de “dominación y humillación, sometiéndolo a situaciones vejatorias”, según han declarado en la sentencia.
El tribunal ha considerado probado que la acusada convivió con el hombre en un clima de violencia y agresiones y la declara culpable de asesinato con alevosía, maltrato habitual, amenazas condicionales y lesiones. La magistrada fija 25 años de prisión por el crimen y otras penas menores que suman la condena, además de la responsabilidad civil que reserva 300.000 euros para el hijo del fallecido por los daños morales sufridos.
La procesada mantuvo una relación con la víctima entre febrero y abril de 2021 y, de manera intermitente, hasta abril de 2023. Durante ese tiempo, según declaró probado el jurado, desplegó una conducta constante de control que le provocó un “progresivo y grave deterioro” de su salud y de sus vínculos con familiares y amigos.
El jurado popular concluyó que la aspirante a mossa lo asesinó de manera sorpresiva en el domicilio que compartían, un espacio que él consideraba seguro, aprovechando que estaba desprevenido, desarmado y en una situación de extrema vulnerabilidad derivada del maltrato continuado, lo que anuló toda capacidad de defensa.
Maltrato habitual
La sentencia recoge varios episodios de maltrato, como un vídeo en el que la acusada “lo humilla y le obliga a permanecer de cuclillas aun cuando él se queja por la posición”, unas imágenes que el tribunal considera demostrativas de la situación de dominación. También cita cinco audios en el teléfono de la mujer en los que amenaza a la víctima con la muerte de su hijo “si no cumple con las promesas”.
El tribunal consideró acreditado que las amenazas a Álex A., que incluían contratar a un sicario para matar a su hijo de nueve años si no cumplía sus órdenes, generaron en la víctima un temor grave y lo llevaron a obedecerla. También la declaró culpable de haberlo agredido físicamente, causándole una hemorragia en los oídos que requirió drenajes, incisiones y tratamiento con antibióticos y analgésicos durante 30 días.
Respecto al asesinato, el fallo concluye que, a partir de las pruebas demostradas, “no hay ninguna otra causa posible y verosímil” distinta del apuñalamiento cometido por la acusada, y confirma así la unanimidad del jurado popular.
En cuanto al maltrato habitual, el tribunal rechaza la versión de la procesada de que se trataba de “una práctica sadomasoquista”, al considerar que no consta ningún rastro de consentimiento por parte de la víctima y que, por el contrario, este acudió al menos en cuatro ocasiones a ambulatorios u hospitales para ser atendido de las lesiones sufridas. Frente al abundante material audiovisual reproducido en el juicio, la versión de la acusada resultó “totalmente inverosímil”, según el tribunal.
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