Ir al contenido
_
_
_
_

El Supremo abre causa al diputado de Sumar Félix Alonso Cantorné por presunta prevaricación

El alto tribunal investiga unas adjudicaciones concedidas durante su mandato como alcalde de Altafulla (Tarragona) entre 2011 y 2019

El diputado de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea Félix Alonso Cantorné, interviene durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, a 6 de febrero de 2024, en Madrid (España).Fernando Sánchez (Europa Press)

El Tribunal Supremo ha abierto causa al diputado de Sumar en el Congreso Félix Alonso Cantorné, por un presunto delito de prevaricación administrativa. Los hechos se remontan a su etapa como alcalde de Altafulla (Tarragona) entre 2011 y 2019 y están relacionados con la adjudicación de contratos a varias empresas. En un auto emitido este viernes, el alto tribunal designa al magistrado Vicente Magro como instructor del caso y afirma que ha decidido investigarlo tras recibir una exposición razonada de un juzgado de la localidad de El Vendrell, en Tarragona, que estaba investigando el caso.

Explican desde el Supremo que la investigación se ha centrado hasta ahora en la contratación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Altafulla, del que era alcalde el diputado, con las empresas mercantiles Milá Advocats SLP y Sinergia Dret i Medi Ambient SLP, con las que “habría mantenido distintas relaciones sin sujetarse a la normativa debida”.

La Sala de lo Penal del Supremo ha asumido ahora la causa, ya que ve indicios de que Alonso Cantorné pudo haber cometido un “delito de prevaricación administrativa”. “Presumiblemente, para dar apariencia de legalidad y sabiendo que no lo era, acudió a una dinámica de contratación a través de la figura del contrato menor, con lo que eludía los requisitos de publicidad”, explica el alto tribunal. Esto “permitía la adjudicación directa” a dichas empresas y “posibilitaba una elección arbitraria del adjudicatario, en lugar de acudir al procedimiento correspondiente, en ocasiones, incluso, sin acudir a procedimiento alguno”, concluye.

El tribunal incide en que la investigación no estará limitada a este delito; también apunta a una “irregular manera de contratar” que “ha ido acompañada de una dinámica de facturación para hacer pago de los servicios”. Por tanto, subraya que “no cabría descartar que pudiera apuntar a algún tipo de irregularidad, si así resultase del ritmo de la investigación”. Por esto, el Supremo afirma que “deben incoarse las oportunas diligencias de investigación” para confirmar, ampliar o descartar “la existencia de los indicios”.

Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos

Archivado En

_
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_