El Supremo rebaja a la mitad las costas que fijó al ex fiscal general por los gastos de defensa de la pareja de Ayuso
La letrada de la Administración de Justicia las fija en 39.000 euros tras estimar parcialmente el recurso de García Ortiz


El Tribunal Supremo ha rebajado a la mitad las costas del procedimiento penal que acabó con el ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz condenado por un delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. La letrada de la Administración de Justicia de las causas contra aforados ha dictado un decreto en el que estima parcialmente el recurso presentado por García Ortiz contra la primera propuesta del alto tribunal, que cifraba las costas en 79.942 euros. Tras analizar las razones esgrimidas por el exfiscal general para considerar la primera tasación como “indebida”, la letrada propone ahora dejarlas en 39.000 euros. La cuantía todavía puede cambiar porque la decisión de este viernes es recurrible y porque la letrada tiene aún que decidir si la cuantía fijada de inicio (y esta nueva) es “excesiva” como sostienen la defensa de García Ortiz y la Fiscalía.
García Ortiz fue condenado en noviembre por la filtración de un correo electrónico vinculado a Alberto González Amador, pareja Díaz Ayuso y procesado por fraude a Hacienda, y por la difusión de una nota de prensa del ministerio público para desmontar la versión falsa que estaba lanzando el entorno de la presidenta madrileña sobre las negociaciones de la Fiscalía con el abogado de su pareja. La condena supuso la inhabilitación de García Ortiz para el cargo que entonces ocupaba, pero el Supremo también le impuso el pago de una multa de 7.200 euros, una indemnización de 10.000 euros a favor de González Amador y el abono de las costas del procedimiento.
La multa y la indemnización fueron abonadas por la Unión Progresista de Fiscales (UPF), la asociación que presidió García Ortiz, gracias a donaciones recabadas entre sus asociados, pero queda pendiente el pago de las costas, esto es, los honorarios del abogado y del procurador de González Amador, cuya cuantía tiene que fijar el Supremo. La letrada de la administración de justicia, encargada de este trámite, las cifró en enero pasado en casi 80.000 euros, un cálculo que asumía íntegramente la petición de honorarios presentada por la defensa de González Amador (64.778,78 euros), más el 21% de IVA (13.603,54 euros) y los honorarios de la procuradora (1.560 euros), y que fue impugnada tanto por la Fiscalía como por Abogacía del Estado, que ejerce la defensa de García Ortiz y que reclamó que las costas se rebajaran a 4.240 euros.
Ambos recursos cuestionaban que la tasación hecha por el tribunal era indebida y excesiva. La decisión notificada este viernes resuelve solo el primer concepto, la impugnación por indebidas, que la Abogacía y la Fiscalía basaron en que la cifra fijada incluía conceptos anteriores a la imputación de García Ortiz, otros que derivaban de actuaciones procesales “no imputables al propio condenado”, e incluso alguno por escritos sobre los que el Supremo ya se ha pronunciado y ha rechazado condenar en costas a García Ortiz. Y recordaba que la propia jurisprudencia del Supremo aboga por moderar las costas para “limitar en lo posible los efectos económicos excesivamente desfavorables” al condenado.
En la resolución dictada ahora, la letrada de la Administración de Justicia admite que son indebidos los honorarios del abogado y el procurador incluidos por la presentación de los escritos de impugnación a 21 recursos, entre ellos, 18 de los presentados ante la Sala de Apelación. La letrada señala que la imposición de costas en un recurso de reforma penal o de apelación no está regulada de manera específica en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y la doctrina asentada del Supremo establece que solo se imponen si ha habido “mala fe o temeridad”, lo que no se da en el caso del ex jefe del ministerio público.
Esta decisión de la letrada puede ser recurrida ante la Sala Penal en el plazo de tres días. Mientras, el escrito notificado este viernes acuerda seguir adelante con el segundo motivo que esgrimieron García Ortiz y la Fiscalía para recurrir las costas: que la cifra reclamada por el abogado de González Amador y aceptada por el Supremo era excesiva. Para resolver este asunto, el Supremo debía recabar el informe del ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), pero la defensa de García Ortiz y la Fiscalía consideraron que esa institución no es imparcial en este caso, porque ejerció como acusación popular en la causa, por lo que pidieron al tribunal que reclame el informe a otro colegio de abogados o al Consejo General de la Abogacía. La letrada del Supremo ha accedido parcialmente a esta solicitud.
En su escrito, advierte de que “no cabe dudar de la imparcialidad” que se supone a estos colegios profesionales, ni sobre la competencia que ostenta en este caso el ICAM. Sin embargo, admite que “tampoco existe obstáculo legal para que, de forma excepcional, y en consideración a las peculiaridades del mismo, donde el ICAM es parte” la elaboración del informe -preceptivo, que no vinculante- sea elaborado por el Consejo General de la Abogacía o, a elección de este, se designe a otro colegio de la Comunidad Autónoma de Madrid “para que conjuntamente realice el informe con el ICAM”.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.


























































