El Supremo cifra en casi 80.000 euros las costas al ex fiscal general por los gastos de defensa de la pareja de Ayuso
Álvaro García Ortiz recurrirá la tasación al considerar que se trata de una cuantía desproporcionada

El Tribunal Supremo ha tasado en 79.942 euros las costas del procedimiento penal que acabó con el ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz condenado por un delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. Así lo ha comunicado la letrada de la Administración de Justicia de la Sala Penal en una resolución, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, y que, según las fuentes consultadas, García Ortiz ha recurrido al considerar que se trata de una cuantía desproporcionada. La cifra propuesta por el Supremo asume íntegramente la petición de honorarios presentada por la defensa de González Amador (78.382,32 euros), más los de la procuradora (1.560 euros) y el 21% de IVA (13.603,54 euros).
García Ortiz fue condenado en noviembre por la filtración de un correo electrónico en el que la defensa de González Amador proponía a la Fiscalía un pacto que implicaba el reconocimiento de sus delitos contra Hacienda y por la nota informativa emitida por el ministerio público para desmontar la versión falsa que estaba lanzando el entorno de Ayuso sobre las negociaciones de la Fiscalía con el abogado de su pareja. La condena a inhabilitación le costó el cargo a García Ortiz, quien presentó su dimisión días después de que se hiciera público el fallo del Supremo, que también impuso al ya ex fiscal general el pago de una multa de 7.200 euros, una indemnización de 10.000 euros a favor de González Amador y el pago de las costas del procedimiento.
La multa y la indemnización fueron abonadas íntegramente por la Unión Progresista de Fiscales (UPF), la asociación que presidió García Ortiz, gracias a donaciones recabadas entre sus asociados, pero quedaba pendiente el pago de las costas, esto es, los honorarios del abogado y del procurador de González Amador, cuya cuantía tiene que fijar el Supremo. La cifra de 79.942 euros, comunicada por la secretaria de la Sala Penal el 9 de febrero, no es definitiva, pero, de confirmarse, elevaría a 97.142 euros el importe económico total impuesto como condena a García Ortiz.
En la documentación a la que ha tenido acceso EL PAÍS, la letrada de la Administración de Justicia de la Sala Segunda, que se encarga de este tipo de diligencias, accede de manera íntegra a la petición de honorarios que propone el abogado de González Amador, Gabriel Rodríguez Ramos. El letrado defiende, en un escrito presentado el pasado 1 de febrero, el coste de sus servicios por el “esfuerzo que resulta innegable en el procedimiento” que ha condenado por primera vez a un fiscal general del Estado.
Rodríguez Ramos sustenta su minuta, entre otros argumentos, en “la propia naturaleza” de los hechos investigados, el “contexto institucional”, la “ausencia de precedentes” y en el hecho de que García Ortiz fuera aforado. El letrado incluye en su escrito un desglose del cálculo: a la querella que interpuso al inicio le da un valor de 1.500 euros; a cada escrito de diligencia de prueba (hay ocho), 170 euros; la preparación y asistencia a los interrogatorios en instrucción, 250 euros; el escrito de procedimiento abreviado (equivalente al procesamiento), 550 euros; y los días de juicio varían entre 650 y 300 euros. En total e incrementando un 60% el resultado por el hecho de haber sido todo en el Tribunal Supremo, el letrado solicita una minuta de 63.322 euros. A eso hay que sumarle otros 2.080 euros de coste de la procuradora y el IVA.
La tasación de las costas de un proceso penal no es fácil de cuantificar y, por norma general, según fuentes jurídicas y colegiadas consultadas, no suele igualarse a la cuantía real de la minuta del abogado, ni existen unas tablas o unos valores claros con los que se pueda confeccionar el valor de las costas. Los diferentes colegios de abogados de España tenían unos criterios orientativos consensuados para que los letrados pudieran fijar el dato en función de si se trataba de un asunto civil o uno penal, de la complejidad del procedimiento, de la duración del juicio o de las instancias a las que se había recurrido. Pero el Tribunal Supremo anuló esta posibilidad en 2023, después de que la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) entendiera que afectaba al libre mercado.
Ahora hay otro recurso pendiente a la Ley Orgánica del Derecho de Defensa, aprobada en 2024, con la que el Gobierno pretendió acotar este problema al permitir a los colegios profesionales publicar baremos que ayuden a los miembros de un pleito a hacerse una idea del coste de perder. El de García Ortiz ha sido bastante alto, según voces del sector consultadas, según las cuales, lo usual es que la cuantía no supere un tercio de la indemnización del procedimiento (en este caso de 10.000 euros).
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