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Los obispos, sobre las restricciones de culto tras el caso de Jumilla: “Es una discriminación que no puede darse en sociedades democráticas”

La Conferencia Episcopal Española recuerda que esta limitación “atenta contra los derechos fundamentales de cualquier ser humano”

Los obispos españoles reunidos en la sede de la Conferencia Episcopal Española durante la asamblea plenaria del pasado noviembre
Julio Núñez

La enmienda aprobada la semana pasada por el Ayuntamiento murciano de Jumilla que busca vetar las celebraciones musulmanas en las instalaciones públicas deportivas para defender las “costumbres del pueblo español frente a las prácticas culturales foráneas” ha abierto de nuevo el debate sobre la libertad de culto y las manifestaciones religiosas públicas. Los obispos españoles, la confesión mayoritaria en España y con mayor influencia en las instituciones, ha advertido este jueves que la limitación del culto “atenta contra los derechos fundamentales de cualquier ser humano, y no afecta solo a un grupo religioso, sino a todas las confesiones religiosas” y a las personas no creyentes. “Hacer estas restricciones por motivos religiosos es una discriminación que no puede darse en sociedades democráticas”, ha apuntado un portavoz de la Conferencia Episcopal Española (CEE) a este periódico.

Aunque los dos puntos de la moción aprobada por el Consistorio no prohíben la realización en los polideportivos los actos religiosos de una confesión en concreto (sino que modifican el reglamento para que estas instalaciones se usen “exclusivamente para el ámbito deportivo” y no para “actividades culturales, sociales o religiosas ajenas al Ayuntamiento”), hay dos cuestiones clave que evidencian un ataque al derecho de culto a la comunidad musulmana. El primero es el espíritu de la moción, es decir, el origen que la impulsa: el texto presentado por Vox (que el PP admite y luego modifica) donde solicitaba que se prohibiera la fiesta del cordero y “otras celebraciones similares”.

La moción también instaba a que “las autoridades competentes impidan la consolidación de prácticas culturales foráneas”. Todas estas cuestiones vulneran el artículo 16º de la Constitución, según señala José María Contreras, catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad Pablo de Olavide y director general de Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia entre 2008 y 2010.

La segunda clave es que el título de la moción aprobada refleja que el objetivo de esta es “defender” unas determinadas costumbres “del pueblo español” en oposición a otras “prácticas culturales foráneas”. Sobre esto, Contreras explica que “ningún poder público puede optar en favor de una creencia frente a otro” porque viola “el principio de igualdad”. Contreras añade que, aunque no sean anticonstitucionales los dos puntos aprobados, su finalidad podría entenderse como “discriminación indirecta”. Es decir, “aquella medida que se sabe que solo puede afectar a un grupo. Aquella que aparentemente es neutral, pero va dirigida contra un grupo determinado. Pero eso es más difícil de demostrar”.

La Conferencia Episcopal Española añade al respecto que “la única intervención posible por parte de las autoridades públicas es la perturbación del orden público que estas personas puedan causar”. Y que, en todo caso, esto último “debe ser valorado con objetividad por especialistas y con criterios técnicos para que no responda a una decisión arbitraria o ideológica”. Los obispos concluyen a este periódico que, de cualquier forma, de tomarse estas restricciones para “proteger el bien común” se deberían “extender a cualquier tipo de manifestación que se realice en espacios públicos y no solo a las religiosas”. Los prelados españoles han publicado también este jueves un comunicado para sumarse “a la postura de la Comisión Islámica de España”, que este jueves ha declarado a Europa Press través de su secretario general, Mohamed Ajana, que la medida de Jumilla “intentar obstaculizar la libertad religiosa”.

El Gobierno ha cargado contra el PP y Vox por “la deriva extremista y excluyente de los gobiernos de la derecha con la ultraderecha”. El Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones se limitará, según ha informado este jueves, a vigilar “muy de cerca los discursos de odio que puedan derivarse o potenciarse a raíz de estas iniciativas que atentan contra la libertad y dignidad de las personas” a través del Observatorio Contra el Racismo y la Xenofobia (OBERAXE).

Génova, por otra parte, ha avalado la medida adoptada por el Consistorio de Jumilla (que sacó adelante la medida con los votos a favor de los 10 concejales populares y a la abstención de Vox) y niega que el objetivo de la moción sea prohibir las dos festividades que en las últimas décadas la comunidad musulmana ha acostumbrado a celebrar (con la solicitud municipal) en los centros públicos deportivos.

Las celebraciones en cuestión son el Eid al-Fitr, que marca el final del Ramadán, y el Eid al-Adha o la fiesta del cordero, que rememora la prueba de fidelidad a Dios de Abraham cuando le ordenó que sacrificase en su nombre a su primogénito (Isaac en el caso de la tradición judeocristiana e Ismael para la islámica). Justo antes de que el patriarca bíblico asestase una puñalada a su hijo, un ángel le detuvo por orden divina y le entregó un carnero para que lo inmolara. Ambas son efemérides religiosas importantes para los musulmanes (la del cordero, por su carácter de reunión familiar, comparte rasgos con la Navidad) que, tradicionalmente, arrancan con un rezo colectivo. De ahí que cada año las comunidades musulmanas se agrupen en grandes espacios de todo el mundo para pronunciar conjuntamente sus oraciones.

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Sobre la firma

Julio Núñez
Periodista de Casar de Cáceres. Escribe en EL PAÍS sobre tribunales. Desde 2018 y hasta la actualidad investiga el escándalo de la pederastia en la Iglesia, trabajo que en 2022 obtuvo el Premio de Periodismo Ortega y Gasset.
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