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El Constitucional resolverá en septiembre si admite a trámite el recurso de Cerdán contra su prisión provisional

El ponente del caso, el magistrado José Mario Macías, llevará una propuesta de resolución a la sección segunda del tribunal

El ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, a su llegada al Tribunal Supremo para declarar como investigado, el 30 de junio.
José María Brunet

El Tribunal Constitucional va a dar al recurso para salir de prisión del ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, el tratamiento habitual que corresponde a las peticiones de amparo, y, por tanto, las primeras decisiones se tomarán a partir del próximo mes de septiembre. Agosto es inhábil a efectos procesales, salvo para la adopción de medidas cautelarísimas, que en este caso no se han planteado. Fuentes del tribunal indican que el asunto se abordará en primera instancia por la sección a la que ha correspondido, que es la segunda, presidida por el magistrado Ricardo Enríquez, del sector conservador del órgano de garantías. A su vez, por turno le ha correspondido la ponencia —es decir, la elaboración de las primeras propuestas de resolución— al magistrado José Mario Macías, también del bloque conservador del tribunal.

A Macías le corresponderá, ya en septiembre, elaborar el borrador de resolución por el que el Constitucional habrá de decidir si se admite o no a trámite el recurso de la defensa de Cerdán. En caso de que la petición de amparo sea admitida a trámite, el ponente elaborará una segunda propuesta sobre la medida cautelar solicitada, para que el ex secretario de Organización del PSOE pueda salir de prisión, si se considera que la situación de encarcelamiento puede vulnerar sus derechos constitucionales. La diferencia entre medida cautelar y medida cautelarísima consiste en que esta última se puede tomar sin oír a las partes personadas en el caso, y la cautelar, en cambio, implica recibir primero sus alegaciones.

Antes de tomar su decisión sobre la cautelar, por tanto, el tribunal deberá pedir a las partes personadas en este procedimiento que formulen las correspondientes alegaciones sobre la solicitud de la defensa de Cerdán. Habrá, por tanto, un primer informe de la Fiscalía al respecto, y previsiblemente también de las acusaciones que intervienen en el caso. Estos trámites consumirán las primeras semanas del mes de septiembre.

En este asunto no tiene que intervenir la Sala de Vacaciones del Constitucional, compuesta por tres magistrados para los asuntos de especial urgencia. En este caso se entiende que dicha Sala de Vacaciones no ha de realizar trámite alguno porque el recurso fue presentado en período hábil, el 30 de julio. Y las actuaciones que deben llevarse a cabo en período hábil no son competencia de esa instancia.

Las fuentes consultadas no descartan la hipótesis de que la petición de amparo formulada por los letrados de Cerdán —Benet Salellas y Jacobo Teijelo— pueda ser avocada al pleno del órgano de garantías si se considera que el asunto tiene especial relevancia constitucional. En todo caso, no parece muy probable que el caso siga este curso, dado que el tribunal tiene numerosos procedimientos similares —es decir, que cuestionan la imposición de la prisión provisional— y todos ellos siguen un procedimiento normal en la sección correspondiente, sin que sean elevados al pleno.

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