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La fiscal provincial de Madrid recurre su procesamiento en el Supremo por “absoluta falta” de indicios

El abogado de Pilar Rodríguez se queja de que el juez Hurtado “omite” actuaciones “cuyo resultado tiene una evidente significación exculpatoria”

La jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, a su llegada al Tribunal Supremo para declarar como investigada, el pasado 30 de enero de 2025.
Reyes Rincón

El abogado de la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, ha recurrido la decisión del magistrado Ángel Hurtado de dar por cerrada la instrucción abierta contra ella y el fiscal general del Estado por la supuesta filtración de un correo electrónico vinculado a Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso y procesado por fraude fiscal. En un escrito de 54 páginas, al que ha tenido acceso EL PAÍS, la defensa de Rodríguez advierte de que ese auto del juez “omite” la valoración de actuaciones “cuyo resultado tiene una evidente significación exculpatoria” para ella y se basa en “interpretaciones erróneas de lo instruido”, llegando incluso “a hacer afirmaciones que adolecen de una absoluta falta de base indiciaria”.

Rodríguez, al igual que la Fiscalía y que lo anunciado por el propio Álvaro García Ortiz, ha recurrido directamente ante la Sala de Apelaciones, formada por tres magistrados, y ha descartado impugnar el auto ante el propio Hurtado (en reforma), al considerar que no había ninguna posibilidad de éxito. El abogado de Rodríguez, Daniel Campos, reprocha a Hurtado que, tras comprobar que su investigación en el Supremo ha sido “infructuosa”, se haya basado para procesar a los dos fiscales investigados en las conclusiones a las que ya llegó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde empezó a instruirse la querella presentada por González Amador contra la Fiscalía por supuestamente revelar un correo enviado por su abogado al ministerio público para buscar un pacto que le librara de entrar en la cárcel.

“La instrucción debe servir para confirmar las sospechas o iniciales indicios que sirvieron para justificar la incoación de la causa y llamar a determinadas personas en calidad de investigados, pero cuando el resultado de la instrucción no sólo no viene a confirmar los iniciales indicios, sino que, muy al contrario, evidencia una realidad muy diferente a la del relato de la querella o denuncia inicial, la decisión no puede ser otra que el sobreseimiento de la causa”, señala el recurso.

La defensa de Rodríguez asegura que durante la investigación se ha constatado que ella “ni redactó, ni realizó modificación alguna, ni emitió, ni publicó” la nota informativa enviada por el ministerio público el 14 de marzo de 2025 para responder a la versión falsa de los hechos que había lanzado el jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, según el cual era la Fiscalía la que estaba buscando un acuerdo de conformidad con González Amador. La fiscal jefa provincial se desmarca de la elaboración de ese texto. “Ni siquiera supo que se iba a publicar tal nota, sino que se limitó a realizar un examen superficial de un borrador elaborado por terceros y que tras sufrir modificaciones en al menos dos versiones distintas, que ella ni siquiera conoció, fue publicada a través del gabinete de prensa de la Fiscalía Superior de la Comunidad de Madrid”, señala su abogado, quien sostiene que Rodríguez no fue consciente de que la nota se iba a enviar con el membrete de la Fiscalía Provincial.

La estrategia de defensa de Rodríguez se centra en señalar que esta cumplió con las órdenes que recibió de la Fiscalía General, tanto para enviar a este departamento las actuaciones abiertas contra González Amador como para remitir a Álvaro García Ortiz el cruce de correos entre el abogado de la pareja de Ayuso y el fiscal del caso, Julián Salto. No obstante, el escrito insiste también en que ni la nota informativa ni la difusión del contenido del correo del letrado de González Amador pueden considerarse delictivos.

El Estatuto Orgánico de la Carrera Fiscal, recuerda el abogado de Rodríguez, insta a los fiscales a informar a la opinión pública “de aquellos asuntos que tengan especial trascendencia y, particularmente, cuando sea necesario contestar o aclarar la previa publicación de información inveraz o que afecte al prestigio de la institución”. Asimismo, el supuesto secreto de González Amador que el juez cree vulnerado (la admisión de que había cometido dos delitos fiscales y alcanzar una conformidad con la Fiscalía) era “conocida por diversos medios de comunicación” antes de que el correo que contenía esa información llegara a la fiscal jefa provincial.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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