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El Constitucional asume los recursos de Aragón, Cantabria y Extremadura contra el reparto de menores migrantes

Las tres nuevas impugnaciones al decreto ley del Gobierno se suman a la de Madrid admitida hace un mes

Tribunal Constitucional
José María Brunet

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de los Gobiernos de Aragón, Cantabria y Extremadura contra el real decreto ley del pasado 18 de marzo por el que se aprobaron medidas urgentes para asegurar el reparto de menores migrantes no acompañados entre las comunidades autónomas. Con estos ya son cuatro los recursos de inconstitucionalidad planteados por otras tantas comunidades contra dicha normativa, dado que hace un mes se admitió a trámite una impugnación similar presentada por la Comunidad de Madrid.

Los recursos contra el decreto de “medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias” tienen el común denominador de denunciar una supuesta invasión competencial por parte del Gobierno, aunque con distintos matices. Aragón, por ejemplo, alega que se incumple el régimen de distribución de competencias entre el Estado y las autonomías, pero añade que el decreto ley impugnado es asimismo contrario a los principios de autonomía y solidaridad, incumpliendo a la vez las previsiones legales en materia de autonomía financiera.

En línea con el Ejecutivo aragonés, el de Cantabria también argumenta que la normativa del Gobierno lesiona el artículo 86.1 de la Constitución, que impide invasiones competenciales como la que a su juicio se pretende con el mencionado decreto ley. Dicho artículo dispone que “en caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general”.

Extremadura, a su vez, estima que el Gobierno ha incumplido con su normativa, entre otros, el artículo 9.3 de la Constitución, relativo entre otros principios básicos, el de seguridad jurídica. Ese precepto establece que “la Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

La Comunidad de Madrid, a su vez, anunció hace un mes su recurso, admitido a trámite por el Constitucional el pasado 29 de abril, añadiendo a los argumentos jurídicos otros estrictamente políticos. El consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de Madrid, Miguel Ángel García Martín, manifestó en este sentido que a juicio del PP el real-decreto del Gobierno supone un reparto “discrecional” de menores no acompañados, acordado con Junts “con el único propósito de conseguir esos siete votos que necesita Pedro Sánchez para quedarse en La Moncloa”.

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