¿Quieres cobrar el 100% de la pensión? Si estás pensando en jubilarte tienes que estar atento a todas estas variables
El periodo laboral cotizado es fundamental para ajustar el momento del retiro y que la cuantía a percibir no sufra ningún recorte


Con el verano recién estrenado, y suficiente tiempo libre para darle todas las vueltas necesarias a la cabeza, en el mejor de los casos sobre una tumbona, pensar en el futuro resulta hasta cómodo. Y nada más futurible que la jubilación, especialmente para aquellos que se acercan o han cumplido ya a la edad requerida. Por eso, a la hora de hacer las cuentas es imprescindible elegir el momento apropiado para retirarse y evitar recortes en la pensión. Esto es, para cobrar íntegramente nuestra prestación. Para ello es necesario tener en cuenta algunas variables: a qué edad podemos jubilarnos; a qué edad queremos jubilarnos y qué pensión nos queda con los años hemos cotizado.
¿Cuál es la edad legal de jubilación en 2025?
Aquellos que valoren jubilarse este año deben saber que la edad legal es de 66 años y ocho meses. Eso sí, únicamente para aquellas personas que —y es aquí donde entra en juego la segunda parte importante de la ecuación—, hayan cotizado menos de 38 años y tres meses. Quienes acrediten un periodo de cotizaciones igual o superior a esta franja podrán retirarse a los 65. En ambos casos, la pensión resultante que percibirán una vez jubilados —y que dependerá de cuánto hayan aportado a la Seguridad Social durante su trayectoria profesional— será del 100%, esto es, sin recortes.
¿Qué pasa si no tengo esa edad y quiero retirarme antes?
La posibilidad de acceder a la jubilación anticipada es otra de las opciones a considerar. Sin embargo, esta alternativa lleva aparejada, en la mayoría de los casos, una rebaja de la pensión final. Además, hay que tener en cuenta que esta jubilación puede ser voluntaria (decisión personal) o involuntaria (generalmente, por un despido que se produce a una edad donde ya no es tan fácil encontrar un nuevo empleo); y que las edades mínimas de acceso varían.
En el primero de los casos, la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria en 2025 es de 64 años y 8 meses (dos meses más que en 2024); siempre y cuando se haya cotizado menos de 38 años y tres meses. En cambio, esta edad puede adelantarse a los 63 años para quienes tengan cotizados más de esa cifra.
En el caso de la jubilación anticipada forzosa es posible adelantarla hasta los 61 años, o lo que es lo mismo cuatro años (48 meses) sobre la edad ordinaria de los que ha cotizado más de 38 años y tres meses (65 años); mientras que si se ha cotizado menos de ese tiempo, el adelanto en el retiro anticipado parcial forzoso se puede hacer a los 62 años y ocho meses.
Sin embargo, salirse de estos parámetros en ambas situaciones, aunque sea por un solo mes, acarrea un recorte en la prestación final. La Seguridad Social contiene en su página web las tablas con las reducciones en los dos supuestos, que puede consultar aquí: coeficientes reductores de la jubilación anticipada voluntaria y de la jubilación anticipada involuntaria. En ambas situaciones, el mayor de los recortes llega hasta el 21% de la pensión cuando se adelanta en 24 meses el plazo estimado.
¿Y qué pensión me va a quedar si decido jubilarme este año?
Dar respuesta a esta pregunta es complicado. En primer lugar, porque, como se mencionaba en el apartado de las cotizaciones, dependerá de lo que se haya aportado a la Seguridad Social durante el tiempo de trabajo y durante cuántos años. Lo que sí está establecido son las cantidades mínimas y máximas de la pensión de jubilación en 2025.
Este año la pensión mínima contributiva de jubilación para mayores de 65 años se establece en 12.241,60 euros para jubilados de 65 años o más sin cónyuge a cargo y 15.786,40 euros para quienes sí lo tienen. Los menores de esa edad cobrarán un mínimo de 11.452 euros si no tienen cónyuge a cargo. En el caso de las máximas, se ha establecido un tope: no podrán superar los 3.267,60 euros mensuales en 14 pagas o los 3.812 euros en 12 pagas. Esto supone un máximo de 45.746,40 euros anuales.
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