La justicia europea declara que el complemento de brecha de género de las pensiones sigue siendo discriminatorio a pesar de la reforma
El TJUE afirma que la modificación del artículo que regula este suplemento a la pensión no ha solucionado que los hombres reciban un trato menos favorable

La justicia europea ha vuelto a revisar si el complemento de brecha de género a las pensiones contributivas y ha declarado que sigue siendo discriminatorio por razón de sexo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia este jueves en la que ha señalado que el actual redacción normativa de este plus no ha puesto fin al hecho de que los hombres que pueden hallarse en situaciones comparable a la de las mujeres reciben un trato menos favorable.
El TJUE ha respondido así a dos cuestiones prejudiciales que elevaron dos juzgados españoles que preguntaron si la actual redacción del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) sigue sin ser compatible con la directiva europea relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social. El Gobierno del PP creó en 2016 este suplemento de maternidad de entre el 5% y el 15% destinado únicamente para madres de dos o más hijos, si bien la justicia europea lo anuló en diciembre de 2019 por discriminatorio por razón de sexo, lo que obligó al Ejecutivo de Pedro Sánchez, con José Luis Escrivá entonces a la cabeza del Ministerio de Seguridad Social, a rediseñarlo para que lo pudieran recibir también los padres y a partir del primer hijo.
Con la modificación, que entró en vigor el 4 de febrero de 2021, el complemento pasó a denominarse “de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género” y persigue reparar el perjuicio sufrido por las mujeres a lo largo de su carrera profesional por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos. Para 2025 este suplemento se ha fijado en 35,90 euros mensuales por cada hijo.
Los tribunales españoles, desde los de primera instancia hasta el Supremo, se han pronunciado en numerosas ocasiones sobre la discriminación que supuso para los padres el primer complemento diseñado y han ordenado a la administración a reconocer el derecho de los hombres a cobrar dicho suplemento. También lo hizo el TJUE en 2023, cuando señaló que los progenitores varones sufrían discriminación por partida doble: por no estar reconocidos legalmente, entre 2016 y 2021, para cobrar el plus a la pensión y por tener que ir a los tribunales para hacer valer su derecho. Así, el tribunal con sede en Luxemburgo avaló las indemnizaciones para compensar los costes judiciales.
Requisitos a los padres
Ahora, la justicia europea ha analizado la redacción vigente del artículo 60 de la LGSS y no ha dado el visto bueno a su integridad. La máxima instancia judicial europea pone reparos al hecho de que el complemento se conceda de forma automática a las madres trabajadoras, mientras que los padres deben cumplir ciertos requisitos adicionales para poder percibirlo, como que sus carreras profesionales se hayan interrumpido o se hayan visto afectadas con ocasión del nacimiento o de la adopción de sus hijos o tener reconocida una pensión de viudedad por el fallecimiento del otro progenitor de los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.
Según el tribunal, esta discriminación no puede justificarse sobre la base de las excepciones previstas para proteger a la mujer en razón de su maternidad para compensar el tiempo dedicado a la educación de los hijos o las desventajas a las que están expuestas las mujeres, ayudándolas en sus carreras, y garantizar en la práctica una plena igualdad entre hombres y mujeres en la vida profesional. Explica que el complemento de brecha de género no establece ningún vínculo entre la concesión del mismo y el disfrute de un permiso de maternidad o las desventajas que sufre una mujer en su carrera debido a la interrupción de su actividad durante el período que sigue al parto, como si se prevé para el caso de los padres.
Reacciones
Fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones subrayan que el compromiso del Ejecutivo para reducir la brecha de género en las pensiones “ha sido, es y va a seguir siendo inquebrantable”. “Es un objetivo central de la políticas del Gobierno en materia de pensiones”, añaden. Las mismas fuentes afirman que respetarán el nuevo fallo del TJUE, como las sentencias de cualquier órgano judicial, pero apuntan que antes de tomar cualquier decisión, los servicios jurídicos deben estudiar en profundidad los argumentos, ya que se trata de una resolución “muy técnica y compleja”.
Pendiente de conocer los detalles de la sentencia, el Ministerio lanza un mensaje de tranquilidad y asegura que “los pensionistas que vinieran percibiendo el complemento van a seguir haciéndolo”. “Como hasta ahora, la atención y el cuidado de los hijos van a seguir dando derecho al reconocimiento del complemento de brecha de género y éste debe seguir beneficiando mayoritariamente a las madres trabajadoras cuando accedan a sus pensiones”, señala.
Las fuentes consultadas apostillan que estudios nacionales e internacionales corroboran que la crianza de hijos afecta decisivamente a la trayectoria laboral de la mujer en su etapa en activo y que ello repercute directamente en una brecha en los salarios y aún mayor en las pensiones. Así, recuerdan que el objetivo del complemento de brecha de género es corregir esa situación, pues las estadísticas acreditan que cuanto mayor es el número de hijos, menor es el número de años cotizados, menor es la proporción de contratos a tiempo completo, y menor es, en consecuencia, la pensión reconocida.
En la misma línea se ha manifestado UGT, que ha admitido su preocupación por la interpretación que ha hecho la justicia europea de la actual norma. En este sentido, recuerda que el complemento fue pactado en el marco del diálogo social con el fin de “reparar una desigualdad estructural”, indica en un comunicado.
En opinión del sindicato, los requisitos exigidos a los hombres “no son una discriminación, sino un instrumento lógico y proporcionado para garantizar que el complemento cumpla su función correctora de una desigualdad real y persistente”. Así, advierte de que si se sigue la sentencia del TJUE sin matices, habrá “serios riesgos” como un aumento del gasto público de pensiones, al extender la percepción del complemento de forma universal, y la “desnaturalización” del complemento. Por ello, pide abrir un debate a nivel europeo para adecuar la directiva europea relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social a las necesidades actuales.
Supresión del complemento
La revisión del complemento de brecha género ha llegado de nuevo a Luxemburgo de la mano del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que planteó que la justificación dada imponer requisitos a los padres era insuficiente y por tanto la norma seguía siendo discriminatoria, y el juzgado de lo social número 3 de Pamplona, que además dudó sobre la procedencia de suprimir el complemento a la madre para otorgárselo al padre para solventar la discriminación por razón de sexo, al que inicialmente se le ha denegado.
Sobre esta segunda cuestión, el TJUE indica que la directiva europea no se opone a que el complemento reconocido a la madre se suprima si la ley establece que no pueden percibirlo ambos progenitores y que debe ser reconocido al que cobre menor cuantía de pensión de jubilación. Según indica la sentencia, la eliminación del plus no priva el efecto útil a la declaración de discriminación.
Ahora bien, el tribunal recuerda que el derecho europeo no exige que se suprima un complemento de pensión como el analizado a quienes ya lo tienen reconocido. Por ello, emplaza a los órganos judiciales nacionales a interpretar las normas españolas y determinar si esta permite mantener o no el complemento de pensión ya reconocido a la madre cuando el padre puede reclamar el suplemento controvertido conforme a los mismos requisitos que los aplicables a las madres.
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