El Gobierno aprueba normas para producir y comercializar los derivados del huevo
Todos los fabricantes de ovoproductos -derivados del huevo- deberán tomar muestras de sus propios productos para su examen en los laboratorios y conservar durante dos años los resultados de los controles realizados. Así lo regula un real decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros.En lo que se refiere a la Administración, el decreto señala que las Comunidades Autónomas serán los órganos competentes para conceder las autorizaciones a los establecimientos que deseen proceder a su comercialización y también para la retirada de dichas autorizaciones.
Esta regulación de los ovoproductos llega después de que en 1991 Sanidad prohibiera, como medida contra la salmonelosis, el uso de huevos frescos en la preparación de comidas en locales públicos y exigiera el empleo de estos derivados.
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