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El Gobierno aprueba un mecanismo legal para topar los precios del transporte en emergencias como la de Adamuz

La tarifa no podrá ser superior al 50% de la tarifa máxima que tuvo este servicio o producto en los 30 días naturales anteriores

El trágico accidente de trenes en Adamuz y el posterior corte de la vía de alta velocidad han supuesto un espectacular incremento de precios de los medios de transporte alternativos —sobre todo, el avión— que han soliviantado a los consumidores. Para atajarlo, el Ministerio de Consumo ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros un real decreto que permitirá al Ejecutivo topar precios de viajes, servicios o productos “en una situación de emergencia que altere de forma excepcional la oferta y la demanda”. Si la norma se convalida en el Congreso —el PP exigió hace unos días frenar estos abusos—, el propio Consejo de Ministros podrá establecer esos topes cuando lo considere necesario.

El decreto otorga al Ejecutivo la potestad de poner topes a los precios de billetes y productos cuando declare una situación de emergencia, fijando que el precio no podrá ser superior a la tarifa máxima que tuvo este servicio o producto en los 30 días naturales anteriores al comienzo de esta situación. Es decir, si un vuelo Madrid-Sevilla costaba como mucho 300 euros en el último mes, los billetes no podrían superar esa cifra por el aumento de demanda.

La normativa —que modifica la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios— introduce un mecanismo de tope adicional: si el precio máximo que ha tenido un servicio o un producto en esos 30 días previos fuese superior en más de un 50% al precio medio en ese mismo período, la referencia para topar un precio pasará a ser el precio medio de los 30 días más un 50%. Es decir, si la media es de 200 euros, pero el pico máximo es de 1.000 euros, el tope quedaría en 300 euros.

Proteger de abusos

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha explicado este martes tras el Consejo de Ministros que el decreto pretende “reforzar la protección de las personas consumidoras ante posibles abusos en este tipo de situaciones de emergencias”, como los denunciados por varias asociaciones de consumidores tras la dana de Valencia, los incendios de 2025 o el accidente de trenes de Adamuz (Córdoba).

El texto apunta que las situaciones en las que podrán toparse los precios no solo serán aquellas declaradas como de emergencia de protección civil, sino también aquellas que determine el Consejo de Ministros, que será el único órgano capacitado para hacerlo. Este límite se podrá activar bien junto a una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, o también en otros supuestos como accidente, emergencia técnica, fuerza mayor u otras circunstancias.

Cuando se ponga en marcha, el Consejo de Ministros deberá señalar una fecha de inicio y otra de fin para los servicios o productos afectados, y la referencia aplicable para limitar precios. La normativa también habilita al Gobierno para imponer a las empresas una obligación de informar al consumidor sobre el precio medio y máximo ofertado en, al menos, el mes anterior. Y garantiza que la limitación de los incrementos de precios se mantenga vigente durante todo el tiempo en que persistan las condiciones de demanda anómala directamente vinculadas a la situación de emergencia.

Mientras, se permitirán incrementos del precio solo cuando estén objetivamente justificados por un aumento acreditable de costes, o si estos son necesarios para introducir nueva oferta que mitigue la escasez, siempre y cuando esto no suponga un aumento de márgenes para el operador. Además, el texto contempla que, “para bienes o servicios con marcada estacionalidad, se puede tomar como referencia el precio del mismo período en el año anterior, actualizado conforme al IPC”.

La norma debe ser todavía convalidada en el Congreso, pero fuentes del Ejecutivo creen que no habrá problema, dado que el Partido Popular exigió hace unos días al Gobierno “proteger a los consumidores y frenar abusos tras el accidente ferroviario de Adamuz”. De hecho, el PP pidió explicaciones a Consumo sobre sus medidas para evitar subidas de precio abusivas en los transportes entre Madrid y Andalucía.

Este texto complementa otro aprobado tras la dana de Valencia, donde Consumo ya reguló que las empresas que personalizan precios de forma automática —es decir, aquellas que tienen tarifas dinámicas— no los puedan subir en situaciones de emergencia o catástrofe. En aquella ocasión, se referían sobre todo a precios que se personalizan de forma automatizada y se pretendía luchar contra las subidas abusivas que sufrieron los vehículos VTC o alojamientos contratados online ante el aumento de demanda por la catástrofe valenciana.

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