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Una víctima de abusos indemnizada por la Iglesia descubre un fallo en el sistema: luego deberá pagar una parte en impuestos

El Defensor del Pueblo, tras recibir una queja, pide a Hacienda que los resarcimientos por pederastia del clero queden exentos de tributación, como los de casos de terrorismo

Obispos abusos sexuales en la Iglesia
Eleonora Giovio

EL PAÍS puso en marcha en 2018 una investigación de la pederastia en la Iglesia española y tiene una base de datos actualizada con todos los casos conocidos. Si conoce algún caso que no haya visto la luz, nos puede escribir a: abusos@elpais.es Si es un caso en América Latina, la dirección es: abusosamerica@elpais.es

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Una víctima de pederastia de un cura en la diócesis de Barcelona, cuyo caso fue destapado por EL PAÍS en 2023, ha cobrado por fin 50.000 euros de indemnización de la Iglesia, pero al preguntar si luego le quitarían una parte en la declaración de la renta, los responsables del arzobispado se encogieron de hombros. “Me dijeron que no sabían nada”, relata. Al parecer, nadie en la Iglesia ni en el Gobierno ha pensado en ello, pese a que se pelean por las indemnizaciones de las víctimas desde hace años. Es un fallo en el sistema que se suma a todos los obstáculos que ya encuentran las víctimas para ser compensadas económicamente.

Esta persona lo consultó en Hacienda y con su asesor fiscal y descubrió que este resarcimiento sí debía tener una retención, porque para estar exento de impuestos, según la ley, debería ser resultado de una decisión judicial, y estos casos no lo son. El de esta víctima y todas las demás, que en este momento, según la contabilidad de este diario, son 2.936, aunque la Iglesia hasta ahora solo ha admitido a trámite 99 indemnizaciones, un 2,9%. Es decir, aquellas víctimas de pederastia en la Iglesia que lleguen a recibir una compensación, luego verán cómo Hacienda les quita una parte. Por eso, esta persona informó del caso al Defensor del Pueblo, que ha pedido a Hacienda que aplique a las compensaciones de la Iglesia una exención, como ya ocurre, por ejemplo, con las víctimas del terrorismo.

Sobre el importe de la cuantía a retener, la víctima cuenta que fue a preguntar a la oficina de Hacienda en Barcelona y ni allí le supieron explicar. Le dijeron que era “un caso nuevo para ellos”. Y añade: “Al parecer dependía de cómo lo declarase la iglesia. Recuerdo que la persona que me atendió me habló de una casilla a la que podría asignarse el incremento patrimonial, pero no se enteraba demasiado”. También preguntó en el arzobispado cómo declararía la Iglesia a Hacienda la indemnización pagada, pero no obtuvo respuesta.

Las víctimas que han acudido al PRIVA (el Plan de Reparación Integral de Víctimas de Abusos) para solicitar una indemnización llevan meses quejándose de lo lento y farragoso que es el proceso, de la revictimización que sufren al tener que ir a declarar ante la misma institución que no les protegió de los abusos que sufrieron en la infancia. Muchos temen que, una vez conocidas las agresiones, no sean investigadas. También se quejan del oscurantismo que hay sobre qué baremos se utilizan para fijar una indemnización: por qué hay reparaciones de 3.000 euros y otras de 50.000 o más. Las resoluciones de la comisión independiente, además, no son vinculantes: esta hace una propuesta económica, pero la diócesis puede cambiarla sin que las víctimas sepan cuáles son los criterios.

A la víctima de Barcelona que ha señalado el problema con la tributación no le dieron ni copia del dictamen de la comisión que había decidido su compensación, según cuenta a este periódico. También preguntó cómo se había decidido el importe y por qué era esa cifra y no otra. “Me dio la sensación de que es todo muy arbitrario”, apunta. Cuando puso en duda la existencia de unos criterios para fijar la cuantía de los resarcimientos, dice que le respondieron: “Sí existen, pero no los decimos porque luego se crearían comparaciones entre las víctimas y más confusión”. Además, pidió hablar en persona con el arzobispo, el cardenal Juan José Omella, y ya han pasado cinco meses sin que le hayan dado una respuesta.

Cuando le hicieron la transferencia, el concepto que figura es “reparación moral y compensación económica”, según ha comprobado este diario. Su asesor fiscal le informó de que le iban a retener una parte porque, según la ley española, para que una indemnización esté exenta de impuestos, tienen que ser judicialmente reconocida. En la gran mayoría de los abusos sexuales de la Iglesia no hay resolución porque los casos están prescritos y, por lo tanto, no ha podido haber juicio. Por eso esta víctima pidió ayuda al Defensor del Pueblo.

Una petición que llega al Senado

En una carta a la que ha tenido acceso este periódico, fechada el 6 de noviembre, el Defensor le ha respondido que ha solicitado a la Secretaría de Estado de Hacienda que, “con la mayor brevedad, se promueva la modificación el artículo 7, de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de forma que recoja la exención para las indemnizaciones por responsabilidad civil que se corresponden con daños personales (físicos, psíquicos o morales) que están abonando las entidades de la Iglesia católica como reparación por abusos”. El objetivo es evitar que la carga fiscal profundice en el daño sufrido.

En la carta se leen referencias al informe del Defensor sobre la pederastia en la Iglesia católica española, presentado en 2023, donde se subraya que “los poderes públicos tienen la responsabilidad de que las víctimas de estos delitos puedan ver reconocido el derecho a la justicia que reclaman, sin olvidar que se debe asumir la parte de responsabilidad que incumbe por el prolongado tiempo de desatención y de inactividad”. Por ello, el Defensor señala que, tal como la propia Secretaría de Estado de Hacienda indica, “nada impide que el legislador, atendiendo a sus fines de política social, pueda establecer una exención específica para las referidas indemnizaciones, como se ha hecho con otras rentas en atención a los referidos fines, pudiendo citarse, entre otras, las prestaciones públicas extraordinarias por actos de terrorismo”.

En esta misma línea, el lunes, el Grupo Parlamentario Izquierdas por la Independencia (Esquerra Republicana y Euskal Herria Bildu) solicitó en el Senado la tramitación de una moción relativa a la exención en el IRPF de las indemnizaciones a las víctimas de abusos sexuales en la Iglesia católica su debate en la Comisión Hacienda. Entre los motivos recogen, precisamente, “el impacto devastador que estos hechos han ocasionado en miles de personas, muchas de ellas menores en el momento de los hechos”.

La moción propone que la Comisión Hacienda inste al Gobierno a “impulsar, mediante Decreto Ley, la modificación del artículo 7 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas” a “garantizar que dicha exención fiscal preserve íntegramente la reparación económica”. También “exige a la Iglesia católica y a sus organismos e instituciones a que se declaren a la Hacienda pública estas indemnizaciones, sin que suponga detrimento en el importe de las mismas a percibir por los damnificados”.

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Sobre la firma

Eleonora Giovio
Es redactora de sociedad especializada en abusos e igualdad. En su paso por la sección de deportes ha cubierto, entre otras cosas, dos Juegos Olímpicos. Ha desarrollado toda su carrera en EL PAÍS; ha sido colaboradora de Onda Cero y TVE. Licenciada en Ciencias Internacionales y Diplomáticas por la Universidad de Bolonia y Máster de EL PAÍS.
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