La Fiscalía recurre el permiso a Lasarte porque Navarra está cerca de Euskadi
La sala de lo Penal de la Audiencia Nacional había prohibido a Valentín Lasarte acudir al País Vasco El preso disidente de ETA pasó entonces sus días fuera de la cárcel en Lodosa (Navarra) El Ministerio Público considera que "incumplió" la condición porque Navarra está "muy cerca"

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido el permiso de seis días que el juez de vigilancia penitenciaria, José Luis de Castro, concedió el lunes al preso disidente de ETA Valentín Lasarte. El recluso que cumple pena, por, entre otros, el asesinato de Gregorio Ordóñez, ha rechazado la violencia y reconocido el daño causado a las víctimas. Castro siguió el criterio establecido recientemente por la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia, que le concedió un primer permiso de tres días asegurando que el recluso cumplía “todos y cada uno de los requisitos”. El fiscal Pedro Rubira recurrió ayer el auto del juez alegando que al pasar su primer permiso en Lodosa (Navarra) incumplió el requisito que le había impuesto la Sala de no acudir al País Vasco.
Los cinco magistrados de la sección primera, que le concedieron por unanimidad la salida de tres días, indicaron que el preso debía disfrutar de su estancia fuera de prisión “en el domicilio familiar, fuera del territorio de la Comunidad Autónoma Vasca, por razones de atención a las víctimas”. Lasarte decidió entonces pasar sus días de permiso en Lodosa (Navarra), avisando previamente al centro penitenciario.
Pero, a pesar de haber estado en Navarra y no en el País Vasco, la fiscalía considera que no cumplió el requisito impuesto. “El penado incumplió esta condición por cuanto pasó sus tres días de permiso en un lugar muy cercano a sus víctimas”, indica el recurso. “Y el ministerio fiscal tiene la obligación de asumir el sentir de los familiares de las víctimas que fueron asesinadas por el penado, quienes han manifestado su malestar en la concesión de este permiso en los diversos medios de comunicación”.
El fiscal sostiene también que la concesión de 36 días al año de permiso a los presos en segundo grado, que autoriza la legislación penitenciaria, no es obligatoria sino facultativa. Critica “el automatismo, la premura y la rapidez” del juez a la hora de decidir sobre el permiso -el asunto, según indican fuentes de la Audiencia Nacional, llegó al juzgado el pasado 25 de enero-.
Finalmente, el fiscal indica que el juez no ha establecido "medidas de control y vigilancia que garanticen un adecuado desarrollo del permiso y preserven los derechos de las víctimas". El auto de José Luis de Castro señala que el permiso se concede “con iguales condiciones que el auto de la Sala de la Audiencia Nacional de 7 de mayo de 2013”. Ese auto imponía dos requisitos: disfrutarlo fuera del País Vasco y todas aquellas otras que la junta de tratamiento de la prisión estimara convenientes.
El recurso ahora presentado, de reforma, será resuelto por el propio juez de vigilancia. Pero si la fiscalía recurre más tarde en apelación, será la misma sección primera de la Sala de lo Penal, que ya ha señalado que Lasarte cumple con los requisitos para obtener permisos, quien decida sobre las alegaciones del fiscal Rubira.
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