Dos excargos del PP insisten en pedir un fallo de culpabilidad por aceptar trajes
Campos y Betoret mantienen su estrategia jurídica de aceptar los hechos que se les imputan

El exvicepresidente de la Generalitat valenciana Víctor Campos y el ex jefe de gabinete de Turismo Rafael Betoret, ambos imputados en la llamada causa de los trajes del caso Gürtel, presentaron ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) un escrito en el que reclaman que se dicte una sentencia anticipada en ambos casos y como consecuencia de los escritos de conformidad que firmaron en julio. Los dos excargos mantienen así su estrategia jurídica de aceptar los hechos que se les imputan, aceptar regalos de la trama Gürtel, y evitar el juicio. El magistrado presidente del tribunal del jurado designado para la causa, Juan Climent, debate ahora si aceptar la solicitud, lo que supondría que solo el expresidente valenciano Francisco Camps y el exsecretario del PPCV, Ricardo Costa, serían juzgados.
Esto dejaría al jurado ante una situación en la que dos de los “protagonistas” estarían condenados, mientras los otros dos defenderían su inocencia.
Campos y Betoret presentaron en julio su escrito de conformidad, es decir, su asunción de los hechos de los que se les acusa, recibir regalos de la trama Gürtel. Así, se mostraron conformes con la pena que se les reclama, una multa de 49.500 euros y una sentencia que les declarara culpables de cohecho impropio.
La estrategia inicialmente marcada era la de que los cuatro imputados presentaran su escrito. Sin embargo, Camps dio marcha atrás y decidió no aceptar la culpabilidad y presentar su dimisión como presidente de la Generalitat. Tampoco Costa presentó asumió su culpabilidad, después de mostrarse reacio a esta opción, esperó a que lo hiciera Camps, momento que nunca se dio, pese a que su letrado sí llego a registrarlo, sin firmar por el encausado, en el TSJCV.
El TSJCV podría haber dictado ya una sentencia anticipada para Campos y Betoret. Sin embargo, el hecho de que no fueran los cuatro imputados quienes se acogieran a esta posibilidad provocó que el tribunal únicamente aportara a la documentación de la causa los escritos, pero no los tuviera en cuenta, ya que el artículo 50 de la Ley del Jurado, en cuya aplicación aún no existe una amplia jurisdicción, dice que se disolverá el jurado si las partes reclaman una sentencia de conformidad que ha de estar “suscrito por todas” las partes.
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