¿Cómo funciona el sistema de papeletas? ¿Tiene responsabilidad el lotero? El procedimiento de Villamanín tras lo ocurrido con el Gordo
Los puntos de venta de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado solo comercializan décimos y resguardos


Tras vender 450 papeletas —equivalentes a 90 décimos en participaciones de cinco euros, de los que cuatro se destinaban al juego y uno se reservaba como donativo—, los jóvenes de la comisión de fiestas de Villamanín cometieron un error clave: no consignaron todas las participaciones en la administración de loterías, un trámite necesario para que los compradores tengan derecho a cobrar el premio. El motivo, un talonario con la comprobación de 50 papeletas ya vendidas y su dinero correspondiente se quedaron olvidados en casa de uno de los organizadores de los festejos municipales y nunca llegaron a registrarse. Como consecuencia, medio centenar de participaciones quedaron sin el respaldo de los décimos oficiales.
El fallo, además de sembrar el caos en Villamanín, ha desatado una oleada de preguntas en todo el país sobre el sistema de venta de papeletas, el papel de las asociaciones y las administraciones de lotería en este proceso y el alcance de las responsabilidades y las consecuencias para cada una de las partes.
¿Cómo funciona el sistema de papeletas?
Los puntos de venta de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado solo comercializan décimos y resguardos. Las papeletas, que se encuentran dentro de los usos y costumbres, son gestionadas por las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, sin que se derive de esa gestión responsabilidad alguna por parte de la administración. Las participaciones no son boletos oficiales. Su función es acreditar que el comprador tiene derecho a una parte concreta de un décimo, en proporción al importe jugado. Por ello, Loterías se desentiende de las mismas.
Estas equivalen a un acuerdo de reparto del premio, en el que quien organiza la venta —ya sea una comisión de fiestas, una asociación o un club deportivo— actúa como intermediario. De ahí que sea imprescindible que el colectivo disponga del décimo que da cobertura a las participaciones vendidas, ya que sin ese respaldo la papeleta es papel mojado.
¿Cuál es el proceso entre las asociaciones y la administración de lotería?
La asociación pide una administración de lotería que le aparte un número elegido. A partir de ahí, imprime unas papeletas con los dígitos elegidos y las pone a la venta, mientras los décimos correspondientes permanecen custodiados en una caja fuerte que atesora el lotero. En los días previos al sorteo de la Lotería de Navidad, el colectivo entrega el dinero recaudado y en la administración lo canjean por décimos: en función de la cantidad ingresada, se expiden tantos décimos como corresponda. Estos pasan entonces a disposición de la asociación.
¿Si un talonario no es entregado en la administración, el perjuicio es irreversible?
Si el dinero recaudado de un talonario no se entrega a la administración, el lotero no puede canjearlo por décimos para la asociación. En consecuencia, en el Sorteo de Navidad no figuran como vendidos y quedan sin respaldo oficial. La fecha límite para devolverlos a las delegaciones comerciales de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado es el 21 de diciembre a las 22.30, momento a partir del cual la administración pierde la posibilidad de remitirlos y su custodia recae en la entidad gestora oficial de la Lotería de Navidad.
¿Quién cobra el premio?
La asociación presenta los décimos oficiales en una administración o banco autorizado por Loterías y Apuestas del Estado, donde se verifica el número, la serie y la fracción. Dado que se trata de un premio de gran cuantía, no se paga en efectivo, sino mediante transferencia bancaria al colectivo, que figura como titular del décimo. Este está obligado a repartir el premio con los compradores de las papeletas según la cantidad jugada indicada en la participación. Si el responsable se niega o retrasa el pago, el titular del boleto puede reclamar civilmente el importe. Cuando se compra una papeleta, la relación contractual es con la asociación, no con la administración. Esta no es oficial ante Loterías y Apuestas del Estado, pero sí tiene validez frente al colectivo que la emite.
¿Cómo se entrega el dinero a los compradores de las participaciones?
La asociación puede hacer una transferencia bancaria mediante un certificado de lo que le corresponde a cada participante, con la correspondiente retención del IRPF. Por ejemplo, un club de baloncesto de Madrid creó el año pasado un registro previo online, donde los ganadores introducían sus datos personales y los detalles de sus papeletas. Una vez verificados, el club citaba a cada premiado con la intención de que mostrase su papeleta y recibiese un cheque nominativo junto con un justificante de pago.
¿Cómo lo harán los vecinos de Villamanín?
Todavía no han acordado la forma. De momento, han quedado en que los jóvenes de la comisión renuncian al premio de las participaciones que ellos mismos han comprado (unos cinco décimos y alguna papeleta) y el resto de los agraciados aceptan una quita porcentual de sus beneficios hasta cubrir los cuatro millones.
¿Cómo se califica esta cesión de dinero?
La transferencia de dinero de los premiados que aceptan la quita hacia los que quedaron fuera se considera una donación. Es voluntaria y sin contraprestación directa, por lo que Hacienda la clasifica fiscalmente como tal. No hay una retención automática sobre estas cantidades porque la deducción del 20% ya se aplicó en el pago a los premiados originales. Sin embargo, la donación debe declararse en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, según los límites y tipos de la comunidad autónoma correspondiente. Los cedentes no pagan otra retención al banco, pero sí pueden tener obligación de presentar declaración y liquidar impuestos sobre la donación.
¿Qué pasa si un vecino denuncia al cambiar de opinión y oponerse al acuerdo?
Puede solicitar una medida cautelar para que no se pague el premio. Es importante tener en cuenta que solamente hay tres meses para poder cobrarlo. El tiempo juega en contra de las personas que desean recibir el dinero. Si reparten el premio y la denuncia se produce después, la devolución del dinero dependerá de lo que dicte el juez. Es imprescindible que el acuerdo vecinal conste ante notario y con la firma de todos para evitar demandas.
¿Quién tendrá repercusiones legales si hay una denuncia?
Únicamente la comisión de fiestas, el lotero no tiene la culpa, él solo canjea el dinero que le entregan por décimos, según explican varios expertos. No tiene por qué saber que se ha extraviado un talonario por el camino, ya que él no hace las papeletas. En caso de demanda, a los responsables de los festejos municipales se les pedirá responsabilidad civil, es decir, recibirán una condena monetaria para pagar el perjuicio provocado. No existe la vía penal porque no se prueba ni ánimo de lucro, ni intención defraudatoria. La venta del talonario olvidado con 50 participaciones es de 250 euros porque cada papeleta costaba cinco euros, de los cuales 50 ya eran un donativo.
¿Es legal cobrar un donativo como importe a mayores en una papeleta?
Sí, es legal cobrar un donativo añadido al importe jugado siempre que esté claramente informado al comprador. No es imprescindible que la entidad sea formalmente una asociación sin ánimo de lucro para vender papeletas, pero sí lo es para tratar ese sobrecoste como donativo. Si la asociación no tiene personalidad jurídica o no es sin ánimo de lucro, puede considerarse un ingreso irregular o un sobreprecio encubierto, con posibles consecuencias fiscales o legales. Al conflicto económico se puede sumar otro de carácter jurídico. Según han relatado algunos afectados al diario Heraldo de León, “la comisión de fiestas no está constituida como tal, con lo cual jurídicamente no son nadie”. De ser así, se complicaría aún más la resolución del problema.
¿Se puede saber a quién pertenecen las participaciones sin consignar?
Sí, las papeletas están numeradas para llevar un registro de quién compró cada participación. Pero solo la asociación sabe con certeza qué boletos fueron consignados y cuáles no, salvo que publique un registro transparente para los compradores, opción viable si ha llevado un registro claro y verificable de qué décimos respaldan cada papeleta.
¿Todas las administraciones acceden a reservar décimos a asociaciones que hacen papeletas?
Muchas administraciones de lotería optan por no reservar números a asociaciones concretas que hacen papeletas para evitar este tipo de problemáticas. El lotero de la Administración de Lotería número 2 de La Pola de Gordón, Rubén González, que repartió el Gordo en Villamanín, confiesa que de aquí en adelante solo atenderá este tipo de peticiones cuando procedan de entidades grandes y con solera.
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