El Ayuntamiento tropieza siete veces con la misma piedra: derrotas en cadena en los tribunales por omitir informes o ignorar a los vecinos
En los últimos años, la justicia ha tumbado, total o parcialmente, proyectos y cambios normativos de calado en la capital. La mayoría, por motivos similares: documentos clave ausentes o incompletos, y escasa o nula participación ciudadana


Dos malas noticias para el Ayuntamiento de Madrid en poco más de 24 horas. Esta semana la justicia anuló la tasa de basuras y confirmó que los parkings del Bernabéu seguirán en stand by. En los últimos años, los tribunales han tumbado, total o parcialmente, estos y otros proyectos y cambios normativos de calado impulsados por el Gobierno de José Luis Martínez-Almeida (PP). Cada caso tiene sus particularidades ―muchos implican cuestiones urbanísticas, por ejemplo―, pero la mayoría ha caído por los mismos dos motivos. Uno es la falta o escaso rigor de documentos esenciales, como los informes económicos o los ambientales, por lo que se aprueban planes o normas sin valorar de forma adecuada su impacto. Otro, derivado del anterior, son las reiteradas deficiencias en el proceso de participación, o los vecinos no poseen la información completa o se ignoran alegaciones.
Cada vez que se hace público un nuevo revés judicial, el Ejecutivo local responde con fórmulas similares: que se trata de un mero “defecto formal” o que la sentencia “no entra en cuestiones de fondo”. La oposición critica a Almeida y su equipo por “excursarse” con que son cuestiones menores y los juristas consultados por este periódico señalan que los errores administrativos son habituales, pero que si un tribunal anula iniciativas u ordenanzas por ello, es porque dichos errores son graves y privan de elementos de defensa al ciudadano.
La lista de proyectos o normas anulados, en muchos el Ayuntamiento ha interpuesto recurso y las sentencias no son firmes aún, incluye, además de la tasa de basuras y los aparcamientos del Real Madrid, los siguientes cinco: las zonas de bajas emisiones ―por una “manifiesta insuficiencia” de informe de impacto económico―, la ordenanza de terrazas ―falta el mismo documento y no se pudieron hacer alegaciones―, las cocheras de cuatro caminos y la Ciudad del deporte en los alrededores del Estadio Wanda Metropolitano ―memorias incompletas en ambos―, o el cambio de ordenación de los bulevares de Ibiza y Sainz de Baranda, en distrito Retiro ―faltan, de nuevo, informes del impacto y se hizo sin contar con los hosteleros de la zona―.
Fernando Portillo, magistrado de lo Contencioso-Administrativo en Melilla, explica que es “relativamente habitual” encontrar fallos de procedimiento cuando revisan actos de la administración local, autonómica y estatal que son denunciados, y que por eso en muchas ocasiones “se quedan en las formas y no les da tiempo a centrarse en el fondo”. Aun así, el juez diferencia entre los defectos sin mayor trascendencia, como que un expediente esté desordenado, frente a aquellos que son graves y “dejan en una situación de indefensión al ciudadano”. Por ejemplo, cómo una normativa va a impactar en la economía municipal.
En abril de 2024, cuando Almeida apenas llevaba un año al frente del Ayuntamiento, esta vez con una holgada mayoría absoluta, llegó uno de los primeros golpes de su segunda legislatura. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tumbó la polémica ordenanza de terrazas, aprobada durante el mandato en coalición con Ciudadanos y que flexibilizó los requisitos para instalarlas. El motivo fue que faltaban dos informes clave, el de impacto ambiental y, más importante, el presupuestario. Esto es, la normativa salió adelante sin que se explicaran las consecuencias económicas de que hubiera más terrazas en más zonas de la ciudad: ¿habría un aumento de ingresos en el sector hostelero? ¿Requeriría el posible crecimiento más gasto en personal? El tribunal fue claro: “En todo el expediente no consta ni un solo informe que evalúe las consecuencias para los ingresos del aumento de la ocupación”. Tampoco fue sometido a información pública y los madrileños no pudieron hacer alegaciones. Un año después, el Tribunal Supremo (TS) ratificó el fallo.
El alcalde comentó entonces que la siguiente ordenanza sería “muy similar, salvo ligeros retoques” porque solo se trataba de un defecto “formal” y faltaba “una memoria”. La nueva norma se aprobó en 2025 y este marzo el TSJM ha admitido un recurso de la Federación Regional de Asociaciones Vecinales, que ha impugnado la normativa porque no recoge ninguna de las 43 alegaciones presentadas. “Si es una tontería, un tribunal no indica que [un documento] se considera necesario. La mayoría de las veces que los defectos de forma se consideran relevantes [como para anular un proyecto] es porque privan de elementos de defensa. ¿Cómo hago uso de mi derecho y mis recursos si no sé qué me propone el Ayuntamiento? Ahí es cuando se habla de indefensión", detalla el magistrado Portillo por teléfono.
En el varapalo judicial más reciente, el de la tasa de basuras, ha ocurrido algo similar. Faltaba un anexo del informe económico. En concreto, el que explicaba cómo se midió y atribuyó la cantidad de residuos a cada tipo de negocio y cómo se calculó la gestión de basura residencial. Esta vez, un portavoz municipal señaló que la sentencia “no entra en ningún momento en cuestiones de fondo de la tasa” y que “los servicios técnicos municipales consideraron que esa información [que faltaba era auxiliar]”. La respuesta fue parecida en el caso de las zonas de bajas emisiones, que el TSJM anuló parcialmente tras una denuncia de Vox porque también se presentó un informe económico insuficiente. “Es un defecto formal, un defecto que se puede subsanar”, dijo el alcalde en Onda Cero.
Alberto Dorrego, presidente de la sección de Derecho Administrativo del Colegio de Abogados de Madrid, ha llevado casos similares en varias administraciones locales y autonómicas. La jurisprudencia se ha ido endureciendo, cuenta por teléfono, y los tribunales van cada vez más al fondo del trámite. “No vale con hacer algo, que lo llames informe económico y ya. Debe tener un análisis en profundidad sobre la cuestión, que aporte contenido y sirva para determinar si hay impacto o no de un decisión normativa”, explica. Lo mismo ocurre con las alegaciones. No es suficiente con abrir un proceso de información pública, cerrarlo y listo. Las valoraciones ciudadanas deben tenerse en cuenta y hay que dedicarles tiempo. “Los tribunales antes eran más benevolentes a la hora de exigir que los informes tengan contenido y sustancia, y ahora no. [Sin ellos] estás viciando el procedimiento de tramitación. Si no das a los ciudadanos la posibilidad de conocerlo todo, ¿cómo van a evaluarlo?”, añade el jurista.
Esto ocurrió, por ejemplo, en un caso menos conocido, el cambio de ordenación de los bulevares de Ibiza y Sainz de Baranda, en Retiro. El Ayuntamiento la aprobó, recoge la sentencia, sin consultar al sector hostelero, afectado por los posibles cambios: “La ordenación específica se ha realizado a espaldas del sector de la hostelería y restauración, que es su principal destinatario”. También fue así con los parkings del Bernabéu. Entre los muchos motivos para suspender las obras, el tribunal mencionó que el Consistorio madrileño impidió a los ciudadanos “conocer el verdadero alcance del proyecto y formular alegaciones” y desoyó los informes de los funcionarios donde advertían de que los aparcamientos eran incompatibles con el planeamiento vigente.
Tanto Portillo como Dorrego coinciden en que en la mayoría de estos fallos, aunque reiterados, no se cometen con mala intención. Responden, más bien, a un cúmulo de cosas: ignorancia del procedimiento, poca atención, plazos marcados por la oportunidad política o simple dejadez. “Las administraciones estaban muy acostumbradas a realizar informes meramente formales, para cubrir el expediente y rellenar casillas”, opina Dorrego. Es más duro Rafael Luqué, miembro de la sección de Derecho de Urbanismo del Colegio de Abogados regional: “Llama la atención que anulen tantos proyectos. Y se cometen muchísimos errores. Muchas veces es voluntarismo político o porque los equipos jurídicos no siempre están al día de la doctrina o la jurisprudencia. El TSJM es duro, y no se cortan. Lo del informe de impacto económico, por ejemplo, es un gravísimo fallo, porque ya lleva tiempo pidiéndose”.
La oposición critica que el Ayuntamiento hable de defectos formales “como excusa” para lo que consideran “chapuzas” y “mala gestión”. La portavoz adjunta del PSOE en la capital, Enma López, comenta que “pueden venderlo como que es algo formal o algo menor”, pero que “cuando algo se tumba, sea por forma o fondo, la realidad es que el reglamento o proyecto cae y los madrileños sufren inseguridad jurídica, porque no saben qué normativa se les va a aplicar, si se pueden empezar unas obras o poner una terraza”. La líder de Más Madrid, Rita Maestre, considera que “es muy difícil acumular tantas sentencias judiciales en contra como Almeida” y que “siempre tiene una excusa técnica preparada” e “intenta colar que son cuestiones menores: un error de procedimiento, un defecto de forma, una coma mal puesta”. “Cada sentencia que tumba un proyecto de no es un titular político, es dinero de los madrileños malgastado, años perdidos, obras paralizadas”, añade. Y López concluye: “Son cálculos que el Ayuntamiento debería hacer, pero creen que con la mayoría absoluta les llega”.
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