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La jueza de la dana pide a la Generalitat todos los datos sobre su controvertida vigilancia del barranco del Poyo

La magistrada Nuria Ruiz Tobarra reclama a Emergencias documentación sobre la movilización de los efectivos en la rambla que, al desbordarse, causó la mayoría de las 228 muertes por las inundaciones

Obras en el barranco del Poyo en Picanya, en aun imagen del pasado mes de abril.
Ferran Bono

La jueza instructora de la causa penal por la gestión de la dana del pasado 29 de octubre, que causó 228 víctimas mortales y cuantiosos daños materiales, quiere recabar toda la documentación sobre la controvertida vigilancia por parte de efectivos de la Generalitat del barranco de Poyo, cuyo desbordamiento causó la mayor parte de las muertes.

Por ello, la magistrada del juzgado de Catarroja Nuria Ruiz Tobarra ha solicitado a la consejería de Emergencias toda la documentación sobre la movilización de los bomberos forestales, el tiempo que estuvieron desplazados y quien formuló y recibió las órdenes. Según el Plan Especial de Inundaciones autonómico, la Generalitat también debe movilizar sus efectivos para la “vigilancia específica de los cauces afectados por la alerta” hidrológica (decretada a las 12.20 en los pueblos ribereños del Poyo por la citada consejería), además de coordinarse con la Confederación Hidrográfica del Júcar, “encargada de facilitar la información”.

En su providencia, la magistrada acuerda “oficiar a la Conselleria de Emergencias para que, en el plazo de cinco días, remita al juzgado copia de la nota remitida por Emergencias a las 12.30 horas de la mañana del día 29 requiriendo vigilancia del río Magro y Barranco del Poyo. Se reclama que se identifique a emisor y receptores de la misma, según la petición de una de las acusaciones personadas, Acció Cultural del País Valencià.

Esta petición surge de la declaración como testigo de un técnico de Emergencias el pasado mes en la que aseguraba que una de las jefas del dispositivo, Inmaculada Piles, tomó la decisión de pedir la activación de los efectivos a mediodía pensando que las precipitaciones acabarían en el barranco del Poyo, pese a que al mediodía entonces en la zona de Torrent, Picanya y Paiporta. Esta decisión quedó grabada en el sistema de Emergencias, pero no consta respuesta sobre esa solicitud de vigilancia preventiva.

Además, se reclama copia de la comunicación del coordinador del Consorcio Provincial de Bomberos Forestales de Valencia, identificándolo, por el que se da el visto bueno para su activación, especificando que las zonas afectadas son dos: el río Magro (en el área del puente de Carlet), y el barranco del Poyo (en las áreas Torrent-Picanya-Paiporta).

El citado coordinador fue el inspector jefe José Miguel Basset, responsable del operativo técnico de Emergencias aquel 29 de octubre, cuya declaración como testigo ante la jueza aún no tiene fecha. Basset manifestó en la comisión de la dana de la Diputación de Valencia que activó sobre el mediodía a los bomberos forestales para vigilar el río Magro y el barranco del Poyo a su paso por Chiva, y que estos se retiraron entre las 14.30 y las 15 porque había descendido el caudal y porque tenían “ganas de comer”. Luego rectificó sus palabras y atribuyó la marcha a una decisión técnica por la disminución del agua, pero en ningún momento se refirió a la vigilancia específica en Torrent, Picanya y Paiporta.

La jueza también reclama un informe relativo a las unidades movilizadas especificando los puntos específicos en que realizaron su tarea, las horas de llegada y finalización y los informes evacuados sobre la situación.

Junto a ello, se solicita que se indique el número de helicópteros de bomberos forestales disponibles por el Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia el día 29 de octubre, si se llegó a solicitar permisos de aviación civil para operar, y cuál fue el uso que se les dio dicho día.

Por otro lado, a petición de otra parte -Confederació Intersindical Valenciana-, la jueza acuerda oficiar a la Sala de atención de llamadas del 112 para que, en el plazo de cinco días, remita copia de los informes emitidos por el supervisor de la sala de atención de llamadas del 112, durante la noche del 28 al 29 de octubre de 2024, y los tres informes redactados durante todo el día de la riada para traslado de información en el cambio de turno de los supervisores.

Además, solicita que remitan las dos grabaciones del mensaje ‘VRU’ emitidas desde la sala de atención de llamadas, así como certificación de la hora en que fueron publicadas y cambiadas dichas grabaciones en atención de la evolución de la emergencia.

Nuevo auto

Por otro lado, la magistrada del Juzgado de Catarroja ha acordado citar a declarar como testigos-peritos a dos ingenieros de caminos a propuesta de la acusación popular que ejerce el partido político Vox; ha rechazado la declaración de otros siete y ha recalcado que una causa penal no tiene la misma finalidad que una comisión parlamentaria, ya sea en el Senado, en el Congreso o en Les Corts Valencianes.

Así lo ha señala en un auto notificado este miércoles a las partes y en el que considera que la citación de hasta nueve arquitectos y peritos solicitados por Vox resulta “desproporcionada y reiterativa” respecto a otras pruebas ya practicadas y reiteraría, en la fase de instrucción, las declaraciones prestadas en la comisión en el Senado sobre la riada.

En cambio, acepta esas dos nuevas citaciones en calidad de testigos-peritos porque son las de un profesional que, según la acusación que lo solicita, “explicó las causas de la catástrofe”, y de un exdecano del Colegio de Ingenieros de Caminos, quien según la misma parte elaboró un artículo específico sobre la dana.

Argumenta que “muchas de las manifestaciones que realizaron los testigos propuestos nos sitúan en otros ámbitos de responsabilidad, político o administrativo; no esclarecen ni la relación de causalidad con los fallecimientos y lesiones, ni tampoco la posición de garante de quienes aparecen como investigado; expresan soluciones de futuro o atienden a los daños materiales”.

En esta línea, la instructora señala por ejemplo que no aprecia ninguna relación con el objeto de la investigación la propuesta de las testificales de un responsable de Feria Valencia -que fue el lugar donde se trasladaron los cuerpos de los fallecidos previamente a su entrega a los familiares- ni tampoco la del presidente de la Comunidad de Pescadores de El Palmar.

También rechaza la declaración testifical del jefe de Mando de Apoyo Logístico del Mando de Tierra porque el hecho de que participara en la respuesta a la dana “no esclarece ni aporta ninguna cuestión relevante a la forma en que se produjeron los fallecimientos y las lesiones”.

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Sobre la firma

Ferran Bono
Redactor de EL PAÍS en la Comunidad Valenciana. Con anterioridad, ha ejercido como jefe de sección de Cultura. Licenciado en Lengua Española y Filología Catalana por la Universitat de València y máster UAM-EL PAÍS, ha desarrollado la mayor parte de su trayectoria periodística en el campo de la cultura.
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